Nación

“Epa Colombia dio rienda suelta a su comportamiento violento e instigó a otros a replicar su designio destructivo”, la dura sentencia contra la influenciadora

La Corte Suprema advirtió que Daneidy Barrera era consciente de su actuar criminal y aun así incitó a conductas criminales.

29 de enero de 2025, 4:11 p. m.
Epa Colombia se presenta de manera virtual en la audiencia en la que la Corte Suprema de Justicia
Epa Colombia se presenta de manera virtual en la audiencia en la que la Corte Suprema de Justicia Bogotá 29 enero 2025 | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO-SEMANA

Quienes critican la decisión de la Corte Suprema de Justicia, que confirmó la condena contra Daneidy Barrera, conocida como Epa Colombia, quizá se olvidan de que la influenciadora tuvo todas las garantías de un proceso penal, incluso más que cualquier ciudadano. Fue condenada hace más de cuatro años y seguía en libertad. Aceptó cargos y la condenaron en tres instancias distintas.

Ella misma reconoció, no solo en los videos que grabó mientras destruía las estaciones de TransMilenio e invitaba a otros a hacer lo mismo, sino ante un juez de control de garantías que le preguntó, libre de presiones y asesorada por un abogado, si aceptaba los cargos imputados por la Fiscalía; ella dijo que sí.

Epa Colombia se presenta de manera virtual en la audiencia en la que la Corte Suprema de Justicia leerá la condena en su contra
Epa Colombia se presenta de manera virtual en la audiencia en la que la Corte Suprema de Justicia | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO

Ahora buscan juzgar a la justicia por ejercer justicia, valga la redundancia. Pero la Corte Suprema fue más arriba y no reparó en las interpretaciones políticas o populares, se fue a la letra del código y concluyó que la actuación de Epa Colombia fue consciente y voluntaria en el propósito de causar daño, de destruir y usar sus redes sociales, su condición de “influenciadora”, para motivar una jornada de violencia.

“La influencer y youtuber Daneidy Barrera Rojas conocía todas las situaciones que tornaban obligatorio autorregular sus expresiones en las redes sociales y, a pesar de todo su conocimiento específico, dio rienda suelta a su comportamiento violento, y avanzó hasta la instigación a otros a que replicaran su designio destructivo”, señaló la Corte Suprema de Justicia en su decisión.

Los magistrados sentaron un precedente judicial, particularmente en lo que se refiere a la libertad de expresión y la autorregulación que ostentan quienes poseen alguna clase de influencia en el escenario social, sin importar las herramientas que utilice para llevar su mensaje. En este caso, Epa Colombia motivó, con sus actuaciones criminales, a otros para que repitieran la escena destructiva.

“Es claro, entonces, que Daneidy Barrera Rojas actuó por fuera del marco normativo que permite la protesta social, dado que el actuar de ninguna manera fue pacífico, sino que, por el contrario, fue violento y destructivo: utilizó como arma contundente un martillo para arruinar la estación Molinos de TransMilenio y ocasionó severos daños”, advirtió la Corte en la confirmación de la condena.

Las pruebas en contra de Epa Colombia quedaron consignadas en sus redes sociales y ella misma, a través de un lenguaje y expresiones abiertamente violentas, reconoció ser la responsable de los hechos criminales, a pesar de que advirtió, en esos videos, cómo la conducta era equivocada y que podría terminar en costos para ella.

“Tal aserto, porque la procesada de manera consciente y voluntaria, incitó a sus más de cuatro millones de seguidores a imitarla en la ejecución de similares conductas (delictivas), al punto de afirmar que lo que estaban viendo es: 'Una de las formas en las que el pueblo se puede manifestar'“, señalaron los magistrados que dieron lectura a la sentencia de cinco años de cárcel.

Las expresiones, los gestos y las palabras de Epa Colombia, grabadas por ella misma y luego difundidas en redes sociales, advierten, según la Corte, que su voluntad criminal era premeditada y que la intención, desde el comienzo, era causar daño y motivar a los otros a hacer lo mismo.

“No hay lugar para la duda. El lenguaje verbal y corporal de Daneidy Barrera Rojas fue apto para transmitir la idea a los seguidores, de ejecutar daños contra los bienes públicos; esto es, cometer delitos, como medio de protesta contra las políticas estatales. Actuación incompatible con la garantía a la protesta social”, se lee en la sentencia de 65 páginas.

Es claro, para la Corte Suprema, que el comportamiento de Epa Colombia fue criminal y que su condición de influenciadora le exigía autorregularse en sus actuaciones, más importante aún, en el mensaje que quería llevar a sus seguidores. Pero incurrió en el peor escenario, destruir y motivar a otros a imitarla.

“Daneidy Barrera Rojas era ya una reconocida influencer o youtuber, con millones de seguidores; y los mensajes audiovisuales por ella transmitidos ese día tenían un contenido explícitamente violento, destructivo, agitador e instigador; como de ello bien podía cerciorarse un observador objetivo”, dijo la Corte Suprema a través de la sentencia.

La condena contra Epa Colombia se debe cumplir, según la Corte Suprema, en un centro de reclusión. No se otorga la sustitución de la pena por la detención domiciliaria. Su defensa pedirá una reclusión en una guarnición militar.