Existe un decreto ley 2106 de 2019, donde se establece que las autorizaciones para la instalación de sistemas de vigilancia de tráfico tienen una duración de cinco años. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

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Estas son las cerca de 150 cámaras de fotomultas que dejarían de funcionar antes de finalizar el año; la mayoría están en Bogotá

Si no se realiza la renovación a tiempo, las autoridades de tránsito se verán afectadas para supervisar las infracciones en las vías.

Redacción Nación
15 de octubre de 2024

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv) emitió una circular instando a los organismos de tránsito locales a iniciar el proceso de renovación de permisos para las cámaras de vigilancia antes de que finalice el año. Según la Ansv, cerca de 150 de estas cámaras podrían quedar inoperativas si no se gestionan a tiempo las renovaciones.

Estas cámaras, comúnmente conocidas como fotomultas, son dispositivos tecnológicos diseñados para monitorear infracciones de tráfico, como el exceso de velocidad, la verificación técnico-mecánica y el debido cumplimiento del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat), entre otras. Sin embargo, su uso ha generado controversia en el país; mientras algunos las ven como una herramienta eficaz para reducir infracciones y accidentes, otros las critican como una forma de lucro para los organismos de tránsito.

Lo cierto es que existe un decreto ley 2106 de 2019, donde se establece que las autorizaciones para la instalación de sistemas de vigilancia de tráfico tienen una duración de cinco años. Es decir que las cámaras que se instalaron antes de esta legislación no requieren renovación, mientras que aquellas implementadas posteriormente deben ajustarse a este periodo.

Por su parte, la Dirección de Infraestructura y Vehículos de la ANSV alertó que, a partir de diciembre de 2024, algunas de estas autorizaciones comenzarán a vencer, por lo que un total de 146 sistemas de detección de infracciones se verán afectadas.

En una circular emitida en agosto, la Ansv especificó que los organismos de tránsito deberán presentar sus solicitudes de renovación entre el 18 de agosto de 2024 y el 5 de enero de 2025. Este plazo se ha diseñado para prevenir un colapso en el sistema y garantizar que las cámaras no dejen de funcionar.

En Bogotá se encuentran la mayoría de las cámaras que necesitan ser renovadas para seguir operando sin interrupciones. Entre las otras ciudades está Santa Marta, Fundación, Aguachica, Montería, Palmira, Sabaneta y Bello.

En las zonas de Bogotá donde están instaladas las cámaras de fotodetección, en el promedio de 2022 y 2023, se ha registrado una reducción del 19 % de siniestros viales con fallecimientos
Fotomultas en Bogotá. | Foto: Secretaría de Movilidad

Ante esto, la Ansv subrayó la necesidad de implementar medidas de contingencia para gestionar de manera efectiva el vencimiento y el trámite de las autorizaciones, de acuerdo con lo establecido en el decreto ley 2106 de 2019. Si no se realiza la renovación a tiempo, las autoridades de tránsito se verán afectadas para supervisar las infracciones en las vías.

De igual manera, la Circular No. 040, emitida el 14 de agosto de 2024, estableció las directrices para la instalación y funcionamiento de sistemas tecnológicos enfocados en la detección de infracciones de tránsito, en conformidad con la normativa vigente.

Este documento subraya un cronograma específico para la presentación de solicitudes de autorización o renovación de dichos sistemas. Los organismos de tránsito deberán respetar los plazos establecidos para evitar demoras en las solicitudes.

La Secretaría de Movilidad está pidiendo autorización para poder instalar 40 nuevas cámaras de fotodetección. Se espera que al menos el 50% de ellas queden funcionando en el 2024.
Los organismos de tránsito deberán presentar sus solicitudes de renovación entre el 18 de agosto de 2024 y el 5 de enero de 2025. | Foto: Aymer Andrés Álvarez

El documento también detalla las bases legales que respaldan estas regulaciones, haciendo referencia específica al artículo 2 de la Ley 1843 de 2017 y su modificación en 2019. Estas normativas establecen las pautas para la instalación y operación de los sistemas de detección de infracciones de tránsito, lo que garantiza un marco legal claro y preciso para su funcionamiento. Asimismo, se menciona la Resolución 20203040011245 de 2020, la cual define los criterios técnicos y el marco que la agencia debe seguir para otorgar las autorizaciones necesarias para estos sistemas.

Las autorizaciones que se otorgan inicialmente tienen una duración de cinco años, tras los cuales es imperativo llevar a cabo un proceso de renovación de acuerdo con las disposiciones establecidas en las resoluciones mencionadas. Este proceso de renovación es crucial para asegurar que los sistemas de detección de infracciones continúen operando de manera efectiva y legal.

La circular subraya la necesidad de adoptar un enfoque coordinado y planificado para gestionar las renovaciones antes de que expiren en diciembre de 2024. Este enfoque no solo facilitará el cumplimiento de las normativas, sino que también ayudará a evitar cualquier interrupción en la operatividad de los sistemas, lo que podría comprometer la capacidad de los organismos de tránsito para supervisar y controlar las infracciones en las vías.