Judicial
Estas son las claves del fallo que absolvió a Santiago Uribe Vélez
En la sentencia de 218 páginas se rechazó la teoría del caso presentada por la Fiscalía General que intentó vincular al ganadero con el grupo de paramilitares que actuaba en Antioquia, conocido como Los 12 Apóstoles.
En un fallo de 218 páginas quedó plasmada la absolución del ganadero Santiago Uribe Vélez en el proceso que se le adelantó durante ocho años por sus presuntos nexos con el grupo armado ilegal conocido como Los 12 Apóstoles.
En la decisión emitida en la tarde de este miércoles por el Juzgado Primero Especializado de Antioquia se rechazó de tajo la teoría del caso, presentada en 2017 por la Fiscalía General en contra del ganadero antioqueño, advirtiendo que las evidencias presentadas no permitieron sustentar la acusación.
Testigos y pruebas
Tras un extenso análisis, el juzgado llegó a la conclusión de que los testigos presentados por la Fiscalía General incurrieron en contradicciones y no pudieron demostrar que Santiago Uribe Vélez conformara o fomentara este grupo armado ilegal.
Santiago Uribe, hermano del expresidente Álvaro Uribe, investigado hace más de 10 años por la Fiscalía, fue absuelto. Un juez concluyó que no hay pruebas de su vinculación con el grupo paramilitar de los 12 Apóstoles. https://t.co/if1kX8q65f pic.twitter.com/UQ6Xu9YwWj
— Revista Semana (@RevistaSemana) November 13, 2024
“El efecto más importante de la presunción de inocencia se finca en que el procesado no está llamado a probar su inocencia, sino que la prueba de responsabilidad penal se concibe como carga del Estado, de modo que a falta de la misma se debe imponer sentencia de carácter absolutorio”, concluyó el juzgado.
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En el resuelve de la decisión, se rechazaron los argumentos de la Fiscalía General que pedía una sentencia contra el ganadero, asegurando que no se cumplieron los requisitos que exige la ley para emitir un fallo de carácter condenatorio.
“La imposición de sentencia condenatoria debe fundamentarse en la existencia de la certeza respecto a la existencia del delito y la responsabilidad del procesado, de manera tal que, si el Estado, por medio de la Fiscalía, no ha desvirtuado la presunción de inocencia más allá de toda duda razonable que ampara al procesado, este debe ser declarado no responsable”, indicó el juzgado.
En este sentido, se pusieron de presente las fallas de la Fiscalía General en demostrar su teoría del caso por medio de los testigos a los que llevó ante el estrado. “Fueron evidentes los garrafales yerros cometidos por la Fiscalía frente al acontecer factual”.
Versiones que cambian
Para el juzgado, no existió una coherencia entre los hechos mencionados en la acusación y los que se quisieron probar. “No continuó con la línea que adelantó en la diligencia de indagatoria, en la resolución de acusación; aplicó por favorabilidad una disposición con un verbo que no existía; no determinó el tiempo ni el lugar de la ejecución de la conducta punible y confundió la figura de intervención cambiándolas frente a ese delito”.
En otro de los apartes del fallo se determinó que en todo el proceso se varió considerablemente la responsabilidad de Santiago Uribe Vélez en los hechos que rodearon el asesinato del conductor del bus escalera –conocidos también como chivas– Camilo Barrientos, el 25 de febrero de 1994. Homicidio del cual hacían responsable a Uribe y nunca se pudo determinar que fuera así.
“En la resolución de acusación, en la parte resolutiva, indicó que Santiago Uribe fue el autor, aunque posteriormente intentó señalarlo como su autor inmediato”, advirtió la sentencia, que deja claro el cambio de versiones de la Fiscalía al tratar de acusar al ganadero.
Debido a estas fallas, se determinó que no existían méritos para sentenciar a Santiago Uribe Vélez por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir. Las víctimas reconocidas anunciaron que presentarán en los próximos días recurso de apelación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia.