NACIÓN
Estas son las excepciones de la cuarentena en Medellín
La medida regirá durante este fin de semana; sin embargo, permitirá la realización de algunas actividades, siempre y cuando se cumplan estrictas medidas de bioseguridad.
Desde este viernes 24 de julio a las cero horas (00:00) empezará a regir oficialmente la cuarentena en Medellín, la cual se mantendrá hasta las veinticuatro horas (24:00) del 26 de julio; así lo decidió la alcaldía del municipio a través del Decreto 0733 del 22 de julio. Así las cosas, la capital antioqueña estará en cuarentena durante todo el fin de semana próximo.
Pese a la estricta decisión, el Decreto deja algunas actividades económicas exceptuadas, siempre y cuando se demuestre con documentos la veracidad de la relación con esas excepciones y se cumplan con todas las medidas de bioseguridad establecidas.
Debido a que es un Decreto que rige específicamente para Medellín, los otros municipios del Área Metropolitana tendrán que decretar sus propias medidas, siempre y cuando quieran participar en el llamado del alcalde Daniel Quintero.
“Me he reunido con el señor gobernador para continuar con trabajo conjunto que ha dado tan buenos resultados. Acordamos que cada municipio tomará las medidas necesarias para enfrentar el pico de la pandemia. Juntos somos más fuertes”, escribió Quintero el miércoles en la noche en su cuenta de Twitter.
De acuerdo con el último informe de casos de coronavirus, la capital de Antioquia registró 651 nuevos casos, subiendo así a 10.850 confirmados, 2.421 recuperados y 8.292 activos.
Dentro de la lista de las excepciones se contempla la asistencia y prestación de servicios de salud, así mismo la continuidad de las labores de quienes hagan parte de la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales, equipos y dispositivos de tecnologías en salud, al igual que el mantenimiento y soporte para garantizar la continua prestación los servicios salud.
También podrán salir quienes presente una situación de fuerza mayor o caso fortuito. Así mismo, quienes realicen actividades relacionadas con los servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias. Los servicios funerarios. También las actividades de los servidores públicos, contratistas del Estado, particulares que ejerzan funciones públicas y demás personal necesario para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus (covid-19), y garantizar el funcionamiento de los servicios del Estado, así como los entes de control, ministerio público y la rama judicial.
Las actividades de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado, así como de la industria militar y de defensa, y los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Personas que realicen actividades de los medios de comunicación.
A continuación, el Decreto por medio del cual se establece la cuarentena y el cual contiene el listado completo de las 29 excepciones.