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Estas son las nuevas tarifas para el servicio de taxi en Bogotá en 2021

La Secretaría de Movilidad informó que empezarán a regir desde este sábado 9 de enero.

8 de enero de 2021
| Foto: Semana

Este viernes, la Alcaldía de Bogotá definió las tarifas del servicio de taxi que regirán durante el año 2021.

La Secretaría de Movilidad informó que la carrera mínima se fijó en 4.200 pesos y el recargo por servicios nocturnos entre las 8:00 p. m. y las 5:00 a. m. o por servicios dominicales o en días festivos, en 2.000 pesos.

Adicionalmente, el recargo por servicios puerta a puerta cuando el taxi se pide por teléfono o por plataforma tecnológica se estableció en 800 pesos y para las carreras desde y hacia el aeropuerto El Dorado o el puente aéreo se fijó en 4.200 pesos.

Para cobrar la nueva tarifa, la entidad señaló que los conductores de taxi en la ciudad deberán “realizar la respectiva refrendación de la tarjeta de control, pues dicho documento además de sustentar la operación del vehículo y de acreditar al conductor como el autorizado, debe contener la información relacionada con el valor de las tarifas vigentes”.

La actualización de las tarifas de taxi incluye el precio de la unidad, que el taxímetro marca por cada 100 metros recorridos o por cada 24 segundos de espera, el cual se fijó en 85 pesos.

También incluye el precio del arranque, inicio del servicio o banderazo, que se estableció en 2.400 pesos, equivalentes a las 28 unidades que debe marcar el taxímetro al comienzo de la carrera.

Las nuevas tarifas empezarán a aplicarse desde este sábado 9 de enero.

Tarifas para el servicio de taxi prestado con plataformas tecnológicas

Para los taxis que prestan servicio con plataformas tecnológicas, el costo por kilómetro recorrido se fijó en 908 pesos, el inicio del servicio, arranque o banderazo se fijó en 2.500 pesos y la carrera mínima en 4.500 pesos, equivalentes a 5 kilómetros de recorrido.

El recargo por servicios nocturnos entre las 8:00 p. m. y las 5:00 a. m. y por servicios dominicales o en días festivos es de 2.200 pesos, en tanto que el recargo por servicios desde y hacia el aeropuerto y puente aéreo se fijó en 4.500 pesos.

Los vehículos que prestan servicio con plataformas tecnológicas podrán acceder al Factor de Seguridad Vial por tres meses, que se fijó en 500 pesos, siempre y cuando el porcentaje de disminución de la tasa de siniestralidad vial de los taxis de Bogotá sea igual o mayor al 20 % en el trimestre (enero a marzo, abril a junio, julio a septiembre, octubre a diciembre), con relación al mismo trimestre del año anterior. Durante la emergencia sanitaria este recargo está suspendido.

Tarifas para taxis con ‘Factor de Calidad’

Para los taxis que operan con plataformas tecnológicas y que además están acreditados con el Factor de Calidad ante la Secretaría Distrital de Movilidad, se fijó una tarifa de 1.029 pesos por kilómetro recorrido.

El inicio del servicio, arranque o banderazo se fijó para estos vehículos en 2.900 pesos, en tanto que el recargo por servicios desde y hacia el aeropuerto y puente aéreo es de 5.100 pesos.

La carrera mínima para taxis con Factor de Calidad se fijó en 5.100 pesos. El recargo por servicios nocturnos entre las 8:00 p. m. y las 5:00 a. m. y por servicios en días domingos y festivos es de 2.500 pesos. Para el servicio puerta a puerta se fijó un recargo de 900 pesos, en tanto que el recargo por servicios desde y hacia la terminal Ciudad Salitre es de 600 pesos.

Los taxis habilitados con Factor de Calidad deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Ser de color amarillo.

2. Contar con frenos ABS, air bags frontales y apoyacabezas.

3. Tener cuatro (4) puertas laterales.

4. Tener una cabina de pasajeros con capacidad para acomodar a mínimo cinco (5) personas. Incluido el conductor, con un módulo de espacio por pasajero no inferior a cuatrocientos cincuenta milímetros (450 mm) de ancho a la altura de los hombros y con el módulo de silletería de setecientos cincuenta milímetros (750 mm).

5. Tener una bodega o espacio para el equipaje con capacidad no inferior 0,40 m3.

6. El vehículo no debe tener más de tres (3) años desde la fecha de expedición de la licencia de tránsito.

7. Tener una franja lateral, frontal y posterior.

8. El conductor tendrá el uniforme que la empresa a la que esté vinculado el vehículo determine.

9. Los taxis de propulsión exclusivamente eléctrica estarán autorizados para el cobro del Factor de Calidad, independientemente de las características del automotor, siempre y cuando realicen la solicitud de modificación de la habilitación ante la Secretaría Distrital de Movilidad y cumplan con las disposiciones nacionales. En especial con las contenidas en la Resolución 1056 de 2013 del Ministerio de Transporte o la norma que modifique, adicione o sustituya.

En la actualidad, de acuerdo con la Secretaría de Movilidad, Bogotá cuenta con 26 taxis habilitados para la operación con Factor de Calidad.