MEDIDAS

Restricciones que regirán en Bogotá durante este puente festivo

Ley seca, toque de queda nocturno y prohibición de eventos masivos. Esas son algunas de las medidas que se mantienen vigentes para este fin de semana en la capital del país.

4 de junio de 2021
| Foto: Semana. Jonathan Chiquiza.

La Alcaldía de Bogotá anunció las medidas que regirán este fin de semana festivo en Bogotá como parte de la estrategia para reducir el número de contagios de covid-19, que mantienen a la ciudad en jaque y las unidades de cuidados intensivos en alerta roja, con una ocupación del 97,3 %.

De acuerdo con el Ministerio de Salud, el jueves 3 de junio Bogotá sumó 10.511 nuevos contagios de coronavirus para un total de 992.917, lo que pone a la capital del país muy cerca de completar un millón de casos de covid-19. Frente a esta situación, la Alcaldía de Bogotá tomó medidas para detener el impacto del tercer pico de la pandemia y que estarán vigentes hasta el próximo 7 de junio.

De acuerdo con el Decreto 190 del 1.° de junio de 2021, una de las medidas tomadas por el Distrito es establecer el toque de queda nocturno desde el 1.° hasta el 7 de junio a partir de las 11 de la noche y hasta las 4 de la mañana del siguiente día. Sin embargo, la medida tendrá excepciones para personas y vehículos que se desempeñen en actividades como abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos, de salud y de primera necesidad.

Además, para comprar algún producto de primera necesidad durante este espacio de tiempo, solo podrá hacerlo una persona del núcleo familiar. También estarán exentos de la medida de toque de queda quienes presten servicios administrativos, operativos o profesionales en el sector de la salud, sea público o privado. A ellos se suman las personas que tengan a su cuidado adultos mayores, personas menores de 18 años, personas con algún problema de salud o discapacidad y de animales.

Los miembros de la fuerza pública o que brindan algún servicio de atención sanitaria también estarán exentos de la medida, siempre y cuando puedan demostrar que efectivamente forman parte de este grupo poblacional.

Por otra parte, si una persona necesita atender asuntos de fuerza mayor, deberán tener una autorización en caso de que sea requerida por las autoridades de control. Adicional a esto, los establecimientos de comercio que venden productos de primera necesidad o que prestan este tipo de servicios podrán abrir desde las 5 de la mañana y hasta las 10 de la noche.

Además del toque de queda nocturno, la Alcaldía de Bogotá decretó la ley seca nocturna, por lo que no se podrá consumir bebidas alcohólicas en sitios públicos ni la venta de bebidas embriagantes entre las 10 de la noche y las 4 de la mañana del 1.° al 7 de junio. Vale la pena recordar que en ese horario la venta de bebidas solo estará permitida a través de domicilios. Sin embargo, durante el día se autorizará a los llamados gastrobares para vender bebidas alcohólicas con platos servidos a la mesa y cumpliendo con todos los protocolos de bioseguridad.

Del mismo modo, el Distrito ratificó la prohibición para realizar eventos, tanto públicos como privados, que ameriten aglomeraciones de personas, sean o no al aire libre. Además, como parte de la alerta roja en la ocupación de camas UCI, se suspendieron todos los procedimientos médicos que no son prioritarios en todos los servicios de salud como medicina interna, cirugías, consultas externas, entre otros.

Esta medida, de acuerdo con el decreto, también aplica en casos de detección temprana, apoyo diagnóstico y complementación terapéutica donde se requiera uso de oxígeno o medicamentos para sedación, analgesia y relajación neuromuscular.

Finalmente, se recuerda que el no cumplimiento de alguna de estas medidas acarreará una sanción económica así como el riesgo a exponerse al contagio de covid-19.