Judicial

Este es el fallo completo contra John Poulos, condenado a 42 años de prisión por el feminicidio de la DJ Valentina Trespalacios

En el fallo de 53 páginas se hace énfasis en que el ciudadano estadounidense, quien presentaba un comportamiento posesivo y manipulador, planeó absolutamente todo.

Redacción Semana
5 de junio de 2024
 John Poulos trató de fugarse del país luego de la muerte de Valentina Trespalacios. Fue capturado y lleva un año en prisión.
John Poulos trató de fugarse del país luego de la muerte de Valentina Trespalacios. Fue capturado y lleva un año en prisión. | Foto: foto: Camila Díaz-COLPRENSA

En un fallo de 53 páginas, el juez décimo penal de conocimiento de Bogotá dejó establecida la plena responsabilidad del ciudadano estadounidense John Nelson Poulos en el crimen de Valentina Trespalacios Hidalgo con quien sostenía una relación sentimental desde hace nueve meses.

En la determinación, que fue emitida tras un juicio que duró cerca de un año y medio, el juzgado concluyó que Poulos originario de Wisconsin y corredor de bolsa de profesión, planeó y ejecutó el crimen de la joven de 21 años. Tras esto, hizo todo para ocultar el cuerpo y borrar evidencia sobre el crimen.

Para así, acto seguido salir del país rumbo a Panamá, país del cual iba a tomar un vuelo rumbo a Turquía y después a Montenegro, un país del norte de Europa con el que Colombia no tiene ningún tipo de tratado de extradición. Esto con el evidente fin que la justicia colombiana no lo tocara.

El despacho judicial rechazó totalmente los planteamientos de la defensa del estadounidense que quiso justificar el actuar de Poulos por la mezcla de alcohol y drogas -entre estas el tusi- en la noche del crimen. La evidencia documental reveló que no existe sustento para hablar de un estado de inconciencia.

“De manera contraria a los planteamientos defensivos y a las insulsas exculpaciones del acusado, se tiene entonces que se puede evidenciar que los elementos materiales de prueba acreditan la responsabilidad penal del procesado, más allá de toda duda, pues dan cuenta de que fue él y no otra persona quien atentó contra la vida y la integridad de Valentina Trespalacios Hidalgo poniendo fin a su existencia, y conseguido ese objetivo criminal premeditado”, señala uno de los apartes de la decisión.

En este sentido se enfatizó que después de cometido el crimen el hombre de 39 años de edad “continuó su plan delictivo procediendo a embalar el cuerpo sin vida de la víctima en una maleta de viaje y transportarlo en un vehículo alquilado hasta el Barrio Los Cámbulos en la Localidad de Fontibón de esta capital en donde lo arrojó en un contenedor de basura con el fin de ocultarlo, e igualmente, antes de abordar un avión con destino a Panamá (primer destino) con el fin de evadir el accionar de las autoridades, arrojó el teléfono celular de la víctima en cercanías al Aeropuerto Internacional El Dorado, todo ello, sin causa que justifique tales comportamientos dolosos y firmemente premeditados”.

En el juicio, cita el fallo, Poulos intervino en dos oportunidades intentando justificar su actuar y explicar todo lo ocurrido esa noche. “Las exculpaciones del procesado consistentes en intentar hacer creer a la judicatura que no tiene consciencia de la manera como Valentina Trespalacios Hidalgo perdió la vida por cuanto los hechos ocurrieronestando el bajo un cuasi estado de inconciencia originado en el excesivo consumo de licor y sustancias estupefacientes, mostrándose además ingenuo frente a ese tipo de hábitos de consumo”.

“Argumentando que sólo hasta que conoció a Valentina y particularmente en la línea de tiempo en que ocurrieron los hechos fue que consumió grandes cantidades de drogas y licor impulsado por la propia Valentina, circunstancia que de ninguna manera se demostró en el expediente por cuanto no hay prueba científica en el plenario que demuestre que al momento de la ocurrencia de los hechos jurídicamente relevantes John Nelson Poulos se encontrara bajo el efecto de alguna sustancia que le impidiera comprender lo que estaba sucediendo y autodeterminarse”, reseñó el juez.

Frente a esto se consideró que todo lo dicho por Poulos y su defensa “carecen totalmente de asidero probatorio sus argumentos exculpatorios, y mucho menos se puede explicar que desconozca en absoluto como fue que un elemento tipo abrazadera plástica fue a parar al cuello de la víctima causándole la muerte, elemento que según su dicho, era utilizado por ellos en una práctica sexual de asfixia de ida y vuelta denominada vintage, que iniciaron a practicar en un viaje a Cancún realizado en el 2022 y que fue recurrente entre ellos esa noche según su dicho”.

Poulos, quien se encuentra en la cárcel La Picota, mostró durante toda la audiencia de juicio una actitud retadora y burlona ante el juez, el fiscal y los abogados de victimas.