Nación
Estos son los estratos que no deben pagar la tarifa adicional en el recibo de la luz
El aporte del sector industrial y comercial debe ser de $5.000.
En agosto, el presidente de la República, Gustavo Petro, ordenó a través de un decreto un recaudo adicional por el valor de $5.000, tanto para el comercio como para el sector industrial, en la tarifa del recibo de luz a nivel nacional, con el objetivo de destinar esos recursos para la crisis que afronta el departamento de La Guajira.
¿Qué estratos pagan la tarifa adicional?
Este recargo adicional afectará a los estratos 4, 5 y 6, ellos están obligados a pagar $1.000, esto representa a un grupo que cuenta con al menos 1.886.620 usuarios, de acuerdo con la Superintendencia de Servicios Públicos.
Además, como se mencionó al inicio, el aporte del sector industrial y comercial debe ser de $5.000, esto afecta al menos a 1.330.377 usuarios en todo el país.
¿Quiénes no deben pagar el adicional?
Los estratos 1, 2 y 3 no deberán pagar este adicional en el recibo de la luz.
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¿Qué dice el decreto?
“Con el fin de contar con recursos para la energización del área rural y no interconectada al Sistema Interconectado Nacional (SIN) en el departamento de La Guajira, desde el mes siguiente a la expedición del presente decreto legislativo y hasta el término de seis (6) meses o por un término mayor que determine el Congreso dentro del año siguiente, se incluirá en todas las facturas del servicio público de energía eléctrica que se emitan en el resto del territorio nacional”, dice el documento.
Y agrega que: “Un valor denominado ‘Aporte Departamento de la Guajira’, por valor de Mil (1000) pesos colombianos (COP) por factura, cuyo pago será obligatorio para los usuarios de estratos 4, 5 Y 6. Y por un valor de cinco mil (5000) pesos colombianos (COP) por factura, cuyo pago será obligatorio para los usuarios comerciales e industriales”.
“Los pagos serán recaudados por el emisor de la factura, quien deberá poner a disposición del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas (Fazni) los montos recaudados por este concepto. La administración de los fondos recaudados corresponderá al Ministerio de Minas y Energía”, advierte el decreto, el cual cuenta con la firma de la exministra Irene Vélez.
También señala la medida del Gobierno nacional: “El no pago de la contribución a que se refiere el inciso anterior tendrá las mismas consecuencias que el no pago del servicio. Los recursos recaudados se destinarán específicamente a soluciones energéticas en el departamento de La Guajira”.
“Únicamente las comunidades energéticas y las comunidades étnicas certificadas por el Ministerio del Interior podrán presentar proyectos para ser financiados a través de estos recursos, ya sea por sí mismos o a través de alianzas con otras entidades del sector público”, establece el decreto.
Andanada de decretos expidió Petro por emergencia en La Guajira: uno de ellos establece excepción temporal del IVA para el turismo
Una ráfaga de decretos expidió el presidente de la República, Gustavo Petro, en medio de la emergencia económica y social que declaró en La Guajira, con el objetivo de superar la crisis que se registra en esa región por la escasez de agua potable y problemas de otros servicios esenciales.
Se trata de 12 decretos que publicó el Gobierno nacional. Uno de ellos establece una excepción temporal del IVA para el turismo y fortalecer esa economía, lo cual, según las autoridades, beneficiará actividades afines en ese departamento.
“A partir de la vigencia del presente Decreto Legislativo y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2030, estarán exentos, sin derecho a devolución y/o compensación, del impuesto sobre las ventas IVA, los servicios que presten en el Departamento de La Guajira”, dice uno de los apartes del decreto.
Y especifica: “Los prestadores de servicios de turismo que cuenten con inscripción activa en el Registro Nacional de Turismo, siempre que los servicios gravados correspondan a un servicio turístico”.
Otra de las medidas extraordinarias señala que se establecen directrices para financiar el Programa de Alimentación Escolar desde el presupuesto nacional.
“Con ocasión del estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira declarado mediante el Decreto 1085 del 2 de julio de 2023, se adopta como medida en relación con la ejecución del Programa de Alimentación Escolar (PAE), que las Entidades Territoriales Certificadas en Educación encargadas de la prestación del PAE en el departamento de La Guajira, mediante acto administrativo expedido por su representante legal, podrán incorporar hasta el 31 de diciembre de 2023 a sus respectivos presupuestos los recursos asignados desde el Presupuesto General de la Nación (PGN) para la operación y prestación del servicio”, expresa el documento.