Diana Ojeda. | Foto: Cortesía

DECLARACIONES

Eutanasia: “Nuestra posición es jurídica, no religiosa”

La procuradora delegada para asuntos de la Seguridad Social, Diana Ojeda, insiste en que el Congreso y no el Ministerio de Salud tiene la competencia para reglamentar el tema.

21 de abril de 2015

El lunes en la noche quedó claro que la Procuraduría General de la Nación no se quedará cruzada de brazos tras la expedición por parte del Ministerio de Salud y Seguridad Social de la resolución que reglamenta “la organización y funcionamiento de los comités para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad”.

Se trata del cumplimiento de un auto de la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas, en el que le pidió al Gobierno que no diera más largas al asunto y reglamentara el tema de la eutanasia, despenalizada en un histórico fallo de 1997 de ese tribunal, redactado por el magistrado –recientemente fallecido- Carlos Gaviria Díaz.

Es ahora cuando el ministro de Salud, Alejandro Gaviria, siguió al pie de la letra las indicaciones de la Corte y expidió dicha reglamentación.

Sin embargo, la procuradora delegada para para asuntos del Trabajo y la Seguridad Social, Diana Margarita Ojeda, le envió una dura comunicación al ministro Gaviria el lunes, horas antes de que firmara la reglamentación: le solicitó que no expidiera dicho acto puesto que -considera el Ministerio Público- no tiene la competencia para hacerlo, que corresponde al Congreso.

Semana.com entrevistó a la funcionaria, que fue enfática en señalar: “La Procuraduría no se opone al cumplimento de cualquier mandato Constitucional”.

Sin embargo, objeta que “si uno mira el fallo de tutela, fue solamente definido el asunto por una sala de revisión conformada por tres magistrados y no por el pleno de la corporación”.

La funcionaria respalda su punto de vista, con el salvamento de voto del magistrado Mauricio González, en la decisión de la Corte Constitucional.

“A mi modo de ver es importantísimo este salvamento, en donde asegura que para definir el asunto se requiere un estudio técnico por parte de la sala plena de la corporación, no de una sola sala de revisión. De otra parte, menciona las funciones del Legislativo para abordar el tema”, argumentó.

“No está en firme”

La procuradora Ojeda, por otra parte, manifestó que la decisión de la Corte Constitucional no está en firme puesto que “de una parte, hay un proceso de nulidad que está cursando. Además hay una solicitud de una universidad sobre el mismo tema”.

“Jurídicamente, el mismo Ministerio (de Salud) ha señalado anteriormente que este tema no es de resorte del Ejecutivo sino del Legislativo, sujeto de una ley estatutaria”, indicó.

Agregó que “incluso en casos parecidos respecto de la eutanasia, el Consejo de Estado le ha anulado circulares a la Superintendencia de Salud porque le dice -palabras más, palabras menos- que así sea una orden de la Corte Constitucional, esta se tiene que adecuar a las competencias de cada organismo”.

“Con la resolución expedida por el Ministerio de Salud se estarían violando los derechos fundamentales como el debido proceso respecto a los antecedentes del Consejo de Estado, porque la vía para reglamentar es el Congreso”, preciso la procuradora delegada.

Dejó claro también que no existen razones más allá de las jurídicas para realizar este procedimiento. “Nuestra posición es netamente jurídica, se ajusta a las decisiones, los hechos y el marco constitucional; en ese sentido nos hemos pronunciado en una labor eminentemente jurídica, no existe nada religioso”, dijo.

Finalmente, en diálogo con este portal, Diana Margarita Ojeda señaló que el Ministerio aún puede frenar dicho acto. “Tiene las posibilidades para echar para atrás dicha resolución, una resolución no es un acto inferior al de una ley estatutaria. Una resolución se debe adecuar a todo el marco constitucional”, manifestó.

Pese a la advertencia del Ministerio Público, el Ministerio de Salud expidió la Resolución 1216 del 2015. Habrá que ver si la Procuraduría -tan tenaz en estos temas- tiene un ‘plan B’ para echar para abajo la reglamentación que podrá hacer realidad la eutanasia en Colombia.