A alias ‘Picante’ se le acusa de al menos 35 homicidios.

Nación

Exclusivo: Destituyen por 15 años a juez que ilegalmente trasladó de prisión a jefe de la banda delincuencial “Los Rastrojos”

La decisión la tomó la Comisión de Disciplina Judicial con ponencia del magistrado Mauricio Rodríguez Tamayo. SEMANA tuvo acceso en exclusiva al fallo.

23 de septiembre de 2021

La decisión del juez 25 penal municipal con funciones de control de garantías de Cali, César Alpidio Blandón, de ordenar, a través de la medida solicitada en la acción de tutela, el traslado del señor Nelson Mauricio Taborda alias “picante, presunto jefe de la banda delincuencial “los rastrojos” de la cárcel de máxima seguridad de Cómbita (Boyacá) al centro penitenciario de Palmira (Valle), le pasó factura y acaba de ser destituido por 15 años.

SEMANA conoció en su totalidad el fallo que “se originó en el informe enviado por la juez coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de los Juzgados Penales de Cali, mediante oficio del 4 de marzo de 20162, en el cual puso de presente lo sucedido el lunes 29 de febrero anterior, respecto del reparto y/o asignación de una acción de tutela con medida provisional al juez veinticinco penal municipal con funciones de control de garantías de Cali”.

Lo que investigaba la Comisión es el hecho de que el funcionario judicial ordenara, a través de la medida solicitada en la acción de tutela, el traslado del señor Nelson Mauricio Taborda alias “picante” y presunto jefe de la banda delincuencial “los rastrojos” de la cárcel de máxima seguridad de Cómbita (Boyacá) al centro penitenciario de Palmira (Valle).

Y es que alias Picante no es un criminal más. Taborda era señalado de cometer más de 35 homicidios y haber sido capturado dos veces, posteriormente logró que los jueces le concedieran la libertad en tres oportunidades y tras una nueva captura fue trasladado de manera ilegal.

Nelson Mauricio Taborda, alias 'Picante'. | Foto: Archivo particular

Las dos ocasiones en las que fue aprehendido, el hecho fue reseñado por el presidente de ese entonces, Juan Manuel Santos.”La importancia de esta captura, y otras 25 en una finca, allá en Risaralda, es que son los dos, las dos personas que habían sido identificadas como los sucesores de Diego Rastrojo, el jefe de los ‘Rastrojos’”, dijo Santos en noviembre del 2012.

En este caso, la ponencia con la cual se destituyó al juez tuvo como ponente al magistrado Mauricio Rodríguez Tamayo quien fue apoyado por toda la sala. Es decir, la decisión de destitución por 15 años fue respaldada de manera unánime.

El fallo explica que el problema fue que el juez Alpidio Blandón ayudó, de manera ilegal, a permitir el traslado de alias “Picante”. “En este caso se investigó y sancionó a César Alpidio Blandón Jaramillo, en su calidad de juez veinticinco penal municipal con funciones de control de garantías de Cali, por asumir el conocimiento de una acción de tutela que no le había sido asignada por reparto y en la cual decretó la medida provisional solicitada, sin motivación ni sustento jurídico”, advierte la Comisión de Disciplina Judicial.

En otras palabras, “la conducta consistió en dictar una decisión judicial manifiestamente contraria a la ley porque ordenó, a través de un mecanismo provisional de protección de derechos fundamentales, el traslado de un interno de un centro carcelario a otro, sin atender los criterios que rigen este tipo de actuaciones y, además, asumiendo el conocimiento de una acción de tutela que no fue sometida a las reglas aleatorias de reparto”.

 Palacio de justicia
Palacio de justicia | Foto: guillermo torres-semana

Señala el fallo conocido por SEMANA: “La tutela no se asignó conforme a las directrices verbales dictadas en relación con el recibo de acciones constitucionales, radicadas luego de terminar la jornada laboral. Conforme expuso, en espera de la resolución que adoptara un sistema de reparto para las acciones de tutela radicadas por fuera del horario hábil, se indicó al personal del centro de servicios judiciales de los juzgados penales que solo serían recibidas aquellas que guardaran relación con el derecho a la salud y contuvieran una solicitud de medida provisional, situación que no ocurrió en el evento informado”.