JUDICIALES
Exclusivo: el exgobernador que deberá pagar 6 años y medio de prisión por irregularidades en contratación
La decisión fue proferida por la Sala Especial de Primera Instancia en contra de quien fuera gobernador encargado de Vichada. Esta es la historia.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema acaba de condenar a 78 meses de prisión al exgobernador de Vichada, Aurelio Castro Parra, por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
SEMANA conoció en exclusiva el documento que profirió la Corte Suprema con fecha del 10 de junio que señala que Aurelio Castro Parra, en calidad de gobernador de Vichada en encargo, el 18 de septiembre de 2003, suscribió un contrato con Jesús María Bacca, quien era representante legal de la IPS Medicina Integral, cuyo objeto fue “la prestación de servicios de salud de segundo nivel y especializada a la población vulnerable de La Primavera, Santa Rosalía y Cumaribo, por más de $417.000.000 sin verificar el cumplimiento de los requisitos legales en la fase precontractual y por el doble del valor del costo de servicios ofrecidos, los cuales ascendían a $208.500.000″.
Es decir, más de 69 millones de pesos por municipio, según oferta del contratista, “la cual hacía parte integral del acuerdo jurídico”.
Luego el fallo, con ponencia del magistrado Ariel Torres, explica que Castro Parra, siendo secretario de Salud encargado, avaló los estudios previos y los términos de referencia, carentes de soporte investigativo, técnico y económico, “recomendó y eligió al contratista sin acreditar experiencia, capacidad física y financiera, único proponente pues las ofertas presentadas por otros dos contratistas eran falsas; aprobó el plan de inversión del anticipo entregado a Bacca Ocampo; fungió como supervisor y, autorizó el pago del saldo final” por más de 167 millones de pesos, sin que el contratista realizara un mayor servicio del propuesto”, advierte la sentencia de la Corte.
Y es que la historia es escandalosa. Según la acusación de la Fiscalía General, citada por la Corte Suprema, en cuanto al delito de peculado por apropiación: “Castro Parra suscribió el acuerdo de voluntades en cuantía de 417 millones de pesos, el doble de su valor permitiendo la apropiación de dineros en cuantía de $167.0005.000, resultante de restar del precio del contrato la cifra de la oferta presentada por Bacca Ocampo por $208.500.000 con las deducciones de ley”.
Y agrega la sentencia: “Las propuestas de Bacca Ocampo fue de $69.500.000 por los servicios ofrecidos a los municipios de la Primavera, Santa Rosalía y Cumaribo, labor realizada en la mitad del tiempo estipulado”.
Pero eso no es todo. Para la Fiscalía, advierte la Corte Suprema, el exgobernador “no se puede excusar en otros funcionarios por cuanto las pruebas demostraron que él mismo preparó la fase previa y la cadena de irregularidades que culminaron con la suscripción del contrato y su liquidación, comportamiento doloso que no es producto de un descuido, máxime su condición de abogado”.
De hecho, en la historia aparece Ricardo Silva Burgos, quien fue jefe de la oficina jurídica, quien señaló que si bien firmó algunos documentos, entre ellos, los términos de referencia, lo hizo finalizada la revisión sustancia de Castro Parra, responsable de la verificación de los requisitos de la etapa previa “en calidad de secretario de Salud, por cuanto la competencia del departamento Jurídico consistía en una lista de chequeo.”
Tras analizar todas las pruebas, la Corte Suprema lo condenó a 78 meses de prisión pero además, según se lee en la parte final del fallo: “Declarar a Aurelio Castro Parra (...) autor responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso heterogéneo con el de peculado por apropiación por los cuales fue acusado”. Como si fuera poco, Castro debe pagar una multa de $185.158.760 millones de pesos e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de su condena, es decir, 78 meses (6 años y medio).