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Exclusivo: El revelador expediente de Estados Unidos contra alias Motorola, miembro del ELN que será extraditado
Con Franco Ruiz, son cuatro los nombres de integrantes de ese grupo guerrillero en ser enviados a manos de la justicia norteamericana para responder, en la mayoría de casos, por tráfico de estupefacientes.
Franco Ruiz, conocido con el alias de Motorola, es el cuarto miembro del ELN que será extraditado a Estados Unidos. Ruiz intentó en su momento de evadir la decisión alegando arraigo en tres comunidades indígenas del Cauca. Pero, fue en agosto de 2020, que la Fiscalía General confirmó la captura con fines de extradición del requerido por la Corte del Distrito Este de Texas, por supuestos vínculos con narcotráfico.
A Ruiz aún le queda la posibilidad de presentar recurso, como suele ocurrir en estos casos. Sin embargo, su llegada a Estados Unidos es inminente.
SEMANA tuvo acceso, en exclusiva, a los detalles de la resolución con la que se avala su extradición pero además a los detalles del indictment expedido por el tribunal del Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, específicamente la división Sherman.
Allí se da a conocer que uno de los cargos contra Ruiz, es la fabricación y distribución de cinco kilogramos o más de una “mezcla y sustancia con un contenido detectable de cocaína, con la intención, conocimiento y causa razonable para creer que dicha sustancia sería importada ilegalmente a Estados Unidos”.
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Otro de los documentos en poder de SEMANA, que está firmado por un agente especial de la DEA, señala que cuatro personas que conocen personalmente a Franco Ruiz y son testigos cooperadores, han participado en operaciones de tráfico de cocaína con él. El informe muestra que Ruiz sabía que los cargamentos de cocaína que facilitaban juntos estaban destinados a ser importados ilícitamente a los Estados Unidos, y tenían la intención de que así fuera.
Se le señala de ser socio del ELN, e incluso un testigo, citado por la DEA, cuenta que Ruiz “le pagó al ELN aproximadamente 30 dólares en moneda de los Estados Unidos por kilogramo como impuesto sobre la droga por la cocaína que Ruiz produjo o despachó”
Otro testigo cuenta que habría operado “al menos tres laboratorios clandestinos de cocaína, que podían producir hasta 3.000 kilogramos de cocaína (tres toneladas) cada tres días y que lo vieron en posesión de grandes cargamentos en aproximadamente 50 ocasiones; Cada uno de esos contenía entre 1.000 y 5.000 kilogramos de cocaína”:
SEMANA había informado que cuatro guerrilleros del ELN estaban a punto de terminar presos en cárceles de Estados Unidos. Se trataba, Yamit Picón Rodríguez, alias Choncha, perteneciente al frente de guerra nororiental del ELN, en el Magdalena, y señalado de estar encargado de actividades financieras.
En ese listado aparecían también, José Gabriel Álvartez Ortiz, alias Gabriel, señalado de ser un operador logístico al mando de alias Chencho y de coordinar reuniones entre organizaciones criminales para suministrarles estupefacientes en el Magdalena. Y Henry Trigos Celón, alias Henry, perteneciente al frente de guerra nororiental del ELN y a quien las autoridades responsabilizan de almacenar y distribuir droga en Cúcuta, bajo las órdenes de alias Diomedes y Chencho.
El cuarto caso, es precisamente Franco Ruiz, alias Motorola, quien, según las autoridades, es el enlace del frente Manuel Vásquez Castaño del ELN con organizaciones criminales narcotraficantes del sur del Cauca, especialmente en los municipios de Almaguer y Ortega.
Pero SEMANA también tuvo acceso a la resolución de extradición. Uno de los apartes del documento en poder de las autoridades en Colombia lo señala advirtiendo: “En algún momento durante o alrededor del año 2008, y continuamente desde entonces hasta la fecha de esta Acusación Formal, inclusive, en Colombia, Ecuador, Panamá, Costa Rica, Guatemala, México y en otros lugares; Ruiz, alias Motorola, con pleno conocimiento e intencionalmente se unió en una asociación delictuosa y acordó con otras personas conocidas y desconocidas para el Gran Jurado de los Estados Unidos, fabricar y distribuir, de manera intencional y con conocimiento, cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia con un contenido detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría 11″.
En el caso de Ruiz, el Cabildo Indígena Kakaoña Marka - Resguardo de Caquiona Nación Yanakuna - Chinchaysuyu allegó, a través de sus Gobernadores, la resolución a través de la cual las autoridades ancestrales lo condenaron a 15 años de permanencia en el Centro de Armonización, al encontrarlo culpable de tráfico de drogas con fines de narcotráfico y financiación de grupos guerrilleros ilegales”.