Nación
Exclusivo | Este es el salvamento de voto de la magistrada Cristina Lombana para oponerse a la medida de aseguramiento contra Arturo Char
El excongresista fue capturado por orden de la Corte Suprema de Justicia, la magistrada advierte que no se cumplió con el “estándar probatorio”.
Arturo Char, el excongresista, está preso por delitos electorales y seguirá así a pesar de que la magistrada Cristina Lombana, en la Corte Suprema de Justicia, advirtió que no existía el “estándar probatorio”, para una medida de aseguramiento.
Char estaba fuera del país cuando se enteró que la sala de instrucción de la Corte Suprema de Justicia, emitió una orden de captura en su contra. Regresó a Colombia y se entregó. Desde entonces permanece privado de la libertad, en una completa contradicción para la misma Corte cuando la magistrada Lombana hace serios reparos a la decisión de sus compañeros de sala.
La magistrada fue contundente en los argumentos que expuso para advertir que la decisión que ordena la captura y medida de aseguramiento para el excongresista carecen de requisitos legales, los mínimos para privar a una persona de su derecho fundamental: la libertad, más cuando, según la magistrada, las pruebas no resultan concluyentes en este caso.
“Consecuentemente, que por ello no había lugar a imponerle medida de aseguramiento de detención preventiva intramural, como tampoco, por cuanto los motivos esgrimidos en apoyo de la referida medida, no cuentan con la respectiva acreditación. Además, que en su totalidad se han debido decretar y practicar las pruebas solicitadas por la defensa, así como las dispuestas de oficio, incluso antes de adoptar la decisión que concita la atención, con el propósito de mejor proveer”, explica el salvamento de voto de la magistrada.
Si bien se hace una advertencia respecto del material probatorio que se encuentra en el proceso y que en criterio del resto de magistrados, en la sala de instrucción de la Corte Suprema de Justicia, lleva a una inferencia razonable de autoridad o participación, en los delitos de concierto para delinquir y corrupción en su fragante, lo cierto es que en criterio de la magistrada Lombana, se asoman varias dudas respecto de la presunta responsabilidad.
“De momento no se ha comprobado movimiento alguno de dinero que comprometa directa o indirectamente a ARTURO CHAR CHALJUB en la presunta financiación e ilícita compra, pero, además, se tiene que la única fuente directa de información de estas dos particulares circunstancias (financiación y compra), en punto de CHAR CHALJUB, es MERLANO REBOLLEDO, quien, a su vez, la compartió con terceros, los que luego depusieron en sentido similar con fundamento en lo afirmado por ella”, señala el salvamento de voto.
Tras el análisis probatorio que hizo la magistrada Lombana y que la aparta del criterio con el resto de magistrados de la Corte, ella advierte que no es demostrable, de manera concluyente, que los hechos que llevaron a la condena de la exsenadora Aida Merlano, principal testigo contra Arturo Char, se comparten en la investigación que ahora tiene privado de la libertad al excongresista.
“En esa medida, se tiene que en relación con tal sindicación, no se observa de qué concreta manera ARTURO CHAR CHALJUB “organizó” el concierto para delinquir, o por lo menos la decisión no lo precisa, a no ser que se la deba interpretar, lo que no corresponde hacer al lector, por cuanto por esa vía todo o nada sería posible desde la perspectiva del interés del mismo, amén de irse en contra de la posibilidad de ejercer el derecho contradicción e impugnación”, advierte la postura de la magistrada.
La magistrada advierte que la posición de la mayoría en la sala de instrucción de la Corte de Suprema de Justicia fue adoptar como prueba relevante lo dicho por la exsenadora Aida Merlano y otras declaraciones cuyo fundamento está justamente en lo que manifestó Merlano a esos otros testigos, así que no existe otra forma de corroborarlo y es allí donde la defensa había solicitado la práctica de pruebas de cara a desvirtuar la información.
“Sostener, como lo hace la Sala mayoritaria, que el testimonio de cargo de AIDA MERLANO REBOLLEDO, de momento, encuentra respaldo en las declaraciones, en particular de aquellos que estuvieron vinculados a su campaña, es desconocer que la razón de sus dichos, en punto de la financiación para la compra de votos por parte de ARTURO CHAR CHALJUB, surge en su totalidad de lo afirmado a ellos por la propia MERLANO REBOLLEDO, de donde se sigue que a la postre se trata de la misma fuente de conocimiento que encontró resonancia en los que supieron de sus manifestaciones”, explica la decisión.
El excongresista Arturo Char seguirá privado de la libertad mientras avanza el proceso en su contra en la Corte Suprema de Justicia y allí su defensa pueda demostrar que nada tiene que ver con la millonaria compra de votos que denunció la misma exsenadora Aida Merlano.