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Exclusivo | Las razones por las que sacaron al magistrado Alejandro Linares del debate sobre aborto
SEMANA conoció, en exclusiva, las razones del conjuez Hernando Yepes, quien debió resolver si se aceptaba o no el impedimento del magistrado Linares en la discusión.
Este jueves, la Sala Plena de la Corte Constitucional tuvo un empate de 4- 4 en la discusión sobre si se despenaliza o no el aborto en Colombia.
El magistrado Alejandro Linares, quien presentó impedimento, dijo en una entrevista con SEMANA que el aborto era el siguiente “chicharrón” que le correspondería al alto tribunal definir este año. El comentario no cayó bien entre sus compañeros de la Corte.
El indicado para resolver dicho impedimento es el abogado Hernando Yepes, quien antes de iniciar la discusión decidió aceptar dicha petición y sacar a Linares. Al final de la tarde de este jueves la votación era, como lo había anticipado SEMANA, de cuatro a favor contra cuatro en contra.
Cada magistrado tuvo un tiempo de intervención aproximado de media hora inicialmente, pero posteriormente, por la densidad del expediente, se extendió a una hora. Los conjueces que definirán el asunto son Juan Carlos Henao, en la ponencia de Rojas, y Julio Andrés Ossa Santamaría, en la ponencia de Lizarazo.
SEMANA conoció en exclusiva el documento de más de 23 páginas en el que Yepes plasma sus argumentos para separar a Linares del expediente.
“No comparto con ningún otro colombiano el privilegio de haber presenciado el debate de la Sala Plena, del cual extraigo un sentimiento de gratitud y confianza por la seriedad y calidad de la exposición que oí de cada uno de los honorables magistrados, independientemente del signo de la posición de cada uno. De ahí que me sienta urgido por la necesidad de hacer explícitos todos los elementos del problema que he tomado en consideración y las reflexiones que inspiran la solución que propongo”, señala la parte inicial del documento.
Según Yepes: “Es fácil imaginar que sus indiscreciones fueron el fruto de la desprevención y la expansividad naturales en el ambiente hogareño. Pero, según la narración que hizo a su entrevistadora y, a través de ella, oblicuamente al público, dio a conocer a sus hijos noticia que implica “haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada”. Que lo haya hecho mediante comunicación verbal explícita o a través de cualquier medio expresivo comprendido en el poblado espectro que recorre la distancia entre aquel y la simple insinuación, es indiferente para la ley”.
Y agrega Yepes: “El problema surge cuando comparecen en causa los juicios, calificaciones, modulaciones y escolios explicativos que acompañan el relato, pues a través de los mismos, el honorable magistrado transparenta consideraciones suyas sobre el alcance real de aquellos o sobre el encuadramiento que merecen en el marco de las normas que regulan el impedimento de “haber conceptuado sobre la constitución de la norma acusada”, advierte en su exposición ante la Corte.