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Exclusivo: estas fueron las razones de la Procuraduría para archivar la investigación del general (r) Nicacio Martínez
SEMANA tuvo acceso al documento completo de la Procuraduría en la que se archiva la investigación contra el excomandante del Ejército en el caso relacionado con los “falsos positivos”.
SEMANA conoció el documento completo de la Procuraduría en el que se exponen las razones para archivar la investigación en contra del general (r) Nicacio Martínez Espinel, excomandante del Ejército. El auto de 13 páginas tiene como ponente a la procuradora delegada Luz Stella García Forero.
Señala el documento que se investigan los hechos divulgados en el diario The New York Times, “relacionados con la presunta conducta funcional en la cual habría incurrido el comandante de las Fuerzas Militares, mayor general Nicacio de Jesús Martínez Espinel, por implementar una política al interior del Ejército Nacional que podría ser similar a aquella que desencadenó en los llamados comúnmente falsos positivos cometidos en mayor número durante la primera década del año 2000, buscando que las tropas del Ejército Nacional dupliquen la cantidad de criminales y rebeldes que matan, capturan u obligan a rendirse en batallas”.
El diario estadounidense dijo que habría directrices que, desde comienzos de este año, empezó a dar la comandancia del Ejército de Colombia y que iban encaminadas a aumentar el número de ataques, capturas, rendiciones y muertes en combate. Todo esto, según las fuentes y los documentos citados en ese momento por el diario más influyente del mundo, preocupaba a una buena fracción de los mandos de la institución.
El documento de la Procuraduría, al que tuvo acceso SEMANA, señala que gran parte de las pruebas para archivar la investigación contra el general (r) Nicacio Martínez son más de 11 testimonios o declaraciones juradas de generales de la República, “quienes en su mayoría asistieron a las reuniones que se efectuaron los días 18 y 19 de enero en Melgar (Tolemaida) y 26 de enero de 2019 en Cúcuta”, dentro de las cuales se destacan varias.
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El primer testimonio que se tuvo en cuenta fue el del brigadier general Miguel Eduardo David Bastidas, quien señala que estuvo en la reunión que se realizó en Tolemaida, en donde el entonces mayor general Nicacio Martínez les habló de “redoblar esfuerzos para obtener mejores resultados”.
La Procuraduría le preguntó: “¿En qué consistió la orden para realizar operaciones cuando no estaban todavía seguros de los objetivos y lanzar operaciones con 60-70 % de credibilidad y exactitud para alcanzar efectivos operacionales?”.
La respuesta del brigadier general, plasmada en el documento del Ministerio Público, fue: “En un conflicto como el que vive nuestro país, donde se tienen una serie de amenaza asimétricas, las cuales son cambiantes en modo, tiempo y lugar, en muchas ocasiones no permiten que la información sea un 100 % exacta; además, como son amenazas irregulares, en ocasiones son de oportunidad. Por lo tanto, se requiere actuar inmediatamente y contundente, pero siempre seguros de que es un blanco lícito, dentro de los parámetros del DD. HH. y DIH. Nunca se dijo de no actuar seguros, solo se dijo con la expresión 60-70 % que debemos darle agilidad al desarrollo de operaciones”.
El segundo testimonio que tuvo en cuenta la Procuraduría fue el del brigadier general Diego Luis Villegas. En su declaración explicó que la denominada doctrina Damasco establece como un eje de las acciones militares las Operaciones Terrestres Unificadas, que no tienen en ninguno de sus apartes porcentajes para realizar operaciones militares.
Señaló el brigadier que para alcanzar los objetivos trazados en las operaciones durante todo 2019, la orientación que se impartió fue: “El incremento de presentaciones voluntarias y las capturas sobre las muertes en desarrollo de operaciones militares, como lo establece la Directiva 300-28 de 2007 emitida por el Ministerio de Defensa. Segundo, para lograr incrementos de desmovilizaciones y capturas, la única manera es la integración y aportes a la labor investigativa realizada por la Fiscalía General de la Nación y el CTI”.
Otra declaración clave fue la del brigadier general Hugo Alejandro López, quien dijo que “el general Nicacio de Jesús Martínez Espinel, en la socialización de las políticas de mando del plan de guerra, hizo especial énfasis en la responsabilidad como garantes de la Constitución Política, el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los DD. HH, para la construcción de operaciones militares”.
¿Qué significa 60-70 %?
El general brigadier López también recibió la pregunta de la Procuraduría sobre el significado de la expresión 60-70 %. Su respuesta queda evidenciada en el documento conocido por SEMANA:
“La orden que se emitió con respecto al porcentaje de 60-70 % no hacía alusión al grado de certeza sobre el resultado operaciones, sino a la valoración mínima de información de inteligencia durante la fase de planeamiento de las operaciones, donde el 60 % de credibilidad y exactitud de la información corresponde a elementos posiblemente verdaderos, lo cual debe conllevar a la búsqueda de evidencias que confirmen o desvirtúen la información recolectada, a efectos de alcanzar el 70 % o un porcentaje superior de credibilidad y exactitud”, advirtió.
También declaró el general Luis Felipe Montoya, advirtiendo: “Lanzar operaciones con un 60-70 % de credibilidad y exactitud no significa que se haya modificado el nivel de certeza que brinda la información de inteligencia de un 85 % a un 60 %; estos porcentajes corresponden a la matriz de probabilidad de la información contemplada en la doctrina de inteligencia militar vigente, siendo la última actualización en el año 2009″.
Por su parte, el brigadier general Hugo Alejandro López Barreto señaló que siempre en las reuniones del 18 y 19 de enero de 2019, el general –entonces comandante del Ejército– hizo especial énfasis en la responsabilidad como garantes de la Constitución Política.
Declaración de los miembros de la Comisión de Excelencia Militar
La Procuraduría también tuvo en cuenta los testimonios de los entonces miembros de la denominada Comisión de Excelencia Militar, conformada por Alfonso Gómez Méndez, Mauricio González Cuervo y Hernando Yepes Ardila.
Yepes, por ejemplo, responde: “No, no encontramos evidencia de ninguna disonancia entre la normatividad interna con el Derecho Internacional Humanitario”.
Alfonso Gómez Méndez, por su parte, señaló “que renunció hace 6 meses a la Comisión de Excelencia Militar”, pero dijo que “a la conclusión a la que llegaron fue que la directiva no podía entenderse como una incitación a que se repitieran hechos que el país reprobó y reprueba como los falsos positivos”.
¿Qué concluye el documento?
La Procuraduría concluye que el general (r) Nicacio Martínez “no trató de presionar a los altos mandos o en general a los miembros del Ejército Nacional para que cumplieran a toda costa y posiblemente vulnerando la doctrina militar y el DIH las operaciones militares”.
También, concluye el Ministerio Público, que “los objetivos y las operaciones de inteligencia con 60-70 % de credibilidad y exactitud eran con el fin de verificar amenazas en el territorio nacional, sin que ello deba ser entendido como un actuar inseguro o que vaya en contra del DD. HH. y el DIH”.