Nación

Exclusivo: Revive caso de famoso cirujano plástico condenado por violencia intrafamiliar contra su exesposa diseñadora

La Corte Suprema, puntualmente el despacho del magistrado Fernando León Bolaños, ya tiene el caso para estudio.

21 de febrero de 2022
El cirujano Walberto Salgado Bustamante y la diseñadora Giovanna Maroso
El cirujano Walberto Salgado Bustamante y la diseñadora Giovanna Maroso | Foto: @DELAESPRIELLAE

Walberto Antonio Salgado Bustamante era uno de los cirujanos más reconocidos en Colombia y gozó de un gran prestigio durante años en el mundo de la estética, codeándose con famosos y todo tipo de celebridades. Sin embargo, el “imperio” que había construido se empezó a derribar como un castillo de naipes por cuenta de una historia de maltrato de todo tipo en contra de Giovanna Maroso, su exesposa, una reconocida diseñadora.

A finales de 2021, con ponencia de la magistrada Susana Quiroz Hernández, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó condena de 72 meses de prisión contra el cirujano. La denuncia de Maroso relataba que a tan solo cuatro meses de haber contraído matrimonio, Salgado empezó a ejercer violencia de todo tipo —verbal y física—, en contra de Maroso, quien incluso contó que el cirujano habría usado palabras descalificadoras e insultos como “prostituta”, “fracasada” y “bruja”.

El caso había quedado allí. Sin embargo, el expediente acaba de tener un nuevo capítulo que apenas se está abriendo por cuenta de un recurso de casación que presentó la defensa del cirujano en cabeza de los abogados German Navarrete Riveros y Brenda Acosta, ante la Corte Suprema de Justicia.

El documento, al que tuvo acceso SEMANA, busca tumbar la condena argumentando, entre otras cosas, que han existido “irregularidades en el proceso”. El caso, según pudo establecer SEMANA, ya está en manos del despacho del magistrado Fernando León Bolaños.

“Ha habido falta de defensa técnica, falsos testigos, esas fueron las causas de una injusta condena contra el doctor Salgado, allí no se demostró absolutamente nada. Se termina “demostrando” una violencia que jamás sucedió, eso solo pasa en Colombia. Esperamos que la Corte resuelva este tema de una vez por todas y revoque la condena en su totalidad”, señala el abogado Navarrete en diálogo con SEMANA.

Maroso expuso la situación, inicialmente, ante una Comisaría de Familia donde no tuvo mucho éxito. Finalmente, acude a la denuncia de tipo penal que termina desencadenando la condena en contra de Salgado.

“Es evidente que el maltrato psicológico padecido por la víctima Maroso Salgado se generó en un contexto de dominación económica por el hecho de ser mujer, procurando invalidar su proyecto profesional y generar un control sobre ella de tipo económico”, señaló la sentencia del Tribunal a finales del 2021.

Incluso, la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá explica sobre la violencia intrafamiliar que: “es un grave problema que resquebraja la célula básica de la sociedad, que afecta a amplios segmentos de la población y, particularmente, a las mujeres y que constituye una clara violación de los derechos humanos de las víctimas, lo cual es preciso conjurar desde el ámbito penal como medida necesaria para la protección de aquellas”.

Cabe recordar que la defensa de la diseñadora la lidera la oficina de abogados De La Espriella Lawyers que celebró la decisión al momento de la condena contra Salgado.

Según relata la casación presentada por la defensa de Walberto Salgado, el cirujano, “no existió una delimitación clara de la conducta de qué cometió (el cirujano), y así nos preguntamos ¿cuál fue la conducta del 21 de junio de 2011 constitutiva de actos de violencia en contra de Giovanna Maroso, que fueran adecuables al tipo penal imputado?, deben referirse a ese día porque la denunciante acude a la Comisaria de Familia a indicar que su esposo sacó unas obras de arte, unos gatos que eran de propiedad de sus hijos, un dinero y que no le avisaba donde estaba con su menor hijo”.

La defensa considera que “de esos actos propios del ejercicio natural de la vida diaria, no puede deducirse un acto de violencia, menos si no se aportaron las debidas pruebas de preexistencia de los tales cuadros, o del dinero o de la probabilidad de que menores de 3 y 13 años tuvieran patrimonio necesario para adquirir felinos que pudieran ser reputados de su propiedad, y por supuesto, la incidencia real de esos actos puramente naturales y legítimos en la construcción del injusto penal”.

Tampoco, advierte el documento, es posible “declarar una vulneración psicológica tan trascendental que dejara un daño equivalente a la violencia psicológica y de esta manera se pudiera efectivizar la justicia en un fallo de condena”.

De esta manera, será entonces la Sala Penal la que decide si mantiene o revoca la condena proferida en contra de Salgado. La última palabra la tiene la Corte Suprema.