Reducir la pobreza sigue siendo una tarea pendiente. Ni con el crecimiento de 2021 se ha vuelto a niveles de prepandemia.
Reducir la pobreza sigue siendo una tarea pendiente. Ni con el crecimiento de 2021 se ha vuelto a niveles de prepandemia. | Foto: Edwin Bejarano

Judicial

Exgobernador encargado del Chocó fue condenado por actos de corrupción que cometió en los tres días que estuvo en el cargo

Modesto Serna Córdoba afectó gravemente las finanzas del departamento.

3 de junio de 2022

Modesto Serna Córdoba estuvo pocos días en su cargo como gobernador encargado del departamento del Chocó. Sin embargo, estos le fueron suficientes para reconocer prestaciones de forma ilegal que generaron un millonario detrimento al patrimonio al departamento.

Entre el 30 de julio y el 1 de agosto de 2007, Serna Córdoba, que se desempeñaba como Secretario del Gobierno del Chocó, expidió varios documentos -tres constancias, una certificación y una transacción extraprocesal- y, de manera ilegal, reconoció el pago de cesantías, prima de navidad y sanciones moratorias a personas a quienes no se les debían esas acreencias.

Dichos reconocimientos se hicieron sin verificar la considerable cantidad de personas a las que se les reconocerían las prestaciones y la sanción por mora en el pago, y sin revisar si tenían vínculos con el departamento, contrato laboral o de prestación de servicios, si había lugar a las prestaciones sociales, desde qué fecha, si se habían pagado o no y, por ende, si el departamento debía pagar el castigo por mora.

Por estos hechos, la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a Modesto Serna Córdoba a la pena de 7 años y 6 meses de prisión, como autor de un delito de peculado por apropiación en favor de terceros, 5 de prevaricato por acción y uno de fraude procesal. También fue condenado a pagar una multa de $ 3.486.681.447.

Igualmente, fue inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 8 años, y a pagar a favor de Chocó la suma de $ 10.903.060.486 por los daños y perjuicios que le ocasionó a las finanzas del departamento.

“El acusado actuó de manera en extremo apresurada, pues en un solo día (o máximo al siguiente), según sus palabras, realizó múltiples y complejas gestiones: recibió las peticiones, verificó aquellos aspectos, realizó los cálculos, redactó y firmó las constancias e, incluso, fue a la oficina judicial a hacerles presentación personal”, señala uno de los apartes del fallo.

Para la Corte Suprema de Justicia, el hecho de que el mandatario encargado firmara estos documentos, omitiendo cualquier tipo de protección a los recursos públicos y desconociendo las funciones que debía ejercer como Gobernador, fue grave.

“Tal procedimiento es indicativo del afán de evadir la ley de manera manifiesta, asistiéndole razón a la Fiscalía, entre tanto, contando con los lapsos señalados, dado que el escaso periodo de tres días en los que estuvo a cargo de la institución le impedía ejecutar esa labor de manera idónea, sin que existiera premura, precisamente porque la ley le confería espacios prudenciales”, aclara la Corte.

En el fallo también se destacó la extensa trayectoria en el sector público que tenía el procesado y la cual le permitía saber que lo que estaba haciendo representaba un delito y una afectación a los recursos públicos, puesto que, siendo abogado de profesión, “sabía que al expedir documentos oficiales tenía el deber jurídico de presentar los hechos en forma coincidente con la realidad”.

En el debate jurídico, la Sala de Primera Instancia determinó que el entonces gobernador encargado obligó al departamento a pagar unos dineros que eran objeto de cobro judicial y frente a los cuales el ente territorial había formulado excepciones de fondo, que atacaban la validez del pago de ese título ejecutivo.

Por la gravedad de los hechos juzgados y el monto de la condena, la Corte Suprema negó el beneficio de detención domiciliaria y ordenó la captura inmediata para que Modesto Serna Córdoba cumpla “la totalidad del castigo impuesto” en un centro carcelario.

Sin embargo, esto no se realizará hasta que la sentencia quede ejecutoriada, recordando que el exgobernador encargado puede presentar un recurso de apelación.