Nación
¿Exintegrantes de las Farc no pagarán por delitos sexuales contra menores de edad? Procuraduría le pide a la JEP que niegue solicitud
En un documento de 27 páginas, la procuradora delegada ante la JEP, Uldi Teresa Jiménez, le hizo la solicitud a una magistrada de la Sala de Reconocimiento.
La Procuraduría General de la Nación le pidió a la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) que niegue la solicitud de nulidad presentada por la defensa de algunos comparecientes de las extintas Farc, que busca tumbar los graves casos de delitos de violencia sexual contra menores de edad. Una petición que llega en medio del horror por los casos que se siguen presentando contra los menores en el país y la presentación de una polémica reforma a la justicia, que beneficiaría a los responsables de ese tipo de delitos.
Lo curioso es que el congresista Julián Gallo, del partido Comunes, exintegrante de la guerrilla de las Farc, es uno de los ponentes de la reforma a la justicia que se radicó con un ‘mico’ que beneficiaría a asesinos y violadores de niños con rebajas de pena. La modificación señala que los asesinos y violadores de niños podrán, mediante preacuerdo o negociaciones, acceder a los beneficios que tiene cualquier clase de delincuente.
Esta historia inició en medio de la investigación del macrocosmo 002, conocido como ‘Situación territorial de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas (Nariño)’, donde la Sala de Reconocimiento emitió el Auto 5 de 2023, en el que determinaron los hechos y conductas ocurridas en municipios priorizados por exintegrantes de las Farc.
Para ese año, los comparecientes manifestaron “una serie de inconformidades y reparos que tienen con la providencia de imputación, luego su equipo de defensa hizo un acercamiento a los elementos jurídicos de sus observaciones, consideraciones dentro de las cuales se advirtió la solicitud de nulidad parcial respecto del ‘Patrón 4: Violencia sexual y de género contra mujeres y niñas y violencia por prejuicio contra personas con orientaciones sexuales’”.
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Frente a esa petición, la Procuraduría pidió negar esa solicitud teniendo en cuenta la garantía de los derechos de las víctimas y el respeto al ordenamiento jurídico. El concepto del ente de control llegó en un documento de 27 páginas.
“Que se niegue la solicitud de nulidad presentada por la defensa de algunos comparecientes de las extintas Farc-EP en contra del ‘Patrón 4: Violencia sexual y de género contra mujeres y niñas y violencia por prejuicio contra personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas o no normativas (OSIEGD)’”, fue el pedido de la Procuraduría.
La defensa consideró que el auto que se emitió sobre Nariño configuraría una violación al debido proceso, vulnerando el derecho a la justicia, a la verdad y al principio de centralidad de las víctimas.
Para la procuradora delegada ante la JEP, Uldi Teresa Jiménez, “es una providencia que no tiene naturaleza de atribuir responsabilidad en la medida en que su finalidad es la de priorizar. Es decir, establece un orden estratégico para la investigación más no define cuáles asuntos serán procesados, como lo es la función de selección”.
El ente de control también consideró que la imputación por patrones macrocriminales con los criterios de priorización, no constituye una violación de derechos fundamentales a los comparecientes porque primero el “resultado de toda la labor de investigación integral realizada sobre un territorio determinado, en busca de esclarecer todas las graves violaciones a derechos humanos allí cometidas”.