| Foto: SEMANA

PERIODISMO

Tras polémica sobre libertad de expresión, juez falla a favor de María Jimena Duzán

El Juzgado Tercero Civil del Circuito de Bogotá resolvió negar la tutela que había interpuesto el fiscal Daniel Hernández a raíz de una columna de la periodista de SEMANA. El juez consideró el recurso "improcedente". Estas son las razones.

2 de octubre de 2018

El 3 de junio la periodista María Jimena Duzán publicó la columna titulada ¿Pacto de silencio? En esta cuestionó el accionar de la Fiscalía frente al escándalo de Odebrecht. La periodista hizo referencia a la asesoría que recibió el Grupo Aval por parte de sociedades de abogados del fiscal general, Néstor Humberto Martínez.

Como respuesta, el fiscal que lleva el caso Odebrecht, Daniel Hernández Martínez, interpuso una tutela contra Duzán por considerar que esa columna no solo "afecta su derecho a la honra y buen nombre", sino también la labor institucional de la Fiscalía. Lo que buscaba Hernández era que la periodista rectificara la información que se publicó en SEMANA.

Sin embargo, este martes el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Bogotá resolvió negar la tutela por improcedente, argumentando "falta de legitimación en la causa por activa, en cuanto las normas reglamentarias de la tutela exigen como requisito la legitimidad e interés del accionante", se lee en el fallo. Esto significa que para que la tutela pueda proceder es necesario que quien la impone haya sido afectado directamente.

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En su defensa María Jimena Duzán aclaró que se trataba de una columna de opinión y además argumentó que Hernández no es mencionado con nombre propio ni se hace referencia a su cargo. Así mismo dijo que tampoco se violó el derecho a la rectificación ya que el medio de comunicación publicó la carta que envió Hernández.

En el fallo en que se favorece a Duzán se menciona la sentencia T-200-18 en la que se reglamenta la rectificación en los medios de comunicación. Este explica que "El derecho fundamental a la rectificación es aplicable a informaciones mas no a opiniones o juicios de valor". Con base en esta sentencia, el juez estableció que "no existe vulneración a los derechos fundamentales de honra y buen nombre" porque el texto es una columna de opinión y esta "no está amparada en el derecho de correción pretendido". Por otro lado, y aún si se tratara de información, la cual sí es rectificable, en la nota de María Jimena no se acusa a Hernández de nada. 

Cuando se conoció la noticia de que María Jimena Duzán había sido entutelada no fueron pocos los periodistas y medios de comunicación que salieron en su defensa. La Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) y varios periodistas entre los que se encuentran Pedro Vaca, Yolanda Ruiz, Daniel Coronell, Félix de Bedout, Daniel Samper y Luis Carlos Vélez, se solidarizaron con ella en redes sociales. 

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El fallo en primera instancia de todas formas puede impugnarse.