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Fallo de Procuraduría contra soldados en caso de niña embera sería sancionatorio
SEMANA conoció además, en primicia, un fallo de tutela en el que se ordena escuchar tres testimonios más. La decisión se conocerá la próxima semana.
SEMANA conoció en primicia un fallo de tutela emitido por el juzgado 26 penal del circuito en el que finalmente se ordena escuchar tres testimonios más en el marco de la investigación disciplinaria que se adelanta contra al menos siete militares involucrados en el caso de la niña embera que fue violada en Risaralda.
Lo que ocurrió es que los abogados de los militares implicados en el caso habían presentado una tutela contra la Procuraduría, que tenía frenadas las audiencias disciplinarias. La tesis de la defensa de los militares es que la Procuraduría, según advierten, no tuvo en cuenta tres testimonios, que según el fallo de la tutela, que se conoció el lunes, deberán ser escuchados.
El fallo de tutela conocido por SEMANA ordena: “TUTELAR los derechos fundamentales de defensa y debido proceso invocados por el Doctor CHRISTIAN GERARDO VALENCIA FLÓREZ apoderado especial de los soldados regulares (i) Juan Camilo Morales Poveda, (ii) Yair Stiven González, (iii) José Luis Holguín Pérez, (iv) Juan David Guiadia Ruíz, (v) Oscar Eduardo Alzate, (vi) Deyson Andrés Isaza Zapata (vii) Luis Fernando Mangaretth Hernández, señor JEREMIAS MANJARREZ ESCOBAR, de conformidad con las razones expuestas en la parte de motiva de esta providencia”.
Además ordena a la “PROCURADURÍA DELEGADA PARA LA FUERZA PÚBLICA Y LA POLICÍA JUDICIAL BOGOTÁ D.C., dejar sin efectos el cierre de la etapa probatoria efectuada dentro de la investigación disciplinaria el 19 de octubre de 2020, y dentro del término de 5 días contados a partir de la notificación de esta decisión, proceda a señalar fecha y hora para la continuación de la audiencia de practica probatoria, dentro de la cual se deberán recepcionar (sic) la totalidad de los testimonios decretados en favor de la defensa, salvo si por parte de este último desista de su recepción, garantizado la aplicación de los mecanismos necesarios para la comparecencia de los testigos”. Es decir que se deben escuchar esos testimonios que no fueron tenidos en cuenta.
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Con tal panorama, señala el fallo, “para este Despacho es clara la afectación de los derechos fundamentales de defensa y debido proceso, dado que se cerró la etapa probatoria sin haber practicado las pruebas decretadas o sin que se hubiese verificado la renuncia de su práctica por parte del solicitante específicamente en lo que tiene que ver con recepcionar (sic) los testimonios de CAROLINA RESTREPO NIETO, JUAN DIEGO MARTÍNEZ MARTÍNEZ y ALEJANDRO PALOMEQUE GARCÍA”.
La decisión de la Procuraduría se iba a conocer esta semana pero debido a este fallo de tutela no se podrá conocer hasta la próxima. Según fuentes cercanas a SEMANA, la decisión sobre el caso sería sancionatoria.
En medio de las audiencias en días pasados, entre otros testimonios, fue escuchado el médico forense Campo Elías Ochoa quien relató que, en su caso, fue necesario hacerle preguntas a solas a la menor para que se sintiera más tranquila al hablar. El testimonio de la menor fue consignado por escrito y leído en plena audiencia. Los hechos ocurrieron, según la narración, el domingo 21 de junio sobre las seis de la tarde cerca de una institución educativa llamada La Granja en zona rural de Pueblo Rico, Risaralda.
Sobre este lugar, varios testimonios de soldados señalan que habrían sido presionados –advierten ellos– para cambiar la versión sobre lo ocurrido. El relato, leído por el legista, señala que un soldado llamó a la niña para recoger frutas y a pesar de que la niña le expresó que “no quería”, él y otros soldados abusaron de ella.