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Falsos positivos: JEP amplía el plazo para que un general y otros militares respondan por estos asesinatos y desapariciones
La decisión la profirió la justicia transicional por petición del general en retiro Paulino Coronado.
El Caso 003 de falsos positivos, o como aclaró la Justicia Especial para la Paz, que se llamará de ahora en adelante “asesinato y desaparición de personas presentadas como bajas en combate”, dio su primer gran avance en el tribunal transicional con el anuncio de la imputación contra un general y nueve militares, y un civil, dentro de la investigación por uno de los capítulos más oscuros de la guerra en el país: Norte de Santander, en especial la región del Catatumbo.
Entre los nombres mencionados en el auto aparecía el de Paulino Coronado, un general en retiro cuya defensa lleva la abogada Tania Parra, quien pidió a la JEP ampliar el plazo para determinar si aceptan o no cargos luego del anuncio de la justicia transicional. Coronado es señalado de presuntamente haber participado en falsos positivos en Norte de Santander.
La petición para ampliar el plazo de responder a los cargos la hizo la abogada Tania Parra. La JEP también advierte:
“La defensa de los comparecientes reiteró su compromiso de cumplir a cabalidad con las obligaciones derivadas del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Y en particular en el marco del Caso 03. Sin embargo, solicitan una ampliación del término fijado por lo menos por 90 días adicionales para que los comparecientes realicen sus manifestaciones de responsabilidad. La defensa fundamenta su solicitud en la necesidad de obtener un plazo justo y razonado para la preparación de la defensa en los términos del artículo 8.º de la Ley 906 de 2004, así como en el artículo 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 29 de la Constitución Política, así como en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, se lee en el auto.
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Y agrega: “De igual manera, la defensa señala que en el término fijado es humanamente imposible poder revisar con responsabilidad y contrastar cada hecho y conducta imputados a mis mandantes”.
En la decisión, la JEP advierte: “Tras haber estudiado las solicitudes recibidas, la Sala de Reconocimiento considera que es procedente conceder la extensión del término fijado por el Auto No. 125 del 2 de julio de 2021″. Señala la JEP que “reconoce la importancia de que las partes e intervinientes especiales cuenten con un plazo suficiente para garantizar el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución, la LEAJEP y las normas de procedimiento de la JEP, en el marco de esta etapa del Caso No. 03 que adelanta la Sala por asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado - Subcaso Norte de Santander”.
En esta oportunidad, explica el auto, la Sala comprende que los comparecientes y su defensa tienen el derecho de identificar y analizar las pruebas relevantes que sustentaron sus imputaciones y que estas son voluminosas y son parte de un expediente digital aún mayor.
La JEP señala que entre otros resultados, por lo menos 6.402 colombianas y colombianos fueron víctimas de muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate entre 2002 y 2008.
El 66 % del total nacional de víctimas se concentró en 10 departamentos, incluidos todos los territorios priorizados durante dicho periodo.
También fueron imputados el teniente coronel Álvaro Diego Tamayo Hoyos, antiguo comandante del Batallón de Infantería No. 15 ‘General Francisco de Paula Santander’ (Bisan) de Ocaña, el teniente coronel Gabriel de Jesús Rincón Amado, exoficial de operaciones de la BRIM15 y el mayor Juan Carlos Chaparro Chaparro, excomandante del Bisan.