Judicial
Familia ganó batalla judicial para entrar al parque El Country con sus mascotas
El parque público, ubicado en el norte de Bogotá, tiene una restricción para el ingreso de perros.
No fue de buen recibo el recurso presentado por la Alcaldía de Bogotá, el Instituto de Recreación y Deporte (IDRD) y el Instituto de Protección y Bienestar Ambiental (IDYBA) para tumbar el fallo que ordenaba quitar la restricción para el ingreso de mascotas al parque El Country, ubicado en el norte de la capital de la República.
El juzgado segundo de pequeñas causas de Bogotá dejó en firme el fallo que tuteló los derechos fundamentales de Luis Domingo Gómez Maldonado, un vecino del barrio La Carolina, quien aseguró que la prohibición de poder pasear con sus mascotas en el parque le vulneraba sus derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, intimidad personal y libre locomoción.
En la acción judicial se advertía que “las mascotas son miembros de la familia y pueden ingresar al parque, en tanto que hacen parte de la fauna de un ecosistema, adicionalmente, los caninos requieren de actividad física para su salud y buen comportamiento y son los humanos los que deben estar atentos a recoger sus excrementos como lo hacen los demás ciudadanos en cualquier parte de la ciudad y restringir su acceso vulneraría el derecho fundamental”.
Pese a que la Alcaldía y las entidades distritales aseguraban que el ingreso de mascotas no estaba restringido, los vecinos alegaban que esta medida fue provisional, puesto que solamente estaba vigente por temporadas. En la mayor parte del año está totalmente restringido el libre acceso de los animales.
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Igualmente, se advertía que la prohibición hacía parte de un “pacto con la comunidad”, a quienes, supuestamente, no les gustaba la presencia de los animales en el parque, sin embargo, no existía ningún tipo de acto administrativo o decreto.
Tras revisar los argumentos esgrimidos por el Distrito frente a la situación del parque, el juzgado determinó que las entidades incurren en “un desconocimiento de la norma y de los fallos emitidos por la honorable Corte Constitucional en relación con la protección de los animales domésticos y el libre desarrollo de conformación de la familia, y en igual sentido el contenido del POT Bogotá Reverdecer 555 del 29 de diciembre de 2021″.
En el debate jurídico se tuvo en cuenta la respuesta de los vecinos del sector, quienes señalaron que no avalaban la prohibición de ingreso de los animales al parque, situación por la cual el Distrito no podía desconocer esta posición y restringir el paso de las mascotas.
“(...) No pueden desconocer que, al no existir un pronunciamiento por un acto administrativo, una disposición legal o un mandato constitucional, no se puede impedir la libertad de locomoción con animales sintientes o derechos fundamentales como los aquí alegados por el accionante”, precisa uno de los apartes del fallo.
En el fallo se le da un plazo definitivo de 48 horas a la Alcaldía de Bogotá, el IDRD y el IDYBA para que “autoricen el ingreso del accionante”, su núcleo familiar y de todas las personas con animales de compañía al Parque El Country “a efectos de salvaguardar los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, a la intimidad y familiar, y a la libre locomoción”.