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Ternadas a la Fiscalía 
Ángela María Buitrago 
se presentaron ante la Corte Suprema de Justicia, que deberá tomar su decisión a mediados de diciembre
Bogota noviembre 23 del 2023
Foto: Prensa Corte Suprema de Justicia
Ternadas a la Fiscalía Ángela María Buitrago se presentaron ante la Corte Suprema de Justicia, que deberá tomar su decisión a mediados de diciembre Bogota noviembre 23 del 2023 Foto: Prensa Corte Suprema de Justicia | Foto: Guillermo Torres / Semana

Judicial

Fin de la novela. Rechazan definitivamente la tutela que pedía incluir a un hombre en la terna para Fiscal General

El magistrado Gerardo Botero, de la Corte Suprema de Justicia, pedía que se garantizara el principio de equidad,

Redacción Semana
24 de enero de 2024

El Consejo de Estado rechazó definitivamente la acción de tutela, presentada por el magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Gerardo Botero Zuluaga, con la que se buscaba modificar la terna para el cargo de Fiscal General de la Nación con la inclusión de un hombre.

Tras revisar la impugnación, el alto tribunal le cerró las puertas a las pretensiones del magistrado de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia al considerar que no existen pruebas para inferir que con la negativa de no modificar la terna se le hubieran vulnerado los derechos fundamentales al voto, a la igualdad y a la equidad de género.

Igualmente, se rechazó el planteamiento del magistrado Botero Zuluaga que acusó al presidente Gustavo Petro de atacarlo en las redes sociales y hacerlo ver ante la sociedad como “machista, misógino y reyerzuelo” por el planteamiento que había hecho de modificar la terna.

“Tampoco los derechos a la libertad de expresión, opinión y dignidad humana, con la publicación efectuada por el primer mandatario en la red social ‘X’”, precisa uno de los apartes de la decisión de 41 páginas.

En este punto central se indica que lo publicado por el Presidente en su cuenta de X “constituye una expresión del derecho de libertad de opinión bajo el amparo del artículo 20 de la Constitución Política”, asegurando que el mensaje citado no contenía ni “frases injuriosas, insultos o insinuaciones insidiosas y vejaciones”.

Así como tampoco propaganda en favor de la guerra, la apología del odio nacional, racial, religioso o de otro tipo de odio que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad, la violencia contra cualquier persona o grupo de personas por cualquier motivo, la pornografía infantil y la incitación directa y pública a cometer genocidio, que constituyen escenarios que no hacen parte del ámbito de protección de la libertad de opinión.

“Para la Sala la publicación efectuada por el Presidente de la República en el ámbito del poder-deber de comunicación, está relacionada con un asunto que es de su competencia -la conformación de la terna para la elección del Fiscal General de la Nación-, a lo que se agrega que busca fomentar la participación ciudadana -colectivos de mujeres-, sobre un asunto de interés nacional”, aclara el fallo.

En el análisis clave de la tutela el Consejo de Estado consideró que las aseveraciones presentadas por el magistrado Botero Zuluaga no tenían sustento alguno. “Tampoco es de recibo realizar el análisis que propone el demandante, consistente en que se consulte ‘el clima social vigente para resolver cuestiones relativas a saldar la denominada deuda histórica con las mujeres”, pues ello obedece a un examen propio de valoración de política pública, ámbito que, en principio, está vedado para el juez constitucional”.

La decisión se conoce a pocos días de que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia reanude la votación para elegir a la nueva Fiscal General de la Nación.

En días pasados, según reveló en exclusiva SEMANA, el magistrado Botero Zuluaga manifestó que ha sido víctima de persecuciones, seguimientos y hasta un robo. El caso levantó preocupación en el alto tribunal ante la trascendental decisión que se está por tomar.