NACIÓN
Finalmente Coomeva dio un concepto sobre la petición de eutanasia de Víctor Escobar
Hace casi dos años este caleño solicitó estudiar su caso y solo hasta hoy recibe una respuesta.
Después de una semana de exámenes médicos y monitoreo constante, el Comité Interdisciplinario Médico convocado por Coomeva dio un concepto sobre la solicitud de eutanasia presentada por Víctor Escobar. La EPS informó esta mañana que el estado clínico del paciente no es terminal y, por lo tanto, según la reglamentación actual en el país, no es posible realizarle el procedimiento. La Fundación Clínica Valle de Lili en Cali estuvo encargada del estudio médico.
El hombre, de 59 años, ha sufrido dos accidentes cerebrovasculares y padece una condición respiratoria que tiene a sus pulmones funcionando solo al 40 por ciento. Desde hace 11 años vive conectado a dos respiradores y no puede realizar por su cuenta actividades cotidianas como bañarse o cambiarse de ropa. Come poco y todos los alimentos deben ser semiblandos para poder consumirlos. Víctor afirma que sufre dolores crónicos y los medicamentos solo logran reducir un poco sus padecimientos. Su esposa, Diana Nieto, se ha encargado de cuidarlo 24 horas y 7 días a la semana.
La decisión llegó casi dos años después de que Víctor Escobar expresara por primera vez a su EPS que quería solicitar una eutanasia para acabar su sufrimiento y morir dignamente. Para estos casos, la entidad prestadora de salud debe convocar a un comité interdisciplinario que estudie el estado del paciente y, en conformidad con la ley, defina en un plazo de diez días si es posible o no el procedimiento.
Coomeva, en contravía de esta disposición legal, no convocó al comité interdisciplinario cuando el paciente Escobar hizo la solicitud al médico tratante. Pasaron meses sin que le dieran ninguna respuesta. Finalmente, hace unas semanas Francisco Castellanos, director de la organización Defensa del Paciente, conoció el caso de Víctor por redes sociales y asumió su representación legal. Inmediatamente instauró una acción de tutela con una medida provisional urgente pidiendo que se le exigiera a la EPS convocar al comité como le obliga la ley.
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El 24 de septiembre, el juzgado primero civil del circuito de ejecución de sentencias de Cali concedió la tutela y ordenó a Coomeva, en un plazo de 48 horas, iniciar los trámites para convocar a dicho comité. La EPS acató la orden judicial y por ello, hace una semana, Víctor Escobar fue internado en la Fundación Clínica Valle de Lili para llevar a cabo los exámenes necesarios. La respuesta que hoy presentó fue la de negar la solicitud del paciente.
En cuanto al veredicto de Coomeva, Castellanos explicó a SEMANA que la ley solo permite practicar la eutanasia a una persona que tiene una enfermedad crónica e incurable, que produzca sufrimiento y que, con o sin tratamiento, tenga una expectativa de vida corta. El abogado señaló que según algunas sentencias de la justicia ese tiempo se estima en seis meses. En este orden de ideas, la entidad prestadora de servicios de salud encontró que la expectativa de vida de Víctor aún no es la de una persona en estado terminal y que, por ello, no cumple los requisitos suficientes para practicarle una eutanasia.
La decisión del Comité es definitiva y el único recurso que le queda al paciente es solicitar una segunda opinión médica. Sin embargo, Castellanos explica que es poco probable que un segundo grupo de médicos y especialistas dé un concepto diferente, ya que la decisión fue tomada con base en un diagnóstico médico y científico riguroso, soportado en una serie de exámenes.
Su abogado señala que Víctor en un futuro cercano podría solicitar de nuevo la revisión de su caso cuando su estado de salud esté aún más deteriorado. Las enfermedades que padece son progresivas y degenerativas, por ello es probable que en algún tiempo su estado pueda ser clasificado como terminal. Solo entonces los profesionales médicos podrán practicarle la eutanasia.