Nación
Fiscalía desmiente categóricamente no haber informado de las órdenes de captura contra Gordo Lindo. Tiene todas las pruebas que entregó al Inpec
El ente acusador asegura que hay “evidencia que era de pleno conocimiento del Inpec” y que “no fue tenida en cuenta a la hora de dejarlo en libertad”.
En una declaración oficial emitida por la Fiscalía General de la Nación se desmienten categóricamente las afirmaciones que atribuyen al ente de control la responsabilidad de no cargar oportunamente las órdenes de captura vigentes contra el narco Francisco Javier Zuluaga Lindo, conocido como alias Gordo Lindo. La Fiscalía, en respuesta a las acusaciones, ha proporcionado una cronología detallada de los acontecimientos que rodearon el caso, desvelando una serie de fallos en el proceso.
De acuerdo con la información proporcionada por la Fiscalía, el 15 de noviembre de 2018, un despacho de la Dirección Especializada contra el Narcotráfico emitió una orden de detención preventiva contra ‘Gordo Lindo’ por su presunta participación en actividades relacionadas con narcotráfico.
Esta decisión, tomada en línea con la Ley 600 de 2000, de acuerdo con el ente acusador, fue ingresada en el sistema oficial el mismo día y ha estado vigente desde entonces. La medida fue confirmada en segunda instancia y comunicada a todas las partes involucradas, incluido el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), asegura.
Sin embargo, el 28 de noviembre de 2022, afirma la Fiscalía que recibió un correo electrónico del coordinador del Grupo de Gestión Legal de la cárcel La Picota, en Bogotá, Fabián Andrés Solano Ocampo, “que informa que le fue otorgada la libertad a alias Gordo Lindo por un proceso que se seguía en su contra por la Ley 906 de 2004; sin embargo, el funcionario alertaba que no era viable otorgar boleta de libertad porque en los sistemas aparece en curso la medida de aseguramiento de detención preventiva impuesta por el caso de narcotráfico, que avanza por Ley 600 de 2000″. Sin embargo, el correo electrónico había sido enviado seis días después de la fecha indicada.
La respuesta de la Fiscalía a este correo se produjo, según el comunicado emitido por la entidad, el mismo día, reafirmando la validez y vigencia de la medida de aseguramiento impuesta por el caso de narcotráfico. Sin embargo, “como no hubo notificación de recibido, fue remitido un nuevo correo electrónico el 1 de diciembre de 2022. Ocho meses después, en agosto del año en curso y por insistencia del despacho fiscal, el Inpec respondió, pero alias Gordo Lindo ya estaba libre”.
La Fiscalía resalta que la trazabilidad de los eventos demuestra que la existencia de la medida de aseguramiento era de conocimiento público y estaba registrada en los sistemas oficiales desde el 15 de septiembre de 2018. A pesar de esto, “la medida no fue considerada a la hora de otorgar la libertad a alias Gordo Lindo”, lo que subraya una serie de deficiencias en el proceso y en la comunicación entre las instituciones pertinentes.
La prueba reina: la medida de aseguramiento contra Gordo Lindo que ignoró el Inpec
No hay forma de justificar que alias Gordo Lindo hubiese quedado en libertad cuando la Fiscalía le informó al Inpec que en contra del narco existe una medida de aseguramiento por el delito de narcotráfico. El asunto ahora es materia de investigación y el Inpec tendrá que responder a la Fiscalía por qué lo dejaron en libertad.
SEMANA reveló este escándalo que por ahora no tiene respuesta o explicación a las decisiones que desde el Inpec salieron y que dejaron en libertad al narco cuando los documentos, los informes y la investigación, obligaba a mantenerlo detenido en la cárcel La Picota, en el sur de Bogotá.
La medida de aseguramiento contra Francisco Javier Zuluaga está relacionada con una investigación en poder de la Fiscalía y por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado, un proceso por el que fue llamado a juicio y donde el ente acusador espera obtener una condena.
“Se destaca igualmente el hecho consistente en que, ante la Jurisdicción de Justicia y Paz, el sindicado confesó una serie de actividades o hechos ilícitos, transcritos en precedencia, solo que el Tribunal Superior de Medellín, Sala de Justicia y Paz, mediante sentencia el 17 de septiembre de 2013, lo excluyó y dicha decisión fue confirmada por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 12 de febrero de 2014″, advierte el documento que conoció SEMANA.
La decisión de la Fiscalía con la medida de aseguramiento es de 2018, cuatro años antes de la orden de libertad, que si bien obedece al cumplimiento de la pena, no tiene que ver con el resto de procesos que tiene el señalado narco y que ahora se convierten en el centro de la polémica para el Inpec.
En la decisión de la Fiscalía, un documento de 28 páginas que conoció SEMANA se reseña en detalle cuáles son los hechos que motivaron la medida de aseguramiento y porque era necesario mantener a alias Gordo Lindo en una cárcel y no dejarlo en libertad, luego de la advertencia de la Fiscalía con la solicitud vigente.
“En tal virtud, tuvo en cuenta que el sindicado en diligencia de indagatoria admitió o confesó conforme a la ley haber realizado dichos comportamientos ilícitos a los cuales se refirió expresamente en versión ante la Jurisdicción de Justicia y Paz, motivo por el cual se fundamentó en ello para considerarlo probable autor de dichas conductas ilícitas”, señala el documento de la Fiscalía.
Así las cosas, las presuntas irregularidades fueron advertidas a tiempo por la Fiscalía y no coinciden con la respuesta del Inpec, tras insistir que revisaron en detalle las bases de datos y no encontraron requerimientos vigentes. El asunto ahora es materia de investigación.