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“Fue un pacto ilegítimo para cometer delitos electorales”: esto advierte la Corte Suprema sobre el papel de Alejandro Char en el escándalo de Aida Merlano
El fallo con el que llaman a indagatoria a Arturo Char, fue revelado en primicia por SEMANA y da cuenta de cómo se orquestó la denominada Casablanca, sede de la corrupción electoral en la cual la principal protagonista fue Aida Merlano.
SEMANA reveló hace pocos días, en primicia, el documento de más de 120 páginas con el que la Corte Suprema llamó a indagatoria a al expresidente del senado, de Cambio Radical, Arturo Char, por su posible participación en el escándalo de corrupción electoral en cuyo centro ha estado la prófuga Aida Merlano y varias de las más tradicionales casas políticas de la Costa Caribe.
El fallo es revelador, entre otras cosas, porque no solamente menciona a Arturo Char, sino también a Alejandro Char, exalcalde de Barranquilla, quien recientemente fue precandidato a presidencia, se comprobó una relación sentimental con la misma Merlano y ella señala que también le dio dinero para financiar su campaña.
En uno de los apartes de la sentencia cuyo ponente fue el magistrado Francisco Farfán, se lee que “en dicha dinámica, tal pacto implicó que Arturo Char Chaljub, Julio Gerlein Echeverría, Aída Merlano Rebolledo, Lilibeth Llinás Delgado y Alejandro Char Chaljub, configuraran una estructura delictiva enfocada en la comisión de delitos electorales, y concretamente de la compra de votos, con indeterminación en el espacio y en los comportamientos ilegítimos a realizar, para conseguir los votos que permitieran que Aída Merlano y Lilibeth Llinás alcanzaran una curul en el Congreso de la República y la reelección en el Senado de la República, del aforado Char Chaljub”. Refiriéndose en el último caso a Arturo, quien hasta hace poco fue presidente del Congreso.
Y agrega la Corte que, “el ilegitimo pacto fue financiado fundamentalmente con dineros entregados por Faisal Cure Orfale, contratista de la administración del (entonces) alcalde Alejandro Char Chaljub, y con aportes de Julio Gerlein Echeverría, también contratista de la aludida administración y compañero sentimental de Aída Merlano Rebolledo, al igual que con dineros provenientes del mismo alcalde Alejandro Char”.
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¿Por qué Arturo Char va a indagatoria?
Advierte la Corte Suprema en la decisión que el testimonio de excongresista, prófuga de la justicia en Venezuela, Aida Merlano Rebolledo, los datos fácticos acreditados en la actuación y el indicio grave a que se hace referencia, en una valoración sistemática de la prueba y bajo el principio de selección probatoria, demuestran que probablemente, para finales del año 2017, en el marco de las elecciones al Congreso de la República de Colombia, periodo constitucional 2018–2022, “Arturo Char Chaljub, cuando aspiraba a su reelección como senador, hizo parte, junto con la excongresista Aida Merlano, y otras personas más, de la configuración de una empresa criminal, que se dedicó a la compra de miles de votos”.
“Además, que el colectivo criminal desplegó sus acciones en la ciudad de Barranquilla y en municipios del Departamento del Atlántico, como Sabanalarga, y que esta organización delictiva tuvo como sede un inmueble situado en el barrio el Golf de la ciudad de Barranquilla, conocido como Casablanca”; agrega la sentencia.
¿Por qué estos dos delitos? La sentencia es clara. Por un lado, señala que el expresidente del Congreso, Arturo Char Chaljub, realizó el tipo penal de concierto para delinquir agravado, “porque del material probatorio que sustenta la incriminación permite inferir que el aforado en referencia probablemente organizó y encabezó la asociación delictiva, conducta que el legislador describe y sanciona como concierto para delinquir”.
Y, por otro lado, se habla de corrupción de sufragante agravado, “por cuanto el concierto criminal aparejó la entrega de dinero para que sufragaran por él como candidato al Senado de la República, teniendo para ese entonces la calidad de congresista, sin desdeñar que la empresa envolvió compra de votos también a favor de Aída Merlano Rebolledo y Lilibeth Llinás Delgado”.
La Corte va más allá. En el fallo se ordena decretar la ampliación de la declaración juramentada de Vicente Rosanía, persona vinculada a la campaña de Aida Merlano, y quien al parecer referenció a Rafael Antonio Rocha Salcedo para que trabajara en la misma.
Igualmente, se dispone la Corte a escuchar a Erwin Martínez, a quien califica Rafael Rocha Salcedo como el gerente de la Campaña de Merlano, y le habría suministrado a Rocha datos sobre la vinculación de Arturo Char con la organización criminal.