Judicial

Gabino, el exparamilitar cuyo testimonio motivó la orden de captura contra Cielo Gnecco

La considerada matriarca del Cesar es investigada por los delitos de secuestro extorsivo y homicidio en persona protegida por hechos registrados en 2002.

10 de octubre de 2023
La baronesa política del Cesar, Cielo Gnecco fue capturada.
La baronesa política del Cesar, Cielo Gnecco fue capturada. | Foto: Gobernación del Cesar.

El 21 de enero de 2018, en una carta escrita de su puño y letra desde su celda en la cárcel Modelo de Barranquilla, Juan Manuel Argumedo García, alias Gabino –quien hizo parte del Frente Mártires del Cesar de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC)– le reveló a la Fiscalía General pormenores de los hechos que rodearon el secuestro y posterior asesinato de Jairo Alberto Hernández Hinojosa y Carlos Alberto Mendoza Guerra, dos contratistas de la Gobernación del Cesar.

En su escrito, fue claro cuando señaló que el secuestro registrado el 10 de abril de 2002 tenía como finalidad única que los contratistas entregaran un dinero. Tras su negativa, fueron asesinados por orden de David Hernández Rojas, alias 39, un comandante paramilitar. El documento iba más allá, pues Gabino señaló a Cielo Gnecco, una poderosa líder política de la región, de haber planeado y dado las órdenes tanto del secuestro como del homicidio.

Cielo Gnecco
Cielo Gnecco durante el Festival Vallenato en Valledupar, el 26 de Abril de 2013. Foto de Gerardo Gómez / Jet Set. | Foto: Gerardo Gomez

En el relato, el exparamilitar indicaba que la retención de los contratistas buscaba que le devolvieran a Cielo Gnecco una suma cercana a los 2.500 millones de pesos “que habrían obtenido, al parecer, de su actividad con el ente departamental y de la cual debían entregar una parte”.

Debido a que los dos secuestrados no aceptaron las presiones para devolver el dinero, fueron asesinados. “Cielo María Gnecco Cerchiario y Javier Gámez, según el denunciante Julio Manuel Argumedo García, pidieron a David Hernández Rojas, alias 39, que los asesinara, sugerencia que fue atendida positivamente por este el 8 de noviembre de 2002, a través de miembros vinculados al grupo criminal”.

Orden de captura contra Cielo Gnecco
Orden de captura contra Cielo Gnecco | Foto: Cortesía

Para la fiscalía tercera delegada ante el Tribunal Superior de Valledupar, la declaración de Gabino era coherente y concisa, puesto que había hecho parte de las filas del grupo de paramilitares que habían ejecutado tanto los secuestros como los asesinatos colectivos, por lo que tenía información de primera mano. La forma como se presentaron los hechos llevó a que se declarara el caso como de lesa humanidad.

Lo dicho por Gabino motivó al fiscal a tomar la determinación de ordenar la captura de Gloria Gnecco y darle una medida de aseguramiento en centro carcelario, mientras se resolvía su situación jurídica. Esto, debido a que el exparamilitar detalló el poder que tenía en la región y las presiones que podría ejercer, las cuales afectarían el curso de la investigación.

El excomandante paramilitar Salvatore Mancuso declaró ante en cuatro sesiones ante la JEP.
El excomandante paramilitar Salvatore Mancuso declaró en cuatro sesiones ante la JEP. | Foto: JEP

En la determinación de 32 páginas, el fiscal rechazó que en un pasado no se le quisiera dar validez a las declaraciones recolectadas durante la investigación. “Resulta un absoluto despropósito que la primera instancia trate de debilitar el testimonio de Julio Manuel Argumedo García, alias Gabino, respecto de la radicación de una base militar en la finca que fuera de propiedad de Gustavo Manuel Pumarejo Vega, cuando el mismo declarante aceptó, sin ambages, que eran asiduos visitantes de ese predio por el que trasladaban libremente, pernoctaban en él y hasta usaban el vehículo de su propiedad en el que ‘se iban a hacer vueltas...’”.

Para la Fiscalía General, las declaraciones que se han emitido en contra de Cielo Gnecco son coherentes frente al tiempo, modo y lugar en el que se presentaron los hechos materia de investigación. Igualmente, se advierte que los testimonios cuentan con una validez legítima.

Luis Monsalvo Gnecco, gobernador de Cesar, será sentenciado el próximo 25 de julio. | Foto: Foto. Instagram @LuisAlbertoMonsalvo

“Basta la lectura serena, reposada y desprevenida de las declaraciones de cargo para encontrar en ellas con fulgor que comprometen a la sindicada Cielo María Gnecco Cerchiaro con la ejecución de los delitos de secuestro extorsivo y homicidio agravado”, precisa la decisión.

Frente a la necesidad de la medida de aseguramiento, se considera que es clave para proteger la integridad del expediente y de los testigos. “Leídas las versiones de abajo para arriba, de arriba para abajo, rápida o reposadamente, no aflora ninguna fisura con capacidad de erosionar su valor suasorio de cara a la exigencia normativa”.

Varios testigos y otras pruebas recaudadas permitieron inferir el poder en la región de Cielo Gnecco y las acciones que podría ejecutar contra aquellos que han declarado en su contra.

Este martes finaliza la declaración del excomandante paramilitar Salvatore Mancuso ante la JEP.
Este martes finaliza la declaración del excomandante paramilitar Salvatore Mancuso ante la JEP. | Foto: JEP

“Se suma el poder político y económico que ostenta en el departamento del Cesar el clan Gnecco Cerchiaro, del que la procesada forma parte, siendo la madre del detenido gobernador, Luis Alberto Monsalvo Gnecco. No cabe duda para estimar que tiene facilidades para abandonar el país y ponerse lejos del alcance de la justicia colombiana, una vez conocida esta determinación, si se optare por la decisión de no restringir su libertad”, se lee en la decisión.

Incluso, el mismo Gabino, quien es el testigo clave en esta investigación, aseguró que en la región es bien sabido el poder que tiene la ahora procesada y las influencias con las que cuenta. “Se arriba a la necesidad de restringir su derecho a la libertad personal porque, de no hacerlo, el miedo que infunde, el poder y el dinero que posee, le facilitaría la manipulación de las pruebas que la primera instancia deberá recaudar antes de proceder a la calificación del mérito probatorio del sumario”.