JUSTICIA
El veredicto final contra el general Arias Cabrales
El histórico fallo de la Corte Suprema de Justicia contra el general retirado Jesús Armando Arias, por los desaparecidos del holocausto, recalca que los militares y el presidente Betancur nunca quisieron negociar para salvar la vida de los rehenes.
El Consejero de Estado Jorge Valencia Arango sí vivió para contarlo. El jurista estaba en el Palacio de Justicia el 6 de noviembre de 1985, cuando un comando del M-19 ingresó y se tomó a sangre y fuego el edificio. Las primeras horas todo fue caos, gritos, muertos, ráfagas y explosiones ensordecedoras.
Valencia se ocultó en una oficina y desde ahí escuchó el clamor del magistrado Alfonso Reyes, quien le gritaba a los militares: “‘Por favor, no disparen, somos rehenes, les habla el presidente de la Corte Suprema de Justicia, tenemos heridos, necesitamos a la Cruz Roja’, a lo que contestaban con disparos. Cada cinco minutos repetía su letanía el doctor Reyes y le contestaban con las mismas descargas de ametralladora, rockets y toda clase de armas”, recuerda Valencia.
El sobreviviente aseguró que Reyes estaba en poder de los guerrilleros con otro grupo de rehenes y que desde la una de la tarde y por cuatro horas el magistrado hizo llamados al Ejército para pedir cordura en medio del fuego cruzado. “Hacia las cuatro de la tarde –aseguró Valencia– el magistrado cambió su letanía y por dos veces con intervalos de cinco minutos dijo: ‘Por favor no disparen, somos rehenes, les habla el presidente de la corte, tengo dos señoras embarazadas que necesitan atención médica’”.Y la respuesta oficial fue la misma: fuego nutrido.
Al final quedó un tétrico balance: 94 personas murieron. Entre las víctimas mortales había 11 magistrados de la Corte Suprema de Justicia, 15 magistrados auxiliares, 1 magistrado del Consejo de Estado y 21 guerrilleros del M-19.
El de Valencia es solo uno de los testimonios en que se apoyó la Corte Suprema de Justicia para proferir, 34 años después, la primera sentencia condenatoria contra un oficial del Ejército por la desaparición de cinco personas tras el holocausto del Palacio de Justicia. Se trata del general Jesús Armando Arias Cabrales, hoy de 83 años de edad, quien como comandante de la Brigada XIII tuvo “el control total sobre las tropas y fue por tanto el artífice principal de las conductas ocurridas con ocasión de la ‘solución final’ que se dio a los sucesos”.
A Arias lo condenaron originalmente en 2011 a 35 años de cárcel por la desaparición forzada de 11 personas. Cuatro años después, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó la pena pero redujo el número de desaparecidos a cinco. Ante eso, el oficial decidió buscar tumbar la sentencia ante la máxima instancia, la Corte Suprema de Justicia. El fallo de esta semana niega esa pretensión, reafirma la sentencia y además recalca, como nunca antes, que las Fuerzas Armadas actuaron, sin interés distinto al de “aniquilar al enemigo”.
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El fallo incluye testimonios de personas llevadas por el Ejército a la Casa del Florero donde las interrogaron y torturaron.
En uno de los apartes más severos la sentencia señala que el Ejército actuó: “Sin treguas, con persistencia, utilizando todos los medios armados al alcance y contando con la temerosa actitud del Presidente de la República de intervenir. La operación militar no tuvo tregua y menos reparo sobre la vida de los magistrados, empleados y ciudadanos y de los guerrilleros vencidos en esa infausta acción terrorista que nunca ha debido ocurrir”.
El sumario deja claro que la comandancia del Ejército desde el momento cero activó el Plan Tricolor, una estrategia de guerra para ejecutar ante conflictos con algún país vecino o ante una insurrección general, parcial o total en territorio nacional que pudiera afectar el Estado de derecho. El general Arias ordenó a los tanques entrar al edificio para “permitir el acceso de las tropas a pie, protegidas por los vehículos”, dijo el coronel Alfonso Plazas Vega, quien conducía un blindado tipo Cascabel.
En 2015, la misma corte que ahora confirma la condena contra Arias Cabrales absolvió a Plazas Vega por duda favorable. El coronel en retiro argumentó que se limitó a hacer maniobras de combate que permitieron la salida de cerca de 200 personas del Palacio de Justicia. Y que nunca estuvo en la Casa del Florero, a donde los soldados conducían a los rescatados para identificarlos e interrogarlos. Arias sí estuvo allí y el coronel Edilberto Sánchez Rubiano estaba a cargo del lugar bajo sus órdenes. Varios desaparecidos dejaron su último rastro de vida tras salir del palacio y entrar a la Casa del Florero.
"El Ejército actuó sin treguas, la operación militar no tuvo reparo sobre la vida de los magistrados, empleados y ciudadanos".
En el expediente obran varios testimonios de militares que señalaron la directriz de evacuar a los individuos sospechosos y entregarlos a mandos superiores. “No a la justicia, sino a los organismos superiores, que es distinto” recalca el fallo. También hay por lo menos media docena de personas rescatadas que fueron llevadas al segundo piso de la Casa del Florero donde fueron torturadas ante la sospecha de que se trataba de guerrilleros.
A todo eso se suma el registro de las conversaciones que por radioteléfono sostuvieron los comandantes mientras ejecutaban la retoma, grabadas por un radioaficionado. Esas cintas dejaron en evidencia que el Ejército antes de facilitar y apresurar el ingreso al Palacio de Justicia del director de Socorro Nacional de la Cruz Roja, Carlos Alberto Martínez Sáenz, hizo todo tipo de maniobras para impedirlo. Martínez tenía la misión de llevar un mensaje del presidente Betancur a los guerrilleros y de tratar de abrir un espacio de diálogo.
Cinco magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia votaron contra el general retirado. Dos lo hicieron por absolverlo.
Luego de muchas horas cruciales, Martínez logró ingresar. Lo acompañaron el general Vargas Villegas y el coronel Plazas Vega hasta la entrada principal y desde allí subió al tercer piso en donde estaba Arias Cabrales. “Súbitamente oímos una explosión fuerte. Minutos después cesó el fuego y vimos descender un grupo grande de soldados, quienes dieron parte al general de haber cumplido con la misión encomendada a ellos. Comprendí que mi misión había fallado desde todo punto de vista”, dijo Martínez. El holocausto estaba consumado.
El Ejército antes de facilitar y apresurar el ingreso al Palacio de Justicia del director de Socorro Nacional de la Cruz Roja, Carlos Alberto Martínez Sáenz, hizo todo tipo de maniobras para impedirlo.
La corte concluyó que, contra toda evidencia, el presidente Betancur y los mandos militares insistieron en que se trató de una operación de rescate. Estos sostuvieron que tenían la regla de oro de garantizar la vida de los funcionarios judiciales y visitantes, pero la investigación devela que dirigieron las armas contra ellos y los asaltantes con el “desabrido pretexto de defender la democracia”. Y “sin hacer la mínima distinción entre combatientes y no combatientes”.
Al final quedó un tétrico balance: 94 personas murieron, muchas calcinadas por el incendio que se desató en la noche del 6 de noviembre. Entre las víctimas mortales había 11 magistrados de la Corte Suprema de Justicia, 15 magistrados auxiliares, 1 magistrado del Consejo de Estado y 21 guerrilleros del M-19. Todo esto en 28 horas de toma y retoma del claustro de la Justicia. Y en los siguientes días trascendió que al menos 11 personas estaban desaparecidas. Esta última, una tragedia que aún se mantiene vigente en al menos la mitad de los casos.
En marzo de 2017, el general Arias se presentó ante la JEP y manifestó interés en acogerse a esa jurisdicción. Para entonces el oficial ya había solicitado el recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia para que su sentencia fuera objeto de revisión en la última instancia de la jurisdicción ordinaria. Pero un mes después, Arias suscribió una carta con la que desistió de acudir a la justicia transicional. Sin embargo, dejó consignado en la misiva que ello no implicaba que más adelante la JEP no pudiera “analizar la posibilidad de acogerme al sistema”.
Es decir, Arias aún aguarda la esperanza de que su caso tenga una cuarta revisión ante la JEP. A ese planteamiento se oponen los familiares de los desaparecidos, que consideran que los delitos en los que la Justicia halló responsable al general son “crímenes estatales de lesa humanidad y por tanto deben ser de conocimiento de la justicia ordinaria”, dice René Guarín, hermano de Cristina del Pilar Guarín, una de las desaparecidas.
Pero en la página 243 del reciente fallo contra Arias la corte considera que la conducta atribuida al general “es una manifestación del conflicto armado”. Y este es uno de los requisitos fundamentales para que la JEP asuma competencia. Si el caso va al tribunal de paz estaría ante otra situación inédita y muy colombiana: la revisión, una vez más, de una sentencia ya confirmada por tres instancias de la justicia ordinaria.