NACIÓN

Giro judicial tras pelea entre jóvenes que terminó en tragedia en el norte de Bogotá

La Corte Suprema de Justicia le bajó el monto de la pena al señalado asesino de uno de los jóvenes.

26 de marzo de 2021
Panorámica de la ciudad de Bogotá

En 2011, un caso en Colombia se hizo muy mediático. Un joven, que dormía, salió de su apartamento, entró a otro y asesinó a una persona que no conocía. Todo porque, según le dijeron a él mientras dormía, hubo unos malentendidos que terminaron en pelea. Así explica la Corte Suprema de Justicia lo sucedido.

“El 13 de febrero de 2011, a las 2:00 horas aproximadamente, en el apartamento 203 del interior 1 del conjunto residencial Mazurén 13, ubicado en la calle 151 Nro. 55-68 de esta capital, departían Daniela Arias, Camila Andrea Villota Medina, Juan Sebastián Navas Rodríguez y Diego Alberto Rojas Rodríguez, que se encontraban de visita, también estaba, pero durmiendo, Jeison Javier Fonseca Borda, quien vivía allí. Las dos primeras se ubicaron en el balcón del apartamento y se dieron cuenta de que, en el balcón del apartamento 403 de la misma torre, estaban reunidos varios muchachos y desde abajo les pidieron cigarrillos, algunos de estos últimos, Mileidy Guevara Güiza, Oscar Palencia, Andrés Felipe Muñoz Bernal y M.G.A.V. (Miguel Ángel Guerrero Vargas) –menor de edad con 16 años- bajaron, las mujeres les abrieron la puerta y ellos les entregaron los cigarrillos y les ofrecieron licor, Diego Alberto Rojas Rodríguez se asomó y Óscar Palencia le brindó trago, con respuesta negativa y, como broma, les manifestó que si querían invitaran a Daniela, M.A.G.V. (Miguel Ángel Guerrero Vargas) se burló de él porque portaba gafas oscuras en horas de la noche y éste le dijo que no fuera sapo y que lo respetara, M.A.G.V. le propinó un puñetazo en un ojo y Daniela cerró la puerta para poner fin al altercado”, explicó la Corte Suprema.

Panorámica de la ciudad de Bogotá | Foto: Secretaría Distrital de Hacienda

“Enseguida, desde los balcones, los dos grupos empezaron a insultarse, a escupirse y a lanzarse objetos como colillas de cigarrillo y empaques de aguardiente. Con el ruido, se despertó eison Javier Fonseca Borda y sus visitantes le informaron lo sucedido. Éste se dirigió a su habitación y salió para ir al otro apartamento, manifestó a sus acompañantes que tenía que arreglar el problema para evitar dificultades con la administración. Subió y golpeó la puerta fuertemente, M.A.G.V. (Miguel Ángel Guerrero Vargas) y Andrés Felipe Muñoz Bernal acordaron no abrirla, pero Cristhian Daniel Berrío Hernández, otro de los contertulios que estaba durmiendo y no se había percatado de lo acontecido, se despertó y desprevenidamente abrió, momento que fue aprovechado por Fonseca Borda para tratar de ingresar a la fuerza, Cristhian Daniel sostuvo la puerta y advirtió a Fonseca Borda que no quería problemas, Andrés Felipe Muñoz Bernal y M.A.G.V. ayudaron a sostenerla, éste corrió a Andrés Felipe y se ubicó detrás de Cristhian Daniel, el atacante llevó la mano atrás , le hizo un amague a éste y lo empujó, en ese momento quedó frente a M.A.G.V. (Miguel Ángel Guerrero Vargas) , sacó de su pantalón un cuchillo con el que se abalanzó a (sic.) sobre él y, prácticamente sin mediar palabra, le asestó una puñalada en el tórax que lo hizo caer al piso con la camisa ensangrentada, el agresor salió corriendo, bajó las escaleras, se encerró en su apartamento y les dijo a sus acompañantes que había chuzado a alguien y que se fueran. Mientras tanto, los amigos de M.A.G.V. trataron auxiliar a éste y lo bajaron a los parqueaderos del conjunto en espera de una ambulancia pero al arribar ésta aquél ya había fallecido”, agregó el Alto Tribunal.

El joven asesinó al otro en medio de un altercado. El 13 de diciembre de 2012, el Juez 31 Penal del Circuito de Bogotá, con funciones de conocimiento, condenó a 33 años de prisión a Jaison Javier Fonseca Borda por el delito de homicidio agravado, tal y como lo solicitó la Fiscalía. Durante la audiencia de juicio oral el fiscal del caso demostró que Fonseca Borda ultimó a Miguel Ángel Guerrero Vargas, de 16 años en ese momento y estudiante universitario, quien estaba en una fiesta en un apartamento del cuarto piso en un conjunto del barrio Mazurén, norte de Bogotá.

Imagen referente a decisiones judiciales | Foto: 123RF

Según lo establecido, el hoy condenado estaba en un apartamento del segundo piso, subió hasta donde se realizaba la fiesta y agredió con arma cortopunzante al joven. La sentencia, según se ordenó en aquel entonces, la cumplirá Fonseca Borda en la Cárcel Nacional Modelo de Bogotá. En adelante y según explicó el Alto Tribunal, la defensa “resaltó que debía considerarse que la conducta se cometió bajo los efectos del alcohol y sin premeditación, razón por la que la pena impuesta resulta desproporcionada, pues no se realizó con dolo directo. Precisó que el nuevo monto punitivo ha de corresponder al del homicidio simple, teniendo en cuenta además que el procesado había aceptado su responsabilidad en el delito, pero a condición de que se eliminaran las agravantes”.

“Por último, enlista varios aspectos que no fueron valorados para el cálculo de la sanción como que el acusado ignoraba que la víctima era menor de edad”, se lee en el documento del Alto Tribunal. Tras exponer qué sucedió ese día, la Fiscalía, en contraste, “reafirmó la tesis del Tribunal acerca de que la conducta del procesado fue desproporcionada, al haber sido el golpe que la víctima le propinó a uno de los amigos del procesado, lo que motivó su acción homicida”.

“De acuerdo con la prueba recaudada, se establece que la acción del procesado no estaba inequívocamente dirigida a acabar con la vida del adolescente Miguel Ángel Guerrero Vargas, ya que Jeison Javier Fonseca Borda desconocía cuál de las personas del apartamento 403 fue la que golpeó a su amigo en los ojos, órganos que según el mismo Diego Alberto Rojas estaban recién operados y que era la razón del porqué a esas horas de la madrugada tenía puestas gafas oscuras, situación que además de servir de mofa al adolescente fallecido, originó que éste fuera bastante agresivo y golpeara a una persona convaleciente”, se lee en el documento del Alto Tribunal.

“Con lo anterior se demuestra que la irrupción del acusado en el inmueble 403 estuvo precedida no sólo de la agresión proveniente del adolescente, sino también de la falta de respeto de los ocasionales moradores de ese inmueble por las normas culturales y sociales que deben imperar entre cualquier clase de ciudadanos, pero más entre residentes de una misma copropiedad”, agregó la Corte.

Expuesto los argumentos, la corporación cambió la pena que debe purgar esta persona, quien al momento de los hechos tenía 19 años de edad y hoy tien 29 años de edad. “El fallo del Tribunal Superior de Bogotá será casado parcialmente para eliminar la circunstancia de agravación y para redosificar la pena impuesta a Jeison Javier Fonseca Borda, e imponerle una pena principal definitiva de once (11) años, seis (6) meses y dieciocho (18) días de prisión, como autor del delito de homicidio simple”. Por esos hechos, en su momento, los padres del agresor ofrecieron perdón e informaron que dejaron al joven en el apartamento, sin imaginar que haría algo así en medio de los tragos.