JUSTICIA

Gobierno convoca tribunal de arbitramento por paro de Avianca

La ministra de trabajo, Griselda Restrepo, anunció la decisión por tratarse de un conflicto colectivo de trabajo en un servicio público esencial.

28 de septiembre de 2017
| Foto: Archivo SEMANA

Luego de que distintos sectores le pidieron al gobierno nacional que intervenga en la huelga de pilotos de Avianca, el equipo jurídico de la presidencia dio luz verde a que se convoque un tribunal de arbitramento.

Así lo anunció la ministra de Trabajo, Griselda Restrepo, quien manifestó que se busca la protección de un servicio básico esencial. El tribunal estará conformado por tres arbitros: uno nombrado por Avianca, otro por ACDAC y el último, por las dos partes. En caso de que no haya acuerdo en el nombramiento del tercer árbitro, el Ministerio de Trabajo deberá designarlo.  

La decisión se toma luego de que las principales compañías aéreas dirigieran una carta al presidente Juan Manuel Santos en la que solicitaron dar aplicación al artículo 452 del Código Sustantivo del Trabajo ante la situación crítica. Esta norma se refiere al sometimiento a un arbitramento obligatorio, por tratarse de un conflicto colectivo de trabajo en un servicio público esencial.

El grupo de empresarios solicitaron esta intervención teniendo en cuenta que el gobierno no solo moviliza recursos técnicos, humanos y legislativos para apoyar el desarrollo del sector aéreo, sino que, incluso, adoptan decisiones drásticas en momentos conyunturales cuando sus líneas banderas se ven afectadas.

Avianca manifestó, a través de un comunicado, que un tribunal de arbitramento es la medida administrativa idónea para resolver situaciones laborales en servicios públicos esenciales, permitiendo restablecer la conectividad del país. "Avianca espera que el Tribunal fije las condiciones laborales que regularán en adelante la relación con ACDAC, tras más de cinco años sin lograr que esta organización suscriba una convención colectiva con la Aerolínea", dicen. 

El tribunal tiene 10 días hábiles para emitir un laudo arbitral, plazo que puede ser ampliado de común acuerdo por las partes. 

Hay varios antecedentes de una acción de similares características. El paro de pilotos de Iberia en el 2012 y la huelga en American Airlines en 1997 son dos ejemplos de cómo los gobiernos tuvieron que intervenir para detener la huelga.

Paralelo a ello, continúa en el Tribunal Superior de Bogotá el trámite de la demanda que pide que la autoridad judicial se pronuncie sobre la ilegalidad del paro. 

Las razones presentadas por la compañía parten de la Ley 336 de 1996 que en sus artículos 5 y 68 establece claramente que el transporte aéreo es un servicio público esencial, que incide directa e indirectamente en la dinámica social y económica del país, siendo la huelga un acto de incumplimiento que da prelación al interés particular sobre el interés general.  

Junto con la admisión de la demanda, el Tribunal ordenó notificar personalmente a la ACDAC, en la forma y términos previstos en las normas (Numeral 4 del artículo 129 A del Codigo Procesal y artículo 4 de la Ley 1210 de 2008). Una vez se haga efectiva la notificación al presidente de esta asociación, se fijará la fecha para la audiencia pública correspondiente en la que se escucharán las partes y se practicarán las pruebas solicitadas.

El Tribunal de Arbitramento es una instancia conformada para la solución de un conflicto colectivo de trabajo y está compuesto por particulares quienes no tienen la investidura de jueces del Estado ni ninguna otra de carácter oficial. Los árbitros asumen el conocimiento dentro del proceso, razón por la cual son los encargados de tomar decisiones y pronunciarse de fondo y en equidad sobre el conflicto que se pone a consideración.  

En cuanto al conflicto de Avianca y ACDAC, el Tribunal solo tendrá competencia para pronunciarse sobre aquellas controversias relacionadas con fines económicos.