Si el Consejo Nacional Electoral no mantiene la personería jurídica de la Colombia Humana, Gustavo Petro no podrá acceder a los beneficios del estatuto de oposición. | Foto: Fotomontaje SEMANA

POLÍTICA

Tiembla la Colombia Humana de Gustavo Petro

La decisión en el CNE sobre la personería jurídica del movimiento que obtuvo ocho millones de votos en las elecciones presidenciales es definitiva para consolidar una oposición sólida, pero tiene un camino de espinas por delante, nada fácil de superar.

23 de agosto de 2018

Un trino de un magistrado del Consejo Nacional Electoral levantó un verdadero avispero político. El miércoles en la tarde, el jurista Armando Novoa aseguró en Twitter que el organismo había negado la personería de Colombia Humana, el movimiento político por el cual Gustavo Petro aspiró a la presidencia de la República. La afirmación, en boca de uno de los integrantes de esa entidad, generó un tsunami de trinos. El primero que reaccionó fue el mismo excandidato presidencial, quien calificó la decisión como una "arbitrariedad profunda" que desconoce la enorme votación que tuvieron en las elecciones. 

El @CNE_COLOMBIA negó por 5 votos contra 2, proyecto que presenté a la sala en relación con personeria juridica al grupo significativo de ciudadanos @ColombiaHumana_ del senador @petrogustavo. Cualquier decisión debe adoptarse con 6 votos en uno u otro sentido.

— Armando Novoa García (@consejeronovoa) 23 de agosto de 2018

El Consejo Nacional Electoral acaba de rechazar el derecho de Colombia Humana a ser un movimiento político con personería jurídica.

Ocho millones de electores y presencia en el senado no les pareció suficiente

Estamos ante una arbitrariedad profunda

— Gustavo Petro (@petrogustavo) 23 de agosto de 2018

Sin embargo, pocas horas después el Consejo Nacional Electoral aseguró que lo que había publicado Novoa no era definitivo y que por el contrario, la ponencia de Novoa se encontraba en estudio. El magistrado tuvo que salir publicamente a explicar que en su mensaje él se había aventurado a dejar en evidencia lo que venía. Según sus cuentas, es practicamente imposible que el CNE avale la personería jurídica de Colombia Humana.

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Las cuentas de Novoa son las siguientes. Esta semana, la votación sobre el tema quedó cinco votos contra dos, con la ausencia del magistrado Bernardo Franco. Como para tomar una decisión se necesitan seis votos, solo faltaría el apoyo de Franco para rechazar la personería jurídica. A eso se suma el hecho de que el próximo 31 de agosto se acaba el periodo de los magistrados del CNE. Es decir, que si el tema no se resuelve en los próximos quedaría en manos de un grupo nuevo de magistrados. 

Ese cambio del CNE no es menor. Se trata de un organismo que representa las fuerzas políticas. Los nueve magistrados son elegidos por el Congreso y por lo general allí llegan los partidos en la misma proporción de como están en el capitolio. Actualmente, cinco magistrados llegaron en representación de la Unidad Nacional, tres con el respaldo del Centro Democrático y el Partido Conservador y uno con el respaldo del Polo y la Alianza Verde. Este último es Armando Novoa. 

Esas fuerzas cambiarán definitivamente el próximo mes. Si se tiene en cuenta que la mayoría en el Congreso la tienen el Centro Democrático y Cambio Radical, se anticipa que llegarán a ese organismo magistrados en su mayoría de esas corrientes políticas, nada cercanas al exalcalde Petro.

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La personería jurídica de la Colombia Humana no solo se enfrenta a esa dura realidad política, sino también a un díficil problema jurídico. Si los magistrados se apegan a lo que dice la ley exactamente, es muy posible que el deseo de Petro de continuar con ese movimiento no prospere.

A diferencia de los partidos, que son instituciones permanentes, los movimientos políticos son asociaciones de ciudadanos constituidas libremente para influir en la formación de la voluntad política o para participar en las elecciones. La ley establece que legalmente pueden perder su personeria jurídica 1. Cuando en una elección no obtengan a través de sus candidatos por lo menos 50.000 votos o no alcancen, o mantengan, representación en el Congreso, conforme al artículo anterior. 2. Cuando, de acuerdo con sus estatutos, proceda su disolución y 3. Cuando el Consejo Nacional Electoral así lo declare, en los casos previstos por la presente Ley.

El tema fundamental de la personería jurídica de Colombia Humana es el primero. Petro decidió lanzarse a las elecciones no por la Colombia Humana, sino por una coalición de fuerzas que se presentó como la "lista de la decencia". Allí estaban reunidas la Unión Patriotica, la Alianza Social Independiente y el movimiento Mais. En ese sentido, su llegada como bancada al capitolio le garantizó mantener a todas la personería jurídica, pero no a la Colombia Humana. 

Hace cuatro años, seguramente la decisión de rechazar la personería jurídica de Colombia Humana habría sido obvia. Sin embargo, no sucede lo mismo ahora. En el último gobierno de Juan Manuel Santos se tramitaron dos grandes reformas que cambiaron ese panorama que había dado la ley de partidos en 1994.

El primero es el equilibrio de poderes, la reforma constitucional que acabó con la reelección en el país. Allí se estableció que quien quedaba en segundo lugar en la carrera por la Casa de Nariño tendría un espacio en el Senado y su candidato vicepresidencial en la Cámara. Esto hace que hoy tanto Gustavo Petro como Ángela María Robledo estén en el Capitolio. Una interpretación menos rigida podría decir que efectivamente, la Colombia Humana sí tiene representación en el Congreso, así sea por una vía distinta al resto de sus compañeros. 

El segundo es el estatuto de la oposición, una norma pendiente desde la Constitución de 1991, que finalmente solo se pudo concretar en el Congreso (siempre dominado por fuerzas mayoritarias) por cuenta del proceso de paz. Allí se reafirma ese derecho que tiene el candidato presidencial perdedor de estar en el Congreso y se establecen los prerogativas que tendrían los partidos y movimientos que están en contravía al gobierno.

La representante Ángela María Robledo dejó claro ese riesgo. Según ella, si la Colombia Humana no mantiene su personería jurídica no podrán acceder al espacio de medios que garantiza ese estatuto y podrían perder la posibilidad de ir a las elecciones regionales para alcaldes y gobernadores, la próxima batalla campal de la política.

Hay un elemento adicional que hace que para ellos exista prisa. Ese estatuto asegura que los movimientos tienen hasta el próximo siete de septiembre para declararse en oposición. Si la decisión no se toma esta semana, el debate pasa a manos de nuevos magistrados, se podría decir que la Colombia Humana tiene apenas unos días para poder entrar en los beneficios que le entregaría esa nueva normatividad.

Aunque, Robledo aseguró en su Twitter que acudirán a las altas cortes si el CNE no les mantiene la personería jurídica, allí las decisiones se toman meses y puede que no esté resuelto ni antes del siete de septiembre ni antes del tiempo para inscribir candidatos el año entrante. Así, los próximos días serán definitivos para una de las decisiones que podrá cambiar completamente el ajedrez electoral del año entrante.