Andrés Sepúlveda fue condenado por haber espiado el proceso de paz y sus negociadores.

JUSTICIA TRANSICIONAL

¿El ‘hacker’ Andrés Sepúlveda a la JEP?

A primera vista suena absurdo, pero de pronto llena los requisitos para terminar allá.

6 de mayo de 2017

Cuando se reveló que el hacker Andrés Sepúlveda quería acogerse a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) hubo tres reacciones: sorpresa, carcajadas e indignación. Acababa de tener lugar el debate sobre si los tres uribistas (Sabas Pretelt, Diego Palacio y Alberto Velásquez) tenían derecho a esa alternativa. La conclusión había sido que, aunque legalmente era dudoso, políticamente podía llegar a ser aceptable. Sin embargo, se estaba abriendo un boquete para que la filosofía original de la JEP, que era circunscribirse a actos relacionados directamente con el conflicto armado, pasara a convertirse en una caja de Pandora donde cualquier delito cabía.

En ese contexto, la llegada de los hackers parecía un chiste. Pero analizando el caso en detalle, la pretensión no es tan absurda. Los delitos por los cuales los acusan son acceso abusivo a un sistema informático, uso de software malicioso agravado, concierto para delinquir agravado, espionaje y violación de datos personales agravado. Pero en el fondo, detrás de toda esa terminología jurídica, está el espionaje ilegal del proceso de paz para sabotearlo y así favorecer a los enemigos de este: los uribistas y su candidato Óscar Iván Zuluaga.

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Visto bajo esa óptica, Sepúlveda y su compañero no están fantaseando. En todo caso, su situación es más afín a la filosofía de la JEP que la de los tres altos funcionarios de Uribe. El libreto de estos es que dar puestos o notarías para reelegir a Uribe era una forma de asegurar la derrota militar de la guerrilla. Ese argumento requeriría una interpretación bastante elástica de la JEP, justificada por el consenso de que sus condenas han sido desproporcionadas.

Así, el hombre que por meses espió e interceptó ilegalmente las conversaciones de paz entre el gobierno y las Farc quiere ahora sacar provecho del acuerdo de justicia transicional pactado en La Habana. En 42 páginas enviadas al juez tercero de Ejecución de Penas de Ibagué explica las razones por las cuales considera que a él le pueden aplicar la amnistía concedida por la Ley 1820, que le ha devuelto la libertad a un puñado de guerrilleros y militares en el país.

El hacker Sepúlveda paga una sentencia de 120 meses, de los cuales está a punto de cumplir dos años en el complejo penitenciario Picaleña en Ibagué. A su juicio, y el de su apoderado, además de que la amnistía no se concibe exclusivamente para las Farc, las interceptaciones se clasifican como una actividad contrainsurgente y la existencia del conflicto armado fue la causa determinante de las conductas por las que se le condenó.

 “Las actividades de acceso abusivo a sistemas informáticos, uso de ‘software’ malicioso para interceptar las comunicaciones de los negociadores de las Farc fueron realizadas en 2014 con el uso de herramientas cibernéticas, desde la sede de campaña del partido Centro Democrático bajo la comandancia de Andrés Sepúlveda, para atacar el proceso de paz”, argumenta su abogado Carlos Toro. Para ellos, Sepúlveda es un tercero que terminó envuelto en el conflicto armado.

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La posibilidad de que el hacker termine liberado por cuenta de la JEP es plausible, pero despierta críticas. No solo por la antipatía del personaje, sino porque este no aspira a una reducción de penas, más bien a un perdón total y automático para salir inmediatamente de la cárcel. Esto se sustentaría en que si bien él fue una de las piezas del ajedrez del conflicto armado, no es responsable de ningún delito de lesa humanidad y en esas circunstancias la justicia transicional tiene la facultad de perdonarlo de una.

En ese escenario, según sus abogados, lo único que tendría que hacer es comparecer ante la Comisión de la Verdad y contar lo que pasó. Sus críticos dicen que como él ya contó todo a la Fiscalía no tiene nada que aportar. A esto, su defensa señala que no haber mentido en el pasado no puede causar la pérdida del acceso a la JEP. Que el criterio para tener ese derecho es solo haber sido parte directa o indirecta del conflicto armado.

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El caso del hacker ilustra la zona gris sobre qué significa ser parte del conflicto indirectamente. Un editorial de El Espectador señaló que si se extrapola esa tesis al extremo, los sobornados del escándalo de Odebrecht podrían argumentar que las carreteras por las cuales cometieron tráfico de influencias eran necesarias para el posconflicto. El caso del hacker, sin embargo, tiene más sustento que otros que seguramente se presentarán.