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¿Hombre que golpeó a su esposa por revisarle el celular actuó en legítima defensa?

El Tribunal de Bogotá modificó la condena a un hombre que golpeó a su esposa porque le revisó el celular. Expertos explican si se trata de legítima defensa.

15 de abril de 2021
Violencia intrafamiliar
Violencia intrafamiliar | Foto: GettyImages/iStock/Gan Chaonan

La historia de este caso parece el relato de un chisme entre vecinos. De lo que ocurrió mientras una mujer pretendía conocer las conversaciones privadas que sostenía su pareja sentimental a través del celular. La mujer estaba segura de que su esposo tenía una relación amorosa por fuera del lecho matrimonial y las pruebas de sus dudas estaban en el celular, por eso, a la fuerza, se lo quitó.

El caso ocurrió en el sur de Bogotá, el 29 de noviembre de 2017 a las 8 de la mañana. El hombre aseguró que mientras se alistaba su esposa le pidió el celular para revisar las conversaciones que sostenía y en las que al parecer ocupaba buena parte del tiempo. Él se negó y ella sin reparo se lanzó para quitarselo. Hubo un forcejeo que terminó en la cama, pero no en actitud romántica. El hombre logró dominar la escena, puso su rodilla en el pecho de su esposa y ella en rápido movimiento le pegó un rodillazo en los testículos, se lo quitó de encima y corrió al baño con el celular en la mano.

Cuenta el Tribunal, en el relato de los hechos, que el hombre alcanzó a impedir que cerrara la puerta del baño al trancarla con el pie. En ese momento la mujer le dice “bueno no nos pongamos a tanto, porque no me cuenta la verdad, déjeme mirar que tiene el celular”, ante la actitud pasiva de la mujer, su esposo accedió y desbloqueó el celular y ella encuentra una conversación “cariñosa” del hombre con quien fue su jefe.

Lo que siguió fue la confesión. El hombre reconoció que la engañaba con su exjefe. Acto posterior fue la denuncia de la mujer por violencia intrafamiliar, a la que sumó que no estaba cumpliendo con las obligaciones alimentarias de los hijos que tenían en común. La mujer fue valorada por Medicina Legal con una incapacidad de cinco días sin secuelas, suficiente para adelantar un proceso en la Fiscalía.

Fue así como al hombre le imputaron cargos por violencia intrafamiliar, lo presentaron ante un juez de control de garantías y la Fiscalía radicó la acusación en su contra. El Juzgado octavo Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá lo condenó a la pena de 72 meses de prisión como responsable de los hechos imputados, su defensa apeló y la historia se reescribió.

El proceso llegó al Tribunal Superior de Bogotá que tras estudiar los elementos materiales probatorios, las circunstancias de modo, tiempo y lugar, concluyó que aquí no hubo violencia intrafamiliar, sino uso legítimo de la fuerza. “La sala encuentra que el episodio de violencia intrafamiliar se desencadenó a partir del comportamiento indebido de la víctima, quien, según su propio relato, intentó tomar el teléfono celular del procesado con la finalidad de acceder a sus conversaciones de WhatsApp, lo cual constituye una flagrante vulneración del derecho a la intimidad de este”, se lee en el fallo del Tribunal que no sólo modificó el delito sino la condena.

Dijo el Tribunal que no se puede esconder que la víctima en esa sentencia “intentó invadir la esfera personal, la privacidad del procesado, al tratar de arrebatarle su teléfono móvil”, todo con el objetivo de revisar las conversaciones de su entonces pareja sentimental y que harían parte del derecho a la intimidad del que gozaba el ahora sentenciado.

“La sala considera que el imputado obró en legítima protección de un bien jurídico tutelado con rango de derecho fundamental –la intimidad-, ante el riesgo inminente de vulneración por parte de su excompañera sentimental, quien de forma abusiva, sin autorización del titular, pretendía tomar el teléfono celular con la finalidad de revisar su correspondencia privada”, dijo el Tribunal al bajar la condena a ocho meses de prisión por el delito de violencia intrafamiliar -cometido en exceso de legítima defensa-.

Aún con la apelación de la defensa del hombre condenado, el Tribunal consideró que es responsable de las agresiones confirmadas por Medicina Legal y aunque bajo la pena ordenó la captura para dejarlo a disposición del Inpec.