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Mujer apuntando con un arma al objetivo en un fondo oscuro, enfoque selectivo en el arma frontal | Foto: Getty Images/iStockphoto

Judicial

Homicidio de docente y sindicalista Gustavo Alexi de Silvestri fue declarado como un crimen de lesa humanidad

Fue asesinado por orden de un comandante de las Autodefensas. Después de 20 años del crimen, no se ha emitido una condena.

29 de octubre de 2022

El 10 de octubre de 2002, dos hombres llegaron hasta la Cra 59 No. 94-73 en la ciudad de Barranquilla. Allí, esperaron unos minutos y cuando vieron a un hombre salir en su camioneta lo abordaron y le dispararon en repetidas oportunidades acabando inmediatamente con su vida. La víctima era el reconocido profesor de la Universidad Libre, Gustavo Alexi de Silvestre Saade, quien además era militante y dirigente del sindicato y la junta directiva de la empresa Coolechera.

Los dos hombres huyeron en una motocicleta ante la mirada atónita de pocos testigos. En medio de los procesos que se adelantaron en Justicia y Paz se pudo identificar a los autores del crimen: Carlos Arturo Romero Cuartas, Yonis Rafael Acosta Garizablo, Rafael Eduardo Julio Peña y Dario Alberto Laino Scoppetta, quienes hacían parte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) que delinquían en el norte del país.

Los paramilitares entregaron detalles sobre la forma en cómo se planeó el asesinato del docente universitario, reseñando que los móviles tuvieron relación directa con su actividad sindical. Los comandantes de las AUC en el norte del país ordenaron el crimen tras considerar que el sindicato estaba permeado por la guerrilla del ELN y querían quebrar a la empresa láctea.

Dos décadas después de los hechos, la Fiscalía General determinó que este es un caso de lesa humanidad lo que representa que no prescribirá. En una resolución de 51 páginas, el ente investigador aclaró que el crimen se presentó por una política de los paramilitares de acabar con la vida de aquellos que consideraran cercanos a los grupos subversivos o de pertenecer a sindicatos.

“(...) tuvo lugar en un contexto delincuencial masivo y frecuente en contra de determinadas víctimas, cuyo vínculo era la pertenencia a un mismo grupo ilegal que ellos combatían y la defensa de unos ideales comunes en el Atlántico. Pero también, se enmarcó en un plan de impacto nacional más ambicioso y estructurado que se ejecutó a lo largo de una década”, resalta la Fiscalía.

En este sentido se señala que en esa época, y en esa región del país, se puso en marcha un plan de exterminio en contra de líderes de izquierda y representantes políticos con esta ideología que tuvieran la intención de presentarse a un cargo de elección popular. “Es preciso tener en cuenta que aunque en su origen los sindicalistas están ligados estructuralmente a la guerrilla según los miembros de las AUC; es de hecho mecanismo legal de incorporación a la vida política de la guerrilla, entonces en proceso de negociación” (sic).

El caso del docente, según reza la resolución, tiene seis aspectos que lo hacen acreedor a ser un delito de lesa humanidad. Entre estos, la estigmatización y victimización por su rol y por pertenecer a la junta directiva de la empresa Coolechera que, según los miembros de las AUC, “eran de ideas de izquierda”, lo que dio “lugar al plan criminal que acabó con su vida y la de otros más”.

Por esto no se puede calificar como un hecho aislado, puesto que hizo parte de un contexto de conflicto armado “prolongado en el que actores, tales como, la guerrilla, las autodefensas, los carteles del narcotráfico, las redes narcosicariales, así como, los del orden legal representados en la fuerza pública, quienes dirigieron sus ataques de forma indiscriminada contra la población civil, sin considerar su estatus de protección, frente al derecho internacional de los derechos humanos”.

En el estudio del caso se determinó que los bloques comandados por Salvatore Mancuso y Jorge 40 lo consideraban un enemigo. “La víctima, además de no ser un elemento activo de las hostilidades en el conflicto interno, pues no pertenecía a uno de los grupos armados ilegales partes del mismo, al momento de ser tomado por sus victimarios y asesinado con armas de fuego”.

“Este elemento de pertenecer al sindicato de Coolechera y ser miembro de la junta directiva de la misma y que esta según los miembros de las AUC pertenecían a la guerrilla, y no querer renunciar a la misma, lo convirtió en objetivo de las AUC por ello se le quita la vida, desapareciéndolo de su ambiente y de la protección social”, precisa.