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Iba en estado de embriaguez. ¿A qué se expone el conductor del accidente de la calle 94?

El conductor, identificado como Alberto Bravo Borda, será judicializado. La Policía confirmó que se encontraba bajo los efectos del alcohol.

6 de julio de 2021
Accidente en el deprimido de la calle 94.
Accidente en el deprimido de la calle 94. | Foto: suministrada a Semana

El accidente que dejó un motociclista muerto el pasado viernes en la mañana, en el norte de Bogotá, sobre el deprimido de la calle 94, incluyó a un conductor que fue identificado como Alberto Bravo Borda y que de acuerdo con la Policía se encontraba en estado de embriaguez cuando provocó el accidente. Expertos penalistas consultados por SEMANA explicaron las implicaciones legales para este conductor que será judicializado en las próximas horas.

El señor Bravo Borda tendrá que responder, de acuerdo con los expertos penalistas, por el delito de homicidio culposo, pero con un agravante adicional: su estado de embriaguez. “La Fiscalía le podrá imputar como presunto responsable del delito de homicidio culposo, pero agravado por estar en un estado de alicoramiento”, dijo Camilo Burbano, exdirector del Sistema Penal Acusatorio en la Fiscalía.

Burbano advirtió que una imputación y una eventual condena por este delito le podría dejar al conductor una pena de hasta 13 años de prisión, esto si no acepta los delitos que le impute la Fiscalía o llegue a algún tipo de conciliación con la familia de la víctima. “La pena que comporta este delito en caso de llegar a una condena arranca mínimo en 4 años y llega hasta los 13 años de prisión”, señaló el experto.

“Para establecer cuáles fueron las circunstancias que generaron este lamentable accidente invitamos a todos los actores viales que circulan por esa zona a que tengan mayor precaución en sus desplazamientos, ya que este corredor vial a veces permite que inconscientemente se exceda en la velocidad”, señalaron desde la Policía de Tránsito.

El experto explicó cuáles son las implicaciones en un caso como este, donde la Fiscalía puede imputar el delito de homicidio culposo. “Cuando una persona causa la muerte de otra sin tener la intención de hacerlo, es decir, sin tener el conocimiento o sin tener la voluntad de realizar esa conducta, sino que se hace por un acto de imprudencia”.

Para Burbano incluso es posible llegar a una conciliación o acudir a un principio de oportunidad con la Fiscalía, que lleve a la renuncia o la extinción de la acción penal en caso de que las víctimas puedan ser reparadas. Aun así, dijo la Policía, debe pasar ante un juez y dar las explicaciones del caso. Luego podría anticiparse una eventual conciliación.

“Pues efectivamente se podría llegar a pensar en un principio de oportunidad para que la Fiscalía renuncie a la acción penal o también hay otros salidas como los acuerdos o las negociaciones, en las cuales se acepta la existencia del delito, se le impone una pena, pero esta pena es rebajada”, dijo el experto consultado por SEMANA.

Por su parte, la familia del motociclista le pidió a la Fiscalía adelantar una investigación y así conocer la responsabilidad del conductor. Los resultados, en las pruebas de alcoholemia, fueron un avance importante dentro del proceso, que deja definido los hechos, además de los videos del accidente.

De Bravo Borda, el conductor de la camioneta, se sabe que es un reconocido empresario, fue presidente de la Asociación de Industrias Farmacéuticas en Colombia, Asinfar, y es abogado, al igual que su padre, un exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia.

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