Judicial
“Imagen deplorable, ojos entredormidos, despeinada, semidesnuda y fumando”: los cuestionamientos del fallo que suspendió a la jueza Vivian Polanía
La funcionaria judicial fue suspendida por tres meses de su cargo, mientras se adelanta una investigación disciplinaria en su contra.
El pasado 16 de noviembre, mientras resolvía la solicitud de revocatoria de medida de aseguramiento en contra de Joaquín Medina Duarte, acusado por el carro bomba que estalló en la Brigada Militar n.° 30, se presentó un hecho que desvió por completo la atención de la diligencia judicial.
La jueza que presidía la diligencia, Vivian Polanía, encendió por error su cámara. Lo que revelaron las imágenes dejó a todos los asistentes boquiabiertos: tirada en su cama, mientras vestía una camiseta que cubría todo su cuerpo. Con cigarrillo en mano, la funcionaria judicial le daba paso al delegado de la Procuraduría General para que presentara sus argumentos.
El representante del Ministerio Público le indicó que la cámara estaba encendida; acto seguido, la jueza se salió de la diligencia judicial. Lo que quedó registrado en esos cinco segundos se convirtió rápidamente en tendencia en las redes sociales, generando indignación y se convirtió en la base para la apertura de una investigación disciplinaria.
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Uno de los primeros cuestionamientos recae en que, durante 57 minutos, la jueza mantuvo la cámara apagada. Cuando apareció en escena, la imagen que les proyectó a los sujetos procesales no era la que se esperaba: “Se visualiza a la juez con ‘una imagen deplorable: con los ojos entredormidos, despeinada, recostada en una cama, vestida con una camiseta color negro y un saco gris y semidesnuda, fumando y con notoria dificultad en la articulación de las palabras que pronuncia”.
Cuando el procurador le advirtió que la cámara estaba encendida, “la funcionaria inmediatamente se desconecta de la audiencia y el representante del Ministerio Público sigue hablando (sin la presencia virtual de la juez) hasta 01:01:49. La juez se conecta nuevamente a la diligencia (aunque con la cámara desactivada) en 01:01:27; es decir, mientras estaba en uso de la palabra el procurador”.
El aparecer así en plena audiencia representa –para la Comisión– una falta de respeto total de la jueza a todas las personas que estaban en la diligencia, entre estos, el fiscal, el procurador, el defensor y el acusado, quien esperaba que se resolviera en derecho su petición para recuperar la libertad.
“Tal situación fáctica no se compadece con el esmero, respeto y circunspección con que una juez de la república debe administrar justicia, denotándose una clara falta de respeto de la funcionaria tanto por su propia investidura pública como respeto a las personas que intervinieron en la audiencia”, aclara la decisión.
En otro de los apartes se señala que, con el fin de que un hecho así no se presente nuevamente, es necesario suspender de su cargo a la jueza: “Esta sala en principio no encuentra justificación de que la juez, en las condiciones anotadas, en las instalaciones del lugar de residencia con las comodidades necesarias para preparar de debida forma y con el respeto que se merece una audiencia pública, de tanta importancia, se haya presentado en las condiciones materiales deplorables en que lo hizo”.
“Llama la atención que la jueza hubiera activado la cámara solo hasta el minuto 57:13 de haberse iniciado la diligencia: ¿estuvo la funcionaria en las anotadas circunstancias de modo, desde el comienzo de la audiencia, hasta que al parecer, involuntariamente activó su cámara? ¿casi una hora después del inicio del desarrollo de la diligencia? ¿Acostumbra a dirigir sus audiencias en circunstancias similares?”, afirma.
Igualmente, resalta la complejidad y trascendencia del caso que iba a resolver: “Se discutía la procedencia de la libertad de una persona enjuiciada por el hecho notorio público, como fue el reciente atentado con explosivos dentro de las instalaciones de una brigada militar en Cúcuta, se interroga la sala: ¿cómo prepara la juez la presentación de una audiencia de semejantes características?”.
Tras la sorpresa que se llevó la jueza se le olvidó hacer un pronunciamiento de fondo frente al recurso que presentó la defensa del acusado después que se negara la libertad: “Ante la intervención del defensor acerca de que si concedía o no el recurso, dijo la funcionaria ‘claro, doctor’, sin el más mínimo protocolo de las decisiones judiciales, dada la urgencia de terminar la audiencia”.
Finalmente, se señala que en Colombia no existen los jueces sin rostro, hecho por el cual no se entiende por qué no prendió la cámara en la audiencia virtual, como sí lo hicieron todos los sujetos procesales. “De continuar en el ejercicio del cargo la funcionaria, se posibilitaría que reitere la conducta examinada”, por lo que se avaló su suspensión del cargo.