Bogotá
Impondrán sanción a gerente de Acueducto de Bogotá por desacato ante negativa para operar la PTAR Salitre
La sanción será impuesta a la gerente de la Empresa Acueducto de Bogotá, Cristina Arango, y equivaldrá a dos salarios mínimos por cada día que se demore para iniciar la operación de la PTAR.
Pese a que desde el pasado 13 de septiembre la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) tenía que entrar a operar las obras de ampliación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) Salitre, con las que se limpiará 30 % de las aguas residuales de la capital del país, la entidad se ha negado a recibir la operación del proyecto, eludiendo los llamados que se le han hecho desde el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Producto de las dilaciones en las que ha incurrido la EAAB, la magistrada Nelly Villamizar, mediante un auto emitido este miércoles, dio por desacatada por parte de la gerente de la EAAB, Cristina Arango, la medida cautelar decretada el 13 de septiembre, mediante la cual se le ordenó proceder a iniciar la operación de la PTAR Salitre con la asistencia del Consorcio Expansión PTAR Salitre.
En ese sentido, el Tribunal Administrativo procederá a imponer sanción por desacato en contra de la gerente Arango equivalente a dos salarios mínimos por cada día que se demore para iniciar la operación de la PTAR.
La principal objeción del Acueducto de Bogotá para entrar a operar las obras de ampliación de la PTAR Salitre es que el interventor del proyecto, Consorcio IVK, no ha expedido la certificación del Hito 1, pese a que desde el Consorcio Expansión PTAR Salitre ya se habían completado los parámetros de cumplimiento de dicho hito, que consiste en la construcción civil, montaje de equipos, su integración industrial y el correcto funcionamiento de las dos líneas de proceso esenciales (agua y lodos).
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Pero el interventor se negaba a expedir la certificación aduciendo que existían defectos, inadecuado funcionamiento o desajustes en algunos componentes que integran los denominados equipos principales.
Específicamente, el consorcio IVK señaló en su momento que del lote 2 “obras de aducción tratamiento preliminar y primario”, se reportaron 11 equipos afectados; del lote 3 “tratamiento secundario y desinfección”, 15 equipos; del lote 4 “espesamiento y deshidratación de lodos”, 14 equipos y del lote 5 “estabilización de lodos y recuperación, de energía” 6 equipos afectados.
No obstante, posteriormente un Comité de Verificación constató que el Consorcio Expansión PTAR Salitre ya había iniciado con las reparaciones de los equipos, las cuales en todo caso no ponían en peligro la entrada en operación de las obras de la PTAR.
En diálogo con SEMANA, la gerente del Consorcio Expansión PTAR Salitre, Gloria Giraldo, explicó que después de la visita del Comité de Verificación, en una inspección judicial, la propia magistrada Nelly Villamizar encontró que todo estaba funcionando y “que los equipos que tenían algún defecto eran porque vienen trabajando más de un año, tiene uso, desgaste y otros requerían reparación y estaban en garantía”.
Después de esa visita, la magistrada Nelly Villamizar dictó una medida cautelar para que a partir del 13 de septiembre la EAAB entrara a operar la PTAR Salitre explicando que la CAR, entidad con la que se firmó el contrato, no es operador y el contratista tampoco lo es.
Pero el interventor IVK se mantuvo en decir que las obras para el hito no estaban terminadas y se negó a firmar la certificación del Hito 1, y sin esa certificación, la EAAB se ha negado a asumir la operación de la PTAR Salitre.
Pues bien, en estos últimos días el interventor Consorcio IVK procedió a expedir la certificación del Hito 1, pero dejando constancia que lo hace en cumplimiento del auto de 30 de noviembre, más no porque considera cumplido el contrato 803 de 2016, del cual continúa insistiendo acerca de unos faltantes.
A pesar de que el interventor procedió a emitir la certificación, la magistrada Villamizar dejó claro que el despacho considera dilatorio el cumplimiento de la medida cautelar desde el día en que fue proferida, a la cual de acuerdo con las pruebas recaudadas no encontró la razón de ser de negarse por parte del Consorcio IVK de expedir el referido certificado de aceptación de terminación del Hito 1.
La magistrada señala, además, que a la fecha tampoco encuentra justificación a la decisión de la EAAB de no iniciar la operación asistida, insistiendo en defectos de los equipos, que de un lado ya fueron reparados y de otro lado el contratista CEPS -de acuerdo con las estipulaciones del contrato y sus modificatorios y adendas- tiene plazo para entregar la PTAR Salitre con todos los equipos y demás documentos de operación y de planos hasta el 12 de septiembre de 2022.
En ese sentido, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca está declarando como desacatada por parte de la representante legal de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado, la gerente Cristina Arango, la medida cautelar en la que se le ordena recibir la operación de la PTAR y por ende iniciará a imponer la sanción por desacato en contra de la funcionaria.
“Lo que se necesita es solo voluntad porque desde hace un año nosotros ya tenemos a personal capacitado para que opere la PTAR, solo es cambiar la relación patronal y que se empiece a transportar los biosólidos”, dijo la gerente del Consorcio Expansión PTAR Salitre, Gloria Giraldo.
Así mismo, se le ordenó al interventor Consorcio IVK proceder a expedir los correspondientes documentos para el pago de los porcentajes de obra que no haya objetado con el fin de que la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca proceda a realizar el correspondiente giro de los recursos al consorcio Expansión PTAR Salitre.
Para la gerente Gloria Giraldo “el Acueducto no ha querido entrar a operar porque no han modificado las tarifas de la CRA (las que se cobran en los recibos del agua a los usuarios), dónde han sacado el permiso de vertimiento, no lo tienen y el día que entren a operar, al día siguiente tienen la multa del Anla, entonces lo que ha ocurrido acá es una unión de taparse entre el Acueducto y la CAR, porque la CAR no tenía toda la plata del contrato, con lo cual si a nos emitían el certificado del Hito 1, no tenían como pagarme”.
Actualmente, las obras cuentan con un avance del 97 %, pero el cierre financiero va en un 82 %, precisamente por los recursos que se la han dejado de girar al consorcio Expansión PTAR Salitre por la falta de la certificación del hito.
Detrimento patrimonial
A raíz de que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá no ha querido recibir la operación de la expansión de la PTAR Salitre, ha sido el contratista el que ha tenido que incurrir en los costos de operación, pero lo ha hecho con cargo a los recursos de las cuentas de previsión del Contrato 803 de 2016, contrato de la ampliación de la PTAR Salitre, y eso se deriva en un detrimento al patrimonio público de la CAR Cundinamarca, toda vez que ni la CAR ni el contratista, pueden ser operadores de servicios públicos.
La EAAB “es el operador natural conforme a lo ordenado por el Consejo de Estado en la sentencia de 28 de marzo de 2014 y en la Constitución y la Ley 142 de 1994 al prestar el servicio público de alcantarillado público”, explica la magistrada Villamizar en el auto.
La funcionaria ya había advertido en un auto del 7 de diciembre que lo más más grave del asunto es que, si el contratista también desde su derecho al debido proceso llegara a suspender la operación de la PTAR hasta tanto según los intereses de CAR, IVK y EAAB se resuelva por un tribunal de arbitramento temas tales como defectos de equipos, millones de toneladas le estarían ingresando al río Bogotá por el vertimiento de las aguas residuales del servicio de alcantarillado que presta la EAAB y no la CAR ni el contratista.
“Están es forzando a que nosotros paremos la planta, pero lo único que no vamos a hacer es parar la planta porque ahí si habría una afectación y un daño ambiental”, precisó la gerente Gloria Giraldo.
SEMANA buscó a la gerente del Acueducto, Cristina Arango, para conocer su punto de vista, pero aún no ha entregado una respuesta.
Detalles de las obras de ampliación de la PTAR Salitre
En 2014 se emitió la sentencia del río Bogotá por el Consejo de Estado, la cual responsabiliza a entidades públicas y privadas, industrias, la comunidad y autoridades de diferentes órdenes, para que pongan en marcha medidas para descontaminar al río.
La Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) Salitre está ubicada entre las localidades de Suba y Engativá. Tanto su creación como la de la PTAR Canoas —localizada a unos metros de la desembocadura del río Tunjuelo— surgen de la orden 4.35, en la que se especifica la obligatoriedad de la implementación de “un esquema de tratamiento para la descontaminación del río Bogotá en la cuenca media constituido por dos plantas de tratamiento de aguas residuales (PTAR)”.
El Banco Mundial ayudó a financiar un megaproyecto liderado por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), realizando una inversión superior a los $1,5 billones, esto dio como resultado la ampliación de la PTAR Salitre —que, si bien existe desde el año 2000, no desinfectaba aguas residuales, trataba una cantidad insuficiente de metros cúbicos por segundo (3 metros cúbicos por segundo) y solo separaba basura, sólidos y ciertos desechos orgánicos por el sistema de alcantarillado— y la apertura de su segunda fase, que está planeada para tratar un volumen de 7 mil litros de agua cada segundo, y pretende impedir la llegada de alrededor de 450 toneladas de basuras cada mes al río Bogotá.
Con un tratamiento de 3 metros cúbicos de aguas residuales por segundo, que equivale a aproximadamente 3,5 millones de habitantes de la capital, esta PTAR tiene el objetivo de limpiar el 30 % de este afluente.