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Indígena embarazada fue engañada y sometida a explotación laboral sin sueldo; Corte Suprema confirmó condena de 13 años a su exjefa
Le impedía comunicarse con su familia y no le permitía salir. Como pudo, la víctima logró contactar a su hermano para que la liberara.
La Corte Suprema de Justicia dejó en firme este lunes, 20 de mayo, la condena a 13 años de prisión y una multa de casi 500 millones de pesos contra una mujer que sometió a una joven indígena embarazada a condiciones de servidumbre doméstica. Los hechos ocurrieron en 2014 cuando la acusada, Claudia Maritza Castiblanco Parra, contactó a Érika Vargas Castillo, una joven de 18 años de Mitú, Vaupés, ofreciéndole trabajo como empleada doméstica en Bogotá.
La víctima, en su estado de gestación, aceptó la propuesta engañosa creyendo que le permitiría obtener ingresos para el sustento de su bebé. Sin embargo, al llegar a la capital, Castiblanco la obligó a trabajar jornadas extenuantes –hasta 16 horas seguidas– sin descanso ni remuneración, prohibiéndole el contacto con el exterior y encerrándola en su vivienda.
“Con el pretexto de vincularla como empleada doméstica interna, le ofreció techo y alimentación. Sin embargo, ya en su vivienda le asignó tareas domésticas en jornadas de seis de la mañana a diez de la noche, sin días de descanso, no le permitía contacto con sus familiares ni con ninguna otra persona. Tampoco podía salir de la casa, la dejaba bajo llave y no recibió remuneración alguna por sus servicios”, detalló la Corte Suprema.
Haciendo hasta lo imposible, Érika logró contactar a su hermano, Harvey Herodes Vargas, quien acudió a una organización indígena que finalmente logró su liberación en 2016. La Fiscalía General de la Nación imputó cargos a Castiblanco por el delito de trata de personas. Finalmente, un juez la condenó a 13 años de prisión y deberá pagar una multa de $ 498.498.000.
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En 2018 un juzgado la condenó inicialmente, fallo que fue confirmado en segunda instancia por el Tribunal Superior de Bogotá en 2020. Ahora, la Corte Suprema ha ratificado definitivamente la sentencia, calificando los hechos como una situación de “explotación laboral en forma de servidumbre doméstica, caracterizada por las normas internacionales como una forma de esclavitud”.
“La Sala determinó que en este caso se estructuró una situación de explotación laboral en forma de servidumbre doméstica, caracterizada por las normas internacionales como una forma de esclavitud”, señaló entonces la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
La Corte reveló además que la acusada utilizaba como mecanismo de coerción una supuesta deuda por romper un jarrón costoso. Con eso, la obligó a “pagar con trabajo” lo que supuestamente había roto. Fueron alrededor de dos años sin salario, sometiéndola así a “tratos inhumanos”.
“La mujer condenada usaba una deuda como mecanismo de coerción para sostener la situación de explotación a la que sometía a la víctima, a quien le decía que debía asumir con su trabajo el pago de un elemento decorativo que rompió y que costaba cinco millones de pesos. De forma tal que para saldarla la víctima debía, prácticamente, trabajar por alrededor de dos años, sin contraprestación alguna”, enfatizó la Corte Suprema de Justicia.