La mujer que le propinó una cachetada a un soldado
La mujer que agredió al uniformado se encontraba en aparente estado de embriaguez. | Foto: Foto del video publicado por el Ejército

Nación

Instauran denuncia penal contra mujer que golpeó a soldado en el Cantón Norte en Bogotá

El general Óscar Reinaldo Rey rechazó en forma contundente este tipo de acciones.

29 de marzo de 2021

El pasado domingo en horas de la noche se conoció un video en el que quedó registrado el momento en que una mujer en aparente estado de embriaguez le da una bofetada a un soldado del Ejército Nacional luego de que este no le permitiera ingresar a un batallón porque la mujer involucrada no presentó su documento de identificación.

Este lunes, la Brigada 13 del Ejército confirmó que “se interpusieron las acciones penales correspondientes” para que la mujer responda ante las autoridades competentes por sus actos, además de resaltar que la institución manifiesta su “absoluto respaldo al soldado víctima de la agresión”.

En el registro audiovisual, que rápidamente se viralizó a través de las redes sociales, se observa cómo la mujer enfrenta e increpa a los uniformados, a pesar de que uno de ellos, el de mayor rango, le ordena varias veces a los demás soldados que no permitieran el ingreso de la mujer al recinto.

En ese momento, la involucrada continúa increpando a los uniformados e intenta entrar al batallón a la fuerza, por lo que los soldados le bloquean el paso, mientras el soldado de mayor rango le solicita reiteradamente que se retire del lugar.

Segundos después la mujer levanta la voz y procede a dar la bofetada al uniformado que tiene enfrente, mientras que otro soldado se pone frente a ella y le ordena que se retire debido a su comportamiento violento y a su evidente estado de embriaguez.

El general Óscar Reinaldo Rey, comandante de la Quinta División del Ejército, con sede en Bogotá, se pronunció luego de los hechos y explicó, a través de su cuenta en Twitter, que “como medida inicial la persona que agredió a nuestro militar fue objeto de un comparendo de la Policía, por su posterior comportamiento en vía pública”.

“Es importante exaltar el comportamiento del personal militar, quienes en cumplimiento de su deber hicieron total aplicación de las reglas del uso de la fuerza por parte del personal uniformado, como garantes de los DD. HH.”, agregó el comandante de la Quinta División del Ejército al referirse al comportamiento de los uniformados involucrados, quienes no respondieron a las agresiones de la mujer.

“Rechazamos en forma contundente este tipo de acciones que vulneran los derechos de los miembros del Ejército, quienes trabajan con total compromiso para proteger la integridad de los ciudadanos”, puntualizó el general Óscar Reinaldo Rey, comandante de la Quinta División del Ejército.

Las sanciones que podría recibir la mujer

SEMANA consultó a expertos penalistas sobre las sanciones a las que se podría exponer la mujer que agredió a un militar. El abogado, penalista y profesor Francisco Bernate señaló que “son muy lamentables estos sucesos. Por supuesto que en Colombia no es válido agredir de palabra o de hecho a una autoridad o a un funcionario. Estos hechos que conocemos, que son escandalosos, constituyen en mi opinión un delito que en Colombia se llama violencia contra servidor público”.

“En este caso se traslada a lo físico. Yo quedo sorprendido de cómo sus compañeros no detienen a esta persona. Por eso debe ser materia de investigación y puesta a disposición de las autoridades para que responda por este delito que tendría una pena de prisión de entre 4 y 8 años”, agregó el abogado penalista.

Francisco Bernate agregó que, en todo caso, este tipo de comportamientos deben ser rechazados y sancionados mediante comparendos o sanciones policivas y no penales.

Por otra parte, el abogado penalista y analista Óscar Sierra advierte que “más allá del vergonzoso y reprochable comportamiento, debemos ser enfáticos en sostener que así como las autoridades deben respeto por cada ciudadano, lo mismo sucede con cada colombiano respecto de la institucionalidad y nuestras Fuerzas Militares”.

Sierra explicó que “si el bien el derecho penal debe obedecer al principio de mínima intervención o última ratio, en estos casos no incurriría en el tipo penal de violencia contra servidor público, ya que para que la misma se estructure se requiere que en efecto se altere el funcionamiento de la administración pública como consecuencia del altercado, lo que evidentemente acá no sucede”.