Nación

Investigarán a operador de peaje que cobró el paso a bomberos que atendían incendio

El vehículo de socorro se dirigía a atender un incendio en el Hospital de Mesitas (Cundinamarca).

24 de marzo de 2022
Peaje El Nuevo Salto del Tequendama.
Peaje El Nuevo Salto del Tequendama. | Foto: Cortesía Ministerio de Transporte

La Superintendencia de Transporte anunció la apertura de investigación y formuló pliego de cargos contra el concesionario Concay S.A. y el operador de la estación del peaje “El Nuevo Salto del Tequendama”, Opeinvias S.A.S., por no permitir el paso sin pago de la máquina del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Soacha, que se dirigía a atender una emergencia en el municipio de Mesitas.

Los hechos ocurrieron el pasado 10 de febrero, cuando este cuerpo de socorro acudía a controlar un incendio que se presentó en el Hospital Nuestra Señora del Carmen en Mesitas del Colegio-Cundinamarca.

“Al parecer, les exigieron el pago del peaje o la Tarjeta de Identificación Electrónica (TIE) para exceptuar el mismo, desconociendo que este tipo de vehículos están exentos del cobro de estas tarifas de acuerdo con la ley”, precisa la SuperTransporte.

El Superintendente de Transporte, Wilmer Arley Salazar Arias, señaló que en este caso en particular se abrió investigación mediante la formulación de pliego de cargos porque luego de las averiguaciones preliminares se estableció que, presuntamente, tanto el operador del peaje como el concesionario de la Troncal del Tequendama, desconocieron la normatividad que exceptúa del pago de cualquier peaje a vehículos como bomberos y ambulancias que, finalmente, son instrumentos para proteger derechos fundamentales.

“Al parecer, se exigió la Tarjeta de Identificación Electrónica (TIE) a la máquina de bomberos, cuando este peaje ni siquiera cuenta con el lector para la misma. La rigidez como se manejo este caso raya con la mínima diligencia si se tiene en cuenta que, al parecer, desde este punto donde se ubica el peaje se podría visualizar la emergencia de incendio en el hospital en Mesitas, finalmente evacuado”, dijo el SuperTransporte.

En el relato de esta autoridad se supo que solo se permitió el paso a los bomberos hasta que se recibió el dinero por parte de un usuario se ofreció a pagar. La Superintendencia hizo un llamado a la reflexión de todos y anunció que seguirá trabajando en equipo para que las infraestructuras viales cumplan a cabalidad con las normas y con hechos se vinculen con la protección de los derechos de todos los usuarios como prestadores de un servicio público esencial”.

En contra de Concay S.A., en calidad de concesionario del proyecto vial denominado “Concesión Troncal del Tequendama”, se le formularon cargos por presuntamente incumplir con la obligación prevista en el literal b) y parágrafo 2 del artículo 21 de la Ley 105 de 1993, modificado parcialmente por la Ley 787 de 2002, en concordancia con el literal e) del artículo 46 de la Ley 336 de 1996, al tratarse de una conducta que, aunque no tiene asignada una sanción específica constituye una violación al régimen legal del sector transporte.

Este mismo pliego de cargos se formuló también en contra de Opeinvias S.A.S., en calidad de operador del peaje El Nuevo Salto del Tequendama, que hace parte de la infraestructura de transporte carretera concesionada Concay S.A., por las mismas razones.

“Se debe resaltar que el hecho de exigir el pago del peaje “El Nuevo Salto del Tequendama” en relación con el vehículo del Cuerpo de Bomberos Oficiales de Soacha identificado con placa OLN-822, resultar ser una conducta que riñe con la obligación prevista en las normas conforme con la cual todos los vehículos de emergencia están exceptuados del pago de cualquier peaje”, dijo el Superintendente de Transporte.

De ser encontrados responsables, tanto el Concesionario Concay S.A., como el operador Opeinvias S.A.S., podrían ser sancionados con multas de hasta 700 salarios mínimos legales vigentes. Así mismo, contra la decisión de investigación no procede recurso, ya que se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa, de conformidad con lo establecido en la ley.

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