JUSTICIA
"La detención no tiene nada de preventiva, suena más a vengativa"
La defensa del expresidente Uribe contraataca: dice que no perderá el tiempo impugnando la orden de casa por cárcel pues el recurso sería decidido por los mismos magistrados. Jaime Granados subió el tono y descalificó por entero la decisión de la Corte.
El abogado Jaime Granados, apoderado oficial del expresidente Álvaro Uribe, acudió a la Corte Suprema de Justicia al final de este martes con una resolución sorpresiva: anunció formalmente que no recurrirá la medida de detención domiciliaria que los magistrados le impusieron al exmandatario desde el pasado lunes dentro del proceso que se le sigue por los presuntos delitos de fraude procesal y soborno a testigos. Más que el hecho mismo de no presentar reposición, lo más llamativo son los términos en que se manifiesta. Ante la orden de detención la defensa responde con un portazo a la Corte.
El penalista Granados explicó que tras estudiar las 1.554 páginas de la decisión de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema, encontró que no existe “ningún fundamento legal para ordenar la detención” del exmandatario.
Granados calificó la decisión del alto tribunal como “infundada y sin precedentes en la justicia del país” y pidió a magistrados de la corte “transparencia y respeto a la Constitución”.
El nuevo pronunciamiento del defensor refleja enojo más que decepción frente a la determinación tomada por la Corte. En una de las frases más categóricas, Granados afirma que "dictar esta medida más de dos años después de iniciado el proceso, no tiene nada de preventivo, suena más a vengativo". El calibre de esa afirmación lanzada a los magistrados implica que la defensa está convencida de que la Corte no ofrece imparcialidad y que tampoco le preocupa manifestarlo abiertamente. Está por verse qué camino tomará la defensa de Uribe.
Granados –a través de un comunicado de seis puntos– hace duros cuestionamientos a la investigación que ha seguido la Corte contra el expresidente Uribe. Aunque las apreciaciones relacionan distintos momentos y episodios en el fondo reinteran lo mismo: que la Corte no ofrece imparcialidad a Uribe.
La defensa del expresidente señala, por ejemplo, que la detención se ordenó aún cuando no hay prueba directa que comprometa al expresidente "la Sala de Instrucción determina la detención con conclusiones basadas en inferencias, no en pruebas directas", dice. Luego afirma que el proceso fue ocultado por la Justicia a Uribe para evitar que este pudiera ejercer su debida defensa y también señala que en paralelo se han dado filtraciones parcializadas que han proyectado una visión errónea del caso en la opinión pública.
En otro momento, el abogado defensor del expresidente insiste en que este "fue chuzado por error". La afirmación se relaciona con el episodio en que la Corte avaló el traslado de interceptaciones hechas en el expediente que se sigue contra el representante Nilton Córdoba y en el cual de alguna forma apareció el número celular de Uribe. Al advertirse eso, los magistrados decidieron trasladar esas interceptaciones considerándolas un hallazgo fortuito.
"Se agregaron –dice el comunicado– al expediente interceptaciones obtenidas ilegalmente en un proceso contra Nilton Córdoba, asegurando que este había dado el celular de Álvaro Uribe, hecho que fue negado por el exrepresentante".
En varios apartes del comunicado se plantea que Iván Cepeda, contraparte del expresidente en el caso, ha recibido un trato preferencial por parte de la Corte. Al respecto se reprocha que contra Cepeda no se ordenó una investigación aún cuando este "no ha dado claridad sobre la entrega completa de las conversaciones con (el testigo) Monsalve y si eliminó las mismas, lo cual configuraría una posible destrucción de evidencia".
Otra de las afirmaciones más severas del comunicado contra la Corte es esta: "La decisión parece reflejar más un juicio a la personalidad de Álvaro Uribe que a sus actos, lo que deja de lado y desconoce los siglos de estudio y aplicación del Derecho Penal para someterlo a una rencilla personal, que desde cualquier punto de vista lesiona profundamente a Colombia como país".
La amplia argumentación de Granados se presenta antes de entrar a señalar que precisamente por la falta de parcialidad y garantías de parte de la Corte para Uribe, no tiene sentido presentar el recurso de reposición frente a la medida de aseguramiento pues tal recurso sería resuelto por los mismos magistrados y solo permitiría "legitimar" la decisión: "No hay que ser ingenuos, dicho recurso no constituye un remedio judicial efectivo frente a esta injusticia y, simplemente, facilitaría su legitimación", concluye.
La gran pregunta ahora es qué paso dará la defensa del expresidente. Es probable que decidan acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. De otra parte, hay en marcha una "tutelatón" impulsada por los congresistas del Centro Democrático para tratar de tumbar la medida de aseguramiento. Por ahora, lo único claro es que el caso Uribe no se congelará.
Este es el comunicado completo:
Defensa de Álvaro Uribe pide transparencia y respeto a la Constitución:
Una vez estudiadas las 1554 páginas de la decisión de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, la defensa de Álvaro Uribe concluye que no existe ningún fundamento legal para ordenar la detención del expresidente. Esta decisión infundada y sin precedentes en la justicia del país, demuestra como a Álvaro Uribe se le han violado en este proceso SEIS principios y derechos jurídicos consagrados en la Constitución de Colombia.
Una vez el expediente se haga público y se levante la reserva sumarial, los colombianos podrán verificar los puntos que se exponen a continuación:
1 Presunción de inocencia: la privación de la libertad de Álvaro Uribe es un hecho injusto e innecesario, pues durante los dos años y medio que cumple el proceso desde su inicio, el expresidente ha cumplido todos los llamados de la justicia, ha evidenciado su voluntad de colaborar en la investigación adelantada y de ninguna manera ha entorpecido dicho proceso.
Dicha decisión viola el legítimo derecho de Álvaro Uribe de asumir su defensa en libertad, especialmente, cuando no ha sido acusado y mucho menos condenado. Por el contrario, el expresidente ha sido vehemente en pedir la búsqueda de la verdad alrededor de los hechos que rodean el proceso, por lo que resultan curiosos los argumentos expresados en el expediente. Dictar esta medida más de dos años después de iniciado el proceso, no tiene nada de preventivo, suena más a vengativo.
2 Investigación integral y objetiva: en más de 22.000 interceptaciones, no existe registro de audio del expresidente hablando con testigos, tampoco pidiendo que se cambien testimonios o dando la instrucción de ofrecer beneficios a testigos para que lo hagan. En consecuencia, la Sala de Instrucción determina la detención con conclusiones basadas en inferencias, no en pruebas directas.
El 23 de febrero de 2018, con una velocidad sin precedentes en la justicia de nuestro país, un día después de la denuncia de Iván Cepeda, la Corte abrió investigación. No obstante, por escrito, se le negó a Álvaro Uribe que existiese un proceso en su contra. La defensa lleva dos años y medio enterándose del proceso por filtraciones selectivas y sistemáticas. Además, a pesar de solicitarlo en dos ocasiones, Álvaro Uribe nunca fue escuchado en versión libre, principio fundamental de una democracia como la colombiana.
3 Exclusión de la prueba ilícita e ilegal: sumado a esto, el magistrado José Luis Barceló investigó ilegalmente al expresidente sin tener competencia, puesto que esto le correspondía a la Sala de Instrucción. En un grave hecho para el país, el expresidente fue “chuzado por error”, pues se agregaron al expediente interceptaciones obtenidas ilegalmente en un proceso contra Nilton Córdoba, asegurando que éste había dado el celular de Álvaro Uribe, hecho que fue negado por el exrepresentante. Se violó así el principio del derecho internacional: “nadie se puede beneficiar de su propio ilícito”. El precedente de avalar esta investigación en pruebas ilegales lastima el estado de derecho.
4 Derecho a interrogar los testigos de cargo: contraria a la sorpresiva celeridad por parte del magistrado Barceló y dos de sus magistrados auxiliares en la recolección de pruebas y toma de testimonios, no se practicaron pruebas esenciales para la defensa de Álvaro Uribe, como escuchar a testigos que afirmaron haber recibido ofrecimientos de Iván Cepeda: Mancuso, el Tuso Sierra, Monoleche. El testimonio del Tuso Sierra fue tomado por Lisa Ruth, investigadora americanca ex CIA, certificada para recolección de pruebas con validez procesal en Estados Unidos, pero esto no fue suficeinte para la Corte, que dijo que todo esto era un montaje, lo cual es totalmente falso.
Además, se apartó a la magistrada Cristina Lombana del caso por haber sido oficial del Ejército, y se negó el impedimento del magistrado Héctor Alarcón, quién en el proceso de las chuzadas a la Corte, se declaró como víctima de Álvaro Uribe. Adicionalmente, tras más de dos años del proceso, no se le ha permitido a la defensa interrogar a personas que son clave como el mismo Juan Guillermo Monsalve, su esposa Deyanira Gómez y a Carlos Eduardo López “Caliche”. Asimismo, tampoco ha sido posible acceder a los celulares y computadores incautados a Monsalve.
5 Inviolabilidad de comunicaciones abogado - cliente: para Álvaro Uribe y su defensa es de suma importancia el respeto al papel de la prensa en este proceso y el respeto por los derechos y garantías de los periodistas. Sin embargo, resulta reprochable la sistemática filtración que se ha dado durante estos años de solo algunos apartes del proceso, que lo único que han generado es desinformación entre los medios y los colombianos, tergiversando completamente el proceso. La Sala de Instrucción, además, avala la escucha y valoración de conversaciones que son sagradas y protegidas por la Constitución, como aquellas que tiene un investigado con sus abogados y las de un periodista con su fuente.
6 Imparcialidad: resulta preocupante que en la orden de detención contra Álvaro Uribe, se compulsaran copias contra varios testigos, que durante la indagatoria declararon a favor de la versión del expresidente. Esto es una clara coacción a personas a quienes la Corte intimida de antemano, y no se establece el mismo procedimiento para testigos como Carlos Enrique Vélez, a pesar de su evidente falta de verdad frente a la justicia, o Iván Cepeda, que no ha dado claridad sobre la entrega completa de las conversaciones con Monsalve y si eliminó las mismas, lo cual configuraría una posible destrucción de evidencia. Así, la decisión parece reflejar más un juicio a la personalidad de Álvaro Uribe que a sus actos, lo que deja de lado y desconoce los siglos de estudio y aplicación del Derecho Penal para someterlo a una rencilla personal, que desde cualquier punto de vista lesiona profundamente a Colombia como país.
Ante esta incuestionable realidad, no tiene ningún sentido presentar un recurso de reposición que debe ser resuelto por la misma Sala. No hay que ser ingenuos, dicho recurso no constituye un remedio judicial efectivo frente a esta injusticia y, simplemente, facilitaría su legitimación.