Nación
JEP da ultimátum y rechaza sometimiento de José Miguel Narváez, exsubdirector del DAS
No obstante, la JEP sí le da una nueva oportunidad: un ultimátum para escucharlo y envío de copias del expediente a la Fiscalía para que avancen las investigaciones del caso Jaime Garzón y otros más.
Colombia no olvidará la trágica mañana del 13 de agosto de 1999. Jaime Garzón fue asesinado mientras iba en su camioneta rumbo a una reconocida emisora en la que trabajaba. 19 años después llegó la primera sentencia. Fue un juez el que firmó los 30 años de cárcel contra José Miguel Narváez, economista, administrador de empresas y exsubdirector del DAS. Antes de él, la justicia ya había hallado culpable a Carlos Castaño, pero el jefe paramilitar estaba muerto cuando se produjo esa decisión.
Posteriormente, la Corte Suprema dejó en firme la condena, pero quedaba fijada en 26 años.
Ahora, en pleno de 2022, un verdadero portazo acaba de recibir la propuesta presentada por Narváez para ser aceptado por la JEP. En síntesis, el argumento de esa jurisdicción es que “no cumple con la verdad plena distinta a la conocida en la justicia ordinaria, ni su propuesta se ajusta a la no repetición y la reparación a las víctimas”.
Sin embargo, la JEP bajo sus propósitos de investigar los crímenes más graves, le da un ultimátum a Narváez “para que en una diligencia reservada presente una propuesta clara y detallada de aporte a la verdad plena, reparación y no repetición, sobre los graves hechos por los que ha sido investigado en la justicia ordinaria, como los homicidios de Jaime Garzón Forero, Manuel Cepeda Vargas, sus relaciones con el paramilitarismo, las chuzadas del DAS, el secuestro de Piedad Córdoba, la tortura de Claudia Julieta Duque y otros delitos”.
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La Sala, además, remitió todos sus procesos a la justicia ordinara donde deben seguir su curso. En 1999, cabe recordar, Narváez mantenía, al mismo tiempo, estrechas relaciones con los jefes paramilitares y con la cúpula del Ejército, pues era oficial de la reserva y catedrático de la Escuela Superior de Guerra y la Escuela de Inteligencia.
“Considera la Sala que, si bien el señor José Miguel Narváez Martínez no fue un combatiente de las AUC, su aporte al grupo fue relevante en cada uno de los hechos por los cuales fue condenado y está siendo investigado, fue un ideólogo al más alto nivel, que podría ser considerado como un máximo responsable. Al respecto, el órgano de cierre de la JEP ha señalado que debe estudiarse la contribución que agentes estatales y no estales tuvieron en el desarrollo del conflicto armado, más allá del mero desarrollo de las hostilidades”, señala la decisión.
Y agrega: “Se requerirá al señor José Miguel Narváez Martínez, para que en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación de esta decisión, diligencie y suscriba en debida forma el “formato para la aportación de información a la matriz de datos sobre la verdad de los autores y conductas relacionadas con el conflicto armado colombiano”.
“Una vez superado el examen preliminar de aptitud realizado por la Sala, las propuestas de verdad serán puestas en consideración de las víctimas y el Ministerio Público, a efectos de iniciar el procedimiento dialógico de construcción del régimen de condicionalidad. Para tales efectos, una vez se encuentre en firme esta decisión, el señor Narváez Martínez en compañía de su abogado será convocado por la magistrada sustanciadora del caso a una diligencia reservada de aporte temprano a la verdad, con la participación de las víctimas reconocidas y el Ministerio Público”, señala la JEP.