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JEP expulsó al excongresista Álvaro Ashton por falta a la verdad

La Justicia Transicional revocó también su libertad. Estos fueron los argumentos.

26 de octubre de 2021
| Foto: Archivo particular

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP revocó la aceptación de sometimiento del excongresista Álvaro Antonio Ashton Giraldo por los delitos de delito de concierto para delinquir agravado, cohecho por dar u ofrecer y amenazas, ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía 29 Especializada de la Unidad de Administración Pública.

De igual manera, se le revocó el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada que le había otorgado a Ashton Giraldo, quien llegó, incluso, a ser parte de los nombres mencionados en el denominado escándalo del Cartel de la Toga, reconociendo un pago de al menos 800 millones de pesos para frenar o desviar una investigación en su contra que adelantaba la Corte Suprema.

“Durante la actuación, el compareciente presentó su compromiso concreto, programado y claro, y asistió a distintas versiones de aporte temprano a la verdad, que se llevaron a cabo el 13 de septiembre, el 24 de octubre y el 6 de diciembre de 2019, y el 20 de enero de 2020. Los aportes del compareciente fueron valorados por la Sala, la cual consideró que fueron insuficientes, vagos y sin fundamento, y no cumplieron con los presupuestos exigidos, tanto así que sus aceptaciones de responsabilidad y explicaciones suministradas a la JEP no superaron lo demostrado en su contra en la jurisdicción ordinaria, que es el umbral exigido en la justicia transicional”, señala la JEP.

La Sala concluyó, además, que el aporte entregado por Ashton Giraldo “no es significativo y no conduce a la construcción de una verdad colectiva, pero además deja advertir la falta de franqueza en sus dichos y la actitud contumaz frente a la poca o casi nula satisfacción de los principios del Sistema (Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición)”.

“La Sala advierte que no se suministró información exhaustiva, clara, precisa y detallada, y tampoco se recibió un aporte que contribuya al esclarecimiento de patrones de macrocriminalidad relacionados con la región del Atlántico o con el fenómeno de la cooptación de las entidades estatales por parte de las AUC como una forma de control territorial. Lo anterior, pese a las múltiples oportunidades que le fueron brindadas para aclarar y subsanar la información suministrada para superar tanto el umbral judicial de lo probado como los niveles de intensidad previstos cuando se le otorgaron beneficios”, añadió la JEP.

Por lo anterior, la Sala consideró que “lo procedente era revocar la aceptación del sometimiento y, como consecuencia de ello, también la revocatoria del beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada, en aplicación del juicio de prevalencia jurisdiccional, lo cual conllevó la exclusión del sistema de Ashton Giraldo y, por ende, la continuación de sus actuaciones ante la justicia ordinaria.”

Cabe recordar que el proceso por ‘parapolítica’ en contra de Ashton comenzó en 2012, cuando la Corte inició una investigación contra el senador por presuntos nexos con el frente ‘José Pablo Díaz’ de las AUC. Esto, después de conocerse el testimonio de Édgar Ignacio Fierro Flórez alias ‘Don Antonio’ y Mario Rafael Marenco Egea alias el ‘Gordo’, quienes declararon en contra del candidato.

Mario Marenco el segundo jefe del frente declaró que Ashton fue apoyado por las AUC en el marco de la estrategia “Plan Caribe”, en la que el alcalde de Barranquilla, Guillermo Hoenisgberg, apoyaría candidatos al Congreso que contaban con el respaldo de paramilitares, entre los que señaló a Álvaro Ashton Giraldo.

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