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JEP niega aplazar audiencia para escuchar a exjefe paramilitar Jorge 40: estas son las preguntas que deberá responder
Habrá una reunión inicial a finales de diciembre y la audiencia de aporte de verdad será en enero de 2023.
La JEP rechazó la solicitud de la defensa de Rodrigo Tovar Pupo, exjefe paramilitar conocido como Jorge 40, de aplazar la reunión programada para el 20 de diciembre de 2022 y la audiencia única de verdad plena fijada para el 26 y 27 de enero de 2023, a las que fue citado Tovar Pupo.
La JEP también le advierte al defensor de Tovar Pupo que las fechas fijadas son inaplazables, como lo señaló la Sección de Apelación. Es decir, sí o sí será escuchado ante la Justicia Transicional a comienzos del próximo año.
¿Cuál es el motivo de la negativa?
Advierte la JEP que el 6 de diciembre de 2021 el abogado Andrés Felipe Caballero Sierra, defensor de Rodrigo Tovar Pupo, solicitó que fueran fijadas nuevas fechas para la realización de la audiencia única de verdad plena y una reunión que estaba prevista para el 20 de diciembre del año en curso. El fundamento, según él, es que durante los últimos meses se han dificultado las reuniones con su representado de manera personal. Sin embargo, hasta ahora, dio a conocer esta información.
SEMANA tuvo acceso al revelador cuestionario que deberá responder el exjefe paramilitar Jorge 40.
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Por ejemplo: ¿a partir de cuándo ejerció labores para los paramilitares, así no fueran continuas, y en qué consistió ese apoyo o contribución en su alegada condición de tercero? ¿Cuál era el objetivo que perseguía con esto?
La JEP, de otro lado, le pide a Jorge 40 contar detalles sobre cuál fue su relación con Salvatore Mancuso Gómez, Carlos Castaño Gil y Vicente Castaño Gil. Las preguntas son claras y específicas: ¿recibía o daba órdenes antes de ingresar formalmente al Bloque Norte de las AUC? Y si fue así, ¿de quién o sobre quién, con qué periodicidad –bien sea en combate o en el cumplimiento de tareas logísticas y operativas– y cuáles eran esas instrucciones?
Además, ¿por cuáles hechos, ligados a su alegado papel como tercero colaborador y financiador del paramilitarismo, ha sido condenado o investigado? ¿Asumió labores paramilitares o de otro tipo justo después de ingresar al Bloque Norte? Y si así fue, ¿cuáles eran y con qué periodicidad las ejerció?
Otras preguntas son:
2. ¿Fue representante legal o estuvo asociado a alguna Cooperativa de Seguridad Privada (Convivir) antes de formar parte del Bloque Norte de las AUC? En caso tal, ¿cuál era, en la práctica, el propósito de esa cooperativa, cuál era su relación con la fuerza pública y qué papel jugó en el conflicto armado?
3. ¿Quiénes más contribuyeron a la instalación del Bloque Norte de las AUC y cuáles eran sus aportes y objetivos? Especifique sus nombres y los roles y cargos que desempeñaban para ese entonces (terceros, miembros de la fuerza pública), así como las empresas, gremios o corporaciones para las que trabajaban.
4. ¿Cuáles de las personas que participaron en el acto fundacional del GAO luego lo integraron, de forma continua y bajo subordinación o en ejercicio del mando?
5. ¿Cuál fue el valor total aproximado de las contribuciones económicas y de otro tipo que les proveyó a los grupos paramilitares, así como el que proveyeron otros? Especifique los nombres y las calidades de esas personas.
En otro aparte del auto de 98 páginas conocido por SEMANA, la JEP le pide a Jorge 40 que precise cuáles fueron sus relaciones con la comandancia de las Fuerzas Militares, de Policía y de otros organismos de seguridad del Estado en las zonas de injerencia del Bloque Norte de las AUC.
Se le pide, por ejemplo, que detalle, como mínimo, aquellas con: la Primera División del Ejército Nacional, la Segunda Brigada del Ejército Nacional, el Batallón de Infantería n.° 5 Córdoba, el Batallón de Alta Montaña n.° 6 Mayor Robinson Ruiz, la Décima Brigada del Ejército Nacional, el Batallón de Artillería n.° 2 La Popa, el Grupo de Caballería Mecanizado n.° 2 Coronel Juan José Rondón, el Batallón de Infantería Mecanizado n.° 6 Cartagena, el Batallón de Montaña n.° 7 Mayor Raúl Mahecha, la Brigada de Infantería de Marina n.° 1, la Regional n.° 8 de la Policía Nacional, los Departamentos de Policía del Cesar, La Guajira, Magdalena, Córdoba, Sucre, Santander, Norte de Santander y Bolívar, y las Seccionales del DAS en los mismos departamentos.