NACIÓN

JEP ordena al Gobierno proteger a los firmantes del Acuerdo de Paz por las Farc

Las órdenes están dirigidas a la oficina del alto comisionado para la paz, el consejero presidencial para la estabilización y la consolidación, y la Unidad Nacional de Protección.

30 de julio de 2020
JEP pidió al Gobierno acciones para garantizar vida de exintegrantes de las FARC | Foto: SEMANA

La Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP impuso medidas cautelares colectivas a los excombatientes de las extintas Farc-EP que firmaron el Acuerdo de Paz. La medida se tomó luego de constatar la grave situación de vulneración a sus derechos fundamentales, teniendo en cuenta que más de 200 comparecientes han sido asesinados, hechos que fueron documentados por la Misión de Verificación de las Naciones Unidas y el Instituto Kroc.

En ese sentido, la JEP le ordenó al alto comisionado para la paz, Miguel Ceballos; al consejero presidencial para la estabilización y la consolidación, Emilio Archila, y a la Unidad Nacional de Protección, llevar a cabo las acciones necesarias para garantizar la seguridad y vida de los reincorporados a la sociedad civil.

Estas medidas se toman luego de que la JEP, en dos audiencias, evaluara la grave condición de seguridad y las razones del desplazamiento de familias de excombatientes asentados en Ituango, Antioquia.

Contenidos de las órdenes

Según lo establece el Decreto 895 de 2017, la JEP le pidió al alto comisionado para la Paz, realizar las gestiones necesarias para la efectiva puesta en funcionamiento del Programa de Protección Integral para los integrantes del nuevo movimiento político Farc, por lo que debe convocar a la instancia de alto nivel del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política (Sisep).

De igual forma, la JEP le otorgó al alto comisionado para la Paz un término para remitir los lineamientos y el plan de acción de la política pública y criminal, en materia de desmantelamiento de las organizaciones criminales que se detallan en el artículo 1 del Decreto 154 de 2017.

Además, la sección de ausencia de reconocimiento de la JEP le ordenó al consejero presidencial para la estabilización y la consolidación, convocar a la mesa técnica de seguridad y protección para definir las medidas de protección que correspondan, frente a las solicitudes que tengan análisis de riesgo.

Asimismo, pidió identificar y gestionar con celeridad lo necesario para la formulación e implementación del plan estratégico de seguridad y protección, por lo cual el consejero debe cumplir con lo dispuesto en el Decreto 301 de 2017 y debe remitirle a la JEP los diagnósticos realizados sobre los espacios transitorios de capacitación y reincorporación y de las nuevas áreas de reincorporación.

En relación con la Unidad Nacional de Protección, la JEP dispuso que se deben impulsar de manera coordinada con la mesa técnica de seguridad y protección, la adopción e implementación del plan estratégico, así como la implementación de las medidas de protección pendientes y realizar estudios de riesgo para los comparecientes que los soliciten, entre otros aspectos.

Para la Sección de Ausencia de la JEP, la seguridad individual y colectiva de quienes participaron en el proceso de paz resulta fundamental en términos de garantía de no repetición y como salvaguarda de los derechos de las víctimas a conocer la verdad sobre lo sucedido en el conflicto armado interno.