Judicial
John Poulos, procesado por el crimen de la DJ Valentina Trespalacios, recibió otro portazo de la justicia colombiana. No sirvieron las quejas contra la traductora
El ciudadano estadounidense insiste en su inocencia y enfrenta un juicio por los delitos de feminicidio agravado y alteración de elementos materiales probatorios.
Esta semana, el proceso por el crimen de la DJ Valentina Trespalacios se reanudó. El martes pasado, la Fiscalía General presentó su teoría del caso y puso sobre la mesa la lista de testigos y pruebas documentales que espera que sean tenidas en cuenta durante el juicio contra John Poulos, el ciudadano estadounidense acusado de ser el único determinador de este feminicidio registrado a comienzos de año.
En la diligencia, Poulos volvió a declararse inocente de los cargos por los que fue acusado por la Fiscalía General. Este viernes, mientras la jueza del caso evalúa las pruebas que serán tenidas en cuenta, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá tomó otra decisión contraria a los intereses del estadounidense de 37 años de edad, quien reclamaba una vulneración a su derecho al debido proceso.
El procesado aseguraba que durante las audiencias de imputación de cargos no contó con información clara y precisa, debido a las fallas en la traductora designada. “El abogado señaló que, en el acto de imputación, se transgredieron los derechos de defensa y al debido proceso de su prohijado, pues el contenido del acto de comunicación no fue claro, en la medida en que el implicado no comprende el idioma castellano y la traducción que se efectuó durante la audiencia aludida no fue adecuada”.
Frente a esto pidió la nulidad de todo lo actuado desde la imputación de cargos y pedía que se repitieran todas estas diligencias judiciales. Tras revisar minuciosamente los registros de las diligencias, que se extendieron por varios días, el Tribunal encontró que en todo momento se le respetaron sus derechos procesales puesto que tanto el juez de control de garantías como la representante de la Procuraduría velaron para que entendiera los hechos por los que estaba siendo investigado.
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Prueba de esto es que se le preguntó varias veces si todo estaba claro, dándole tiempo para que hablara tanto con la traductora designada como con su abogado. Debido a la complejidad del asunto, y la intempestiva renuncia de la primera traductora, se realizó todo el trámite para buscar una persona que realizará la labor durante la audiencia.
“La autoridad judicial demandada, luego de examinar los informes de los traductores, encontró que la petición anulatoria de la defensa era dilatoria e inconducente, como quiera que no advirtió errores relevantes en la traducción efectuada en la audiencia de formulación de imputación y como fácilmente podía anticiparse, volvió sobre lo esencial: John Nelson Poulos, cuya lengua nativa es el inglés, siempre manifestó comprender la imputación”, aclara la decisión.
De esta forma, añade: “Si las falencias de la traducción hubiesen sido trascendentes, ninguna explicación ofreció la defensa que permita comprender que se haya mostrado tan incisivo en las respuestas afirmativas que entregó al juez de garantías, cuando le preguntaba acerca de la comprensión del acto de comunicación, de ahí que concluyó que los reproches de la defensa tenían como único propósito entorpecer el trámite”.
La Sala Penal cuestionó, fuertemente, los planteamientos presentados por la defensa de Poulos al considerar que no tenía relación con lo que verdaderamente ocurrió. “La solicitud elevada por la parte demandante fue tan insuficiente que, sumado al estudio que realizó de los informes de los traductores, lejanamente autorizaban al juez darle trámite una petición que se mostraba inconducente y dilatoria”.
En la revisión del caso, se tuvo en cuenta que la audiencia se suspendió constantemente para preguntarle directamente al procesado. La defensa no explicó lo fundamental y es que ninguna mención hizo para justificar las razones por las cuales Poulos fue insistente e inequívoco en manifestarle al juez 59 penal municipal, con función de control de garantías de esta sede, que comprendió la imputación, y ahora, alega el abogado, el imputado no entiende. En este punto, hay un salto argumentativo del actor, toda vez que, si la traducción fue tan precaria como lo asegura, cómo pudo el encartado, quien domina el idioma inglés, ser reiterativo frente al entendimiento de la información que la Fiscalía le transmitía a la traductora”.