Judicial

Jorge Pretelt, el expresidente de la Corte Constitucional condenado por corrupción, será trasladado a una guarnición militar en Montería

El exmagistrado fue sentenciado a seis años de prisión por haber pedido 500 millones de pesos para que se seleccionara una acción de tutela. Pretelt fue protagonista del escándalo más vergonzoso para la justicia del país conocido como el Cartel de la Toga.

20 de junio de 2023
| Foto: Guillermo Torres

Este martes 20 de junio se realizará el traslado del expresidente de la Corte Constitucional Jorge Ignacio Pretelt Chaljub a una guarnición militar en la ciudad de Montería (Córdoba), para que cumpla su condena de seis años y medio de prisión por su responsabilidad en el escándalo de corrupción de Fidupetrol.

Así lo determinó el juzgado primero administrativo oral del circuito judicial de Montería, que avaló los argumentos de una acción de tutela presentada por el exmagistrado que pedía proteger sus derechos fundamentales a la vida, salud, seguridad e integridad personal. En la decisión, que ya se encuentra en poder del Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec), se advierte que se deben tomar todas las medidas para brindarle la seguridad a Pretelt.

| Foto: Guillermo Torres

Pretelt, quien fue capturado por agentes del CTI en la noche del viernes 5 de mayo en su vivienda en la capital cordobesa, cuando estaba celebrando su cumpleaños, reclamó que el trato recibido ha afectado su integridad física y mental. En la tutela reclamaba que se tuvieran en cuenta sus numerosas patologías y enfermedades mentales, “que lo han llevado a un estado de grave depresión, angustia, y ansiedad, lo que lo ha conllevado, incluso, a intentos de suicidio”.

El hecho de que en un principio se le comunicase que iba a ser trasladado a una cárcel en Bogotá generó una afectación en su ser, puesto que se desconoció el cargo que ostentó, los problemas que padece y el riesgo en el que se encontraría. “Hay una probabilidad de que el riesgo del derecho, se convierta en una destrucción definitiva del mismo, siendo necesaria la intervención del Juez de tutela, para evitar tal circunstancia, de acuerdo a los parámetros jurisprudenciales anotados en la parte considerativa de esta Sentencia”.

En la decisión, la Sala de Casación Penal del máximo concluyó que el 18 de octubre de 2013, el entonces magistrado le solicitó al abogado Víctor Arturo Pacheco Restrepo, apoderado de la empresa Fidupetrol, la suma de 500 millones de pesos con el fin de adelantar gestiones al interior de la Corte Constitucional para que la tutela con la que se buscaba tumbar una millonaria multa fuera estudiada por la Sala Plena de ese alto tribunal.

Momento en el que es capturado Jorge Pretelt en Montería
Momento en el que es capturado Jorge Pretelt en Montería | Foto: Suministrada a SEMANA por CTI

“Para sacar airosa una acción de tutela promovida por Fidupetrol contra un fallo dictado en su contra por la Sala de Casación Penal, que le obligaba a pagar a favor de la Gobernación del Casanare, $ 22.500′000.000 más intereses del 10,5 % anual”, añade el documento.

Según la Corte, el encuentro para esa “negociación” se realizó en el apartamento del magistrado en la ciudad de Bogotá, antes de asistir a una reunión en el Club El Nogal organizada por Pretelt a la cual estaba invitado Pacheco.

La decisión, adoptada por unanimidad con la participación de cuatro conjueces, ratifica la pena de prisión en centro carcelario impuesta por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, pero modifica la pena de multa, fijándola en el equivalente a 56,25 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de ocurrencia de los hechos y reduce la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas en el término de 64 meses y 15 días.

Víctor Pacheco acudió a la Fiscalía este lunes. | Foto: Daniel Reina

De acuerdo con la sentencia, se demostró que con el propósito de “echar por tierra” la millonaria condena impuesta por la Sala de Casación Penal en contra de Fidupetrol, Pretelt le presentó a Pacheco una fórmula u hoja de ruta para el éxito de la gestión, que incluía que Fidupetrol contratara los servicios profesionales del exmagistrado de la Corte Constitucional Rodrigo Alonso Escobar Gil, para que continuara el trámite de la acción de tutela.

En ese momento la tutela se encontraba en revisión ante la Corte Constitucional y, supuestamente, entregarían prebendas a personas que integraban el núcleo familiar del magistrado a cargo del asunto.

“El fallo explicó que ese contexto fáctico permitió escindir dos escenarios distintos: las influencias de Fidupetrol para la selección de la tutela por parte de la Corte Constitucional, y la solicitud concusionaria, realizada inmediatamente después de la selección de la tutela para su revisión, con el fin de obtener un fallo favorable a los intereses de Fidupetrol”, se lee en el documento.

El magistrado, investigado por un presunto soborno, empezó a prender su ventilador. El primer salpicado, su colega Luis Ernesto Vargas. | Foto: Guillermo Torres

La corte reveló que en el primer escenario tuvieron participación activa algunos directivos de la fiduciaria y el abogado asesor Víctor Arturo Pacheco, personas que aceptaron responsabilidad por el delito de tráfico de influencias de particular y fueron condenadas. En el segundo, donde intervino Jorge Pretelt al solicitar la suma de $ 500′000.000.

“A juicio de la Corte, Pretelt incurrió en el delito de concusión, puesto que, con abuso del cargo de Magistrado de la Corte Constitucional, realizó solicitud indebida para viabilizar un resultado positivo en el trámite de revisión de la acción de tutela promovida por Fidupetrol, comportamiento que se identifica con la modalidad de concusión implícita”, añadieron.

En ese caso, la Corte argumenta que la petición se supone obligatoria para la víctima, por la posibilidad fundada de recibir un perjuicio en el evento de no acceder a lo pretendido, en razón al poder que el agente detenta, en ese caso Pretelt.

La Sala de Casación Penal precisó que el punible de concusión se consuma cuando se realiza la exigencia dineraria o de cualquier otra utilidad indebida, bien sea que se efectúe de manera directa, o sutil, o mediante amenazas, instante en el que “se menoscaban la dignidad, moralidad, integridad, pulcritud, confiabilidad y transparencia de la administración pública, cuyos valores deben imperar en los funcionarios y sus actos”.