1. Ana María Castro, la víctima. 2. Video del bar, de donde sale en compañía de los ahora capturados. 3. Video del parqueadero. Todos los implicados se suben, junto con Ana María, a la camioneta.

Nación

Juez dice que Ana María Castro sí fue lanzada de un vehículo

Tras condenar a Paul Naranjo y Julián Ortegón, aseguró que las pruebas fueron contundentes para demostrar su responsabilidad en el crimen.

16 de diciembre de 2021

La juez 42 penal del Circuito anticipó la lectura del fallo condenando a Paul Naranjo y Julián Ortegón como los responsables del feminicidio de Ana María Castro, ocurrido el pasado 5 de marzo de 2020. Dijo que para su despacho es claro que la víctima fue lanzada de un vehículo en movimiento y las lesiones provocadas de esa caída causaron su muerte.

“Fueron quienes causaron la muerte a la víctima. Analizados de manera individual y en conjunto los anteriormente referenciados, permite determinar que efectivamente fue expulsada violentamente del vehículo cuando disminuyeron la velocidad”, dijo la juez en la lectura del fallo.

La juez hizo referencia a todas las declaraciones que fueron escuchadas a lo largo del juicio, entre ellas de quienes estaban en el lugar de los hechos y hasta de Mateo Reyes, el hombre que acompañaba a la víctima cuando, según la juez, fue expulsada del vehículo conducido por Paul Naranjo.

“En concordancia con la acusación y demás elementos materiales probatorios debidamente incorporados al diligenciamiento, así como los argumentos y alegaciones de partes intervinientes para con fundamento en remitir la decisión que se anuncia desde ya habrá de indicar el despacho, será condenatoria”, leyó la juez.

Llama la atención que la juez reconoce que varios testigos le dijeron a la Fiscalía no recordar todos los aspectos de esa fatídica madrugada. Aun así, les dio credibilidad, al punto que los incluye en el estudio de las evidencias que ahora convierte a Naranjo y Ortegón como condenados por el delito de feminicidio.

“Persona que, entre otros, estaba en compañía de la hoy occisa; tampoco hay discusiones en un número considerable de preguntas realizadas tanto por la Fiscalía como los defensores y la delegada del Ministerio Público. Manifestó (que) no recuerda algunos de los aspectos ocurridos en esa fecha; no obstante, la Fiscalía presentó a la psicóloga, a quien se solicitó una evaluación de capacidad testimonial del señor Mateo Reyes”, se lee en la sentencia condenatoria.

En la lectura del fallo, la juez explicó los resultados de análisis técnico-forenses que fueron presentados en el juicio, como el estudio detallado de los videos de seguridad donde se observan pequeños instantes, en el momento y lugar de los hechos, cuando el cuerpo de Ana María Castro estaba en el pavimento de la calle 80 en el norte de Bogotá.

Para la juez, las conclusiones de la defensa no son de acierto de cara a demostrar una hipótesis diferente a la defendida por la Fiscalía, que a Ana María la lanzaron de un vehículo en movimiento y el análisis de los videos de seguridad no dejan claridad, llevan más a suposiciones que hechos realmente comprobables.

En el fallo también se tuvo en cuenta los resultados de Medicina Legal respecto de la necropsias al cuerpo de Ana María; incluso, la juez leyó cómo los forenses insisten en que es imposible determinar si la lanzaron de un vehículo en movimiento, una duda que debería resolverse en favor de los acusados, pero que en este caso terminó por condenarlos.

“No fue posible asociar si estas se produjeron por una interacción con la superficie de la calzada luego de una posible caída de un vehículo”, decía el dictamen de Medicina Legal que ahora se convirtió en elemento sustancial para condenar a los dos procesados.