Nación
Juez penal militar de Ibagué se declara impedido en caso de Santiago Murillo tras denuncias por prevaricato y pide que la Fiscalía no lleve su caso
La decisión la tomó luego de conocer que en su contra cursa una investigación por el posible delito de prevaricato por acción y solicita que esta sea llevada no por la justicia ordinaria sino por la penal militar.
El juez 188 de Instrucción Penal Militar señaló que tras las declaraciones que se han conocido en el caso de la investigación que cursa por la muerte de Santiago Murillo en medio de las protestas en Ibagué, Tolima, y otros hechos que rodean las pesquisas, la justicia ordinaria decidió abrirle un caso en su contra por posiblemente haber cometido el delito de prevaricato por acción al haber dejado en libertad a uno de los involucrados.
Lo anterior motivó al juez a declararse impedido en el caso Santiago Murillo debido a que, según conoció SEMANA, él también tomará acciones legales frente a este y otros señalamientos que hay en su contra.
Y demás pide que su caso sea llevado no por la justicia ordinaria sino por la justicia penal militar que es la que lo cobija, según argumentó en la solicitud que radicó ante el Tribunal Superior Militar el pasado 18 de junio.
“Respetuosamente me permito solicitar a ese Honorable Tribunal Militar, en mi calidad de juez 188 de Instrucción Penal Militar (…) se suscite el conflicto positivo de competencias respecto de la indagación, que tramita la Fiscalía Primera delegada ante el Tribunal de Distrito Judicial de Ibagué”, dijo el mayor René Mauricio Monroy Bernal, juez 188 de Instrucción Penal Militar.
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Recalcó: “Remitiéndose estas a la misma Fiscalía y no al Tribunal Superior Militar y Policial a pesar de ser el competente para investigarme, designándose el conocimiento de dicha indagación a la Primera Delegada ante el Tribunal de Distrito Judicial de Ibagué”.
Dentro de sus argumentos destaca la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto de Derechos Civiles y Políticos en donde se establece que dentro de las garantías judiciales que “toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley”, asegura que por esa razón su caso debe ser competencia de justicia penal militar y no otra.
Monroy explicó cuándo y cómo terminó denunciado dentro del proceso si el era juez del caso: “En el trámite procesal se entrabó un conflicto de jurisdicciones en audiencia preliminar solicitada por la Fiscalía el 19 de mayo de 2021, que a la fecha está pendiente por resolver (…) Al finalizar la audiencia y a petición de la delegada fiscal se ordenó al suscrito compulsa de copias penales por el punible de prevaricato por acción por parte del juez octavo penal municipal con función de control de garantías de Ibagué”.
El juez, según la Fiscalía, habría dejado de capturar a uno de los oficiales involucrados en el caso que envuelve la muerte del protestante. Sin embargo, el juez dice tener pruebas que respaldan la decisión, no solo testimoniales sino materiales, que se darán a conocer dentro del proceso.
Cabe recordar que el pasado 3 de junio el mayor Jorge Mario Molano Bedoya, comandante de la estación Norte de la Policía de Ibagué y el teniente Pablo Andrés Parra, comandante del CAI Éxito en la misma ciudad, fueron capturados y judicializados por la Justicia Penal Militar por los hechos que dejaron como víctima al joven Santiago Murillo durante las protestas del pasado primero de mayo. Su defensa interpuso un recurso para revocar la captura y lo ganaron, por eso quedaron en libertad.
El caso del joven que murió en Ibagué en medio de las protestas tuvo eco en todo el país por la triste escena en la que luego de conocer la muerte Murillo, su mamá, Sandra Milena Meneses, daba gritos desgarradores pidiéndole a su hijo que se la llevara con él. El dolor de esa madre llegó a los medios de todo el país, haciendo el grito de justicia una causa nacional.