NACIÓN

Doce puntos claves que le cambiaron a la JEP en el Congreso

El Legislativo aprobó reforma constitucional que le da vida a la Jurisdicción Especial de Paz, la columna vertebral de la implementación del acuerdo firmado con las FARC. Semana.com le explica cuáles fueron los cambios que se hicieron.

14 de marzo de 2017
| Foto: Fotomontaje SEMANA

Ni la ausencia de los miembros del Centro Democrático, ni los votos en contra de los senadores de la Alianza Verde Claudia López y Navarro Wolf, pudieron frenar la aprobación de la reforma constitucional que activó y conectó la columna vertebral del nuevo sistema de justicia donde comparecerán la guerrilla, agentes de Estado y terceros civiles que hayan cometido delitos en el marco del conflicto. 

El sistema aprobado este lunes con 61 votos a favor está conformado por tres mecanismos: una comisión de la verdad, la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas y la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Mientras el Tribunal de Paz administrará justicia de manera "transitoria" sobre conductas cometidas antes del 1 de diciembre de 2016 "por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado", la Comisión tendrá un carácter extrajudicial y su misión es indagar sobre la verdad de lo que ocurrió en 52 años de confrontaciones. 

Aunque la activación del Fast Track aceleró el procedimiento que se venía adelantando desde la semana pasada, el Acto Legislativo que este lunes se aprobó no es el mismo que llegó al Congreso la semana pasada. Unos temas se resolvieron, otros quedaron frenados y uno que otro postergado. En total, el Gobierno avaló 83 proposiciones, que según el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, modificaron todo el articulado del proyecto. Entre ellas, una que inmediatamente levantó malestar en las filas de las FARC. 

Le puede interesar: ¿Qué es el ‘fast track‘?

"Por ningún motivo se puede afectar la Participación Política, esencia del Acuerdo de Paz. Su modificación es como una puñalada en el corazón", manifestó el jefe guerrillero Iván Márquez una vez supo que el aterrizaje a la arena política tendrá que contar con un aval individual del Tribunal de Paz, donde certifique que cumplió con lo diseñado en el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. 

Estos son los principales cambios que se le hicieron al Acto Legislativo: 

1. Portazo a los disidentes y reincidentes

Con el eco que tuvieron las propuestas del fiscal general, Néstor Humberto Martínez, se les cerró la puerta a los desertores de las FARC en la Jurisdicción Especial de Paz. De ninguna forma podrán beneficiarse del régimen especial de penas y libertades contempladas para los miembros de la organización insurgente. En ese sentido, el sistema de justicia transicional sólo aplicará para quienes suscriban un acuerdo de paz con el Gobierno. En el caso de los reincidentes no "convivirán los beneficios que otorga la justicia transicional y el delito" por eso serán objeto de doble sanción: por un lado con la justicia ordinaria y por el otro podrán ser objeto de la pena máxima prevista por la JEP de 20 años.

Le recomendamos: Zona veredal de Tumaco, rodeada de milicianos disidentes

2. Narcotráfico, con margen de maniobra

La discusión sobre el narcotráfico como delito continuado tendrá que esperar unos meses más. Aunque se zanjó la diferencia y el tema se convirtió en la última proposición aprobada al jefe del ente investigador, la noche de este lunes se determinó que una ley reglamentará el tratamiento penal diferenciado en lo relativo a la erradicación voluntaria de cultivos ilícitos. Es decir, se dejó para después la discusión que fije en qué casos y bajo qué circunstancias la jurisdicción ordinaria investigará el juzgamiento de los delitos de conservación y financiamiento de plantaciones cometidos por las personas investigadas. 

Le recomendamos: ¿Puede ser el narcotráfico un delito político?

3. Justicia a la colombiana

No se podrá conceder la extradición ni tomar medidas de aseguramiento con fines de extradición respecto de hechos o conductas objeto de este sistema y en particular de la Justicia Especial de Paz. Es decir, los miembros de las FARC que sean sujeto de delitos amnistiables o no amnistiables -fuera o dentro de Colombia- no podrán ser extraditados.

Le recomendamos: La “papa caliente” del Gobierno por extradición de guerrillero de las FARC

4. FARC en la política, Sí y No

La máxima premisa que por estos cuatro años se usó para justificar la negociación quedó condicionada. Los miembros de las FARC que quieran aterrizar a la vida política lo tendrán que hacer con el aval del Tribunal de Paz que certificará si el individuo contribuyó o no con los puntos dispuestos en el Sistema Integral de Verdad Justicia, Reparación y No Repetición. La proposición del senador Carlos Antonio Galán (Cambio Radical) disolvió une parte de las críticas que apuntaban a que los miembros de esa guerrilla -especialmente máximos responsables- puedan participar en política y ser elegidos.

Le recomendamos: Así aterrizarán las FARC en la política

5. Responsabilidad de mando criolla

La llamada teoría de la responsabilidad del superior fue uno de los temas más debatidos en el Congreso. Se determinó que la responsabilidad del mando no se podrá fundar exclusivamente en el rango, la jerarquía o el ámbito de jurisdicción, sino en el control efectivo de la respectiva conducta y en el conocimiento basado en la información a su disposición. Aunque este tema para las FARC no quedó incluido en el Acto Legislativo que da vida a la Jurisdicción Especial de Paz, se dijo que se discutirá en el trámite de Ley Estatutaria que reglamenta cómo funcionará la justicia transicional que se adoptó para investigar y juzgar las graves violaciones de derechos humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) en contexto y a razón del conflicto armado.

Le recomendamos: "La Jurisdicción de Paz quedó hecha a la medida de las FARC": General Jaime Ruiz

6. Delitos de ejecución continuada

La batalla de la Fiscalía contra los activos que han acumulado las FARC en estas cinco décadas, tiene tregua pero se mantiene. Al menos 1.2 billones de pesos se han confiscado hasta el momento, poco más de 250.000 millones entre enero y febrero del 2017. De ahí que en el Acto Legislativo quedó consignado que el grupo guerrillero tiene un lapso -lo que dure las zonas veredales- para inventariar todos los activos que tienen. Los que no se registren quedarán bajo jurisdicción de la justicia ordinaria. En ese sentido, la Fiscalía tendrá la competencia de los delitos de ejecución continuada.

Le recomendamos: La dura pelea del fiscal Martínez contra los delitos de las FARC

7. Una justicia para todos

La zona gris en la que habían empezado a nadar los exmiembros de las FARC que se desmovilizaron y, por ejemplo, se sometieron a la ley de Justicia y Paz tiene un nuevo escampadero. La Jurisdicción Especial para la paz tendrá la competencia sobre los casos de los miembros de esa guerrilla que hayan sido condenados, procesados o investigados antes del primero de diciembre del 2016 aunque no aparezcan en las listas que presente el grupo insurgente sobre los hombres y mujeres que se encuentran en las cárceles.

Le recomendamos: Traición y perdón, guerrilleros de Justicia y Paz piden tregua

8. Delitos pendientes

Después de que el fiscal general, Néstor Humberto Martínez, pidió especificar cuáles son los delitos relacionados con la dejación se acordó que “el tratamiento especial de justicia se aplicará también a conductas que determinará la ley en su momento, estrechamente vinculadas al proceso de la dejación de armas desarrolladas desde el primero de diciembre de 2016 hasta el momento en que finalice el proceso de extracción de las armas por parte de las Naciones Unidas conforme a lo dispuesto en el Acuerdo Final”.

9. Choque de trenes

Los conflictos de competencia entre la Jurisdicción Especial de Paz y la Jurisdicción Especial Indígena serán dirimidos por una sala incidental conformada por dos magistrados de la salas o secciones de la Jurisdicción Especial de Paz no afectadas por dicho conflicto jurisdiccional y dos autoridades tradicionales del pueblo indígena que ejerció o está ejerciendo jurisdicción en el caso concreto. La decisión se adoptará en la sala incidental con mayorías simples y que en caso de no alcanzarse una minoría en aplicación del carácter preferente de la jurisdicción Especial para la Paz resolverá el presidente de esa jurisdicción.

10. Civiles blindados

Ante el fantasma del cartel de los falsos testigos que se asomó durante la discusión este lunes en el Congreso, se reforzaron las condiciones que llevarían a los terceros civiles a sentarse en el banquillo de los acusados. La proposición del senador Germán Varón (Cambio Radical) acentuó la necesidad de que la justicia especial tenga en cuenta más material probatorio, que sólo un testimonio, a la hora de citarlos. Por cuenta de que el nuevo tribunal deberá concentrar sus esfuerzos en grandes responsables, muy pocos terceros terminarán en ese escenario y más cuando se advirtió que su intervención será voluntaria siempre y cuando no estén estrechamente vinculados con infracciones al Derecho Internacional Humanitario de manera "sistemática".

11. Resucitó el enfoque de género

El Sistema Integral tendrá un enfoque territorial y de género que corresponda a las características particulares de la victimización en cada territorio y en especial a la protección y atención prioritaria de las mujeres y niños víctimas del conflicto armado. El enfoque de género y diferencial se aplicará a todas las fases y procedimientos del sistema. En especial a todas aquellas mujeres que han padecido o participado en el conflicto.

12. Trabajo conjunto

Los órganos del Estado deberán brindar toda la colaboración que requiera la Unidad de Búsqueda de Desaparecidos. Se deberá promover la participación de las víctimas y sus organizaciones en todas las fases del proceso de búsqueda, localización, recuperación, identificación y entrega digna de restos de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado.